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Formulario del buscador de los servicios consulares

Servicios consulares

Permiso de conducción

El titular de un permiso de conducir expedido en España puede solicitar la renovación a través de la Oficina Consular de su lugar de residencia.

También puede solicitar la expedición de un duplicado en caso de sustracción, pérdida o deterioro del original, o cuando se hayan modificado sus datos personales.

Cuando el titular resida en un Estado miembro de la Unión Europea o en otro Estado con el que España tenga un acuerdo sobre reconocimiento de permisos de conducir, estará obligado a solicitar el canje del permiso de conducir español a las autoridades competentes del país de residencia.

En estos casos, no será posible tramitar la renovación ni el duplicado a través de la Oficina Consular, a excepción de los funcionarios españoles destinados en el exterior.

Renovación del permiso de conducción

Procedimiento

La solicitud se presenta personalmente ante la Oficina Consular del lugar de residencia. La presencia física del solicitante es obligatoria.

Para realizar este trámite el interesado debe solicitar cita previa en el siguiente correo electrónico: cog.washington@maec.es

Documentos a presentar

  • Impreso de solicitud, mediante talón-foto original firmado por el solicitante (este impreso se facilita en la Oficina Consular en el momento de solicitar la renovación).
  • Permiso de conducir a renovar (original y fotocopia). La copia será compulsada por la Oficina Consular.
  • DNI o pasaporte ordinario en vigor (original y fotocopia). La copia será compulsada por la Oficina Consular.
  • El interesado puede presentar ID o similar de los siguientes estados: Maryland, Virginia, Washington DC, Carolina del Norte y West Virginia.

  • Dos fotografías en color, recientes, sobre fondo blanco, tomadas de frente, sin gafas oscuras o prendas que impidan la identificación de la persona –se aceptan prendas que dejen visible el óvalo de la cara.
  • Informe de aptitud psicofísica, que será expedido por un médico local, debiendo especificar que el solicitante es apto para la conducción. El informe llevará adherida una fotografía del solicitante, que será idéntica a la que se adjunte al impreso de solicitud (talón-foto). El médico deberá poner su firma por encima de la fotografía. La Oficina Consular legitimará la firma del médico.

    Si es expedido en ingles, deberá adjuntar traducción legalizada del mismo al español.

  • Prueba del pago de la tasa de renovación. El importe exacto de la tasa es: Revisar el importe de las tasas en la web de la Jefatura Provincial de tráficoSe abre en ventana nueva

    El pago puede hacerse:

    1. por internet, a través de la sede electrónica de la Dirección General de TráficoSe abre en ventana nueva, accediendo con certificado digital, DNI electrónico o cl@ve
    2. por transferencia bancaria, por el importe exacto en euros, dirigida a la Jefatura Central de Tráfico:

      • C.C.C.: 2100 5731 7602 0020 4028
      • IBAN: ES29 2100 5731 7602 0020 4028
      • SWIFT: CAIXESBBXXX

      Como concepto de la transferencia deberá constar, por este orden: 1º DNI del solicitante - 2º Apellidos y nombre - 3º Tasa de renovación permiso de conducir.

      Nota importante: Los gastos de la transferencia corren por cuenta del interesado.

Plazo de tramitación y entrega

El plazo de tramitación depende de la Jefatura Provincial de Tráfico y es variable. Por término medio, puede demorarse varios meses.


Duplicado del permiso de conducción en caso de sustracción o pérdida o de modificación de datos

Procedimiento

La solicitud se presenta personalmente ante la Oficina Consular del lugar de residencia. La presencia física del solicitante es obligatoria.

Para solicitar más información o cita previa para presentar la renovación del permiso de conducir envíe un email a cog.washington@maec.es

Las citas previas se darán de lunes a viernes de 9:00am a 1:00pm.

El trámite se presenta en persona, en la oficina Consular:

2375 Pennsylvania Ave NW

Washington, D.C. 20037

Documentos a presentar

  • Impreso de solicitud mediante talón-foto original firmado por el solicitante (este impreso se facilita en la Oficina Consular en el momento de solicitar el duplicado).
  • DNI o pasaporte ordinario en vigor (original y fotocopia). La copia será compulsada por la Oficina Consular.
  • En caso de robo o extravío, se completará la declaración de pérdida o sustracción de documentos españolesSe abre en ventana nueva, que se podrá completar en la Oficina Consular. Esta declaración no sustituye a la denuncia. La denuncia ante la policía local no es obligatoria, pero sí es muy conveniente, para evitar responsabilidades derivadas del uso fraudulento del documento por parte de terceras personas.
  • En caso de deterioro, original y copia del permiso a sustituir. La copia será compulsada por la Oficina Consular
  • Prueba del pago de la tasa por duplicado. El importe exacto de la tasa es:

    El pago puede hacerse:

    1. por internet, a través de la sede electrónica de la Dirección General de TráficoSe abre en ventana nueva, accediendo con certificado digital, DNI electrónico o cl@ve
    2. por transferencia bancaria, por el importe exacto en euros, dirigida a la Jefatura Central de Tráfico:

      • C.C.C.: 2100 5731 7602 0020 4028
      • IBAN: ES29 2100 5731 7602 0020 4028
      • SWIFT: CAIXESBBXXX

      Como concepto de la transferencia deberá constar, por este orden: 1º DNI del solicitante - 2º Apellidos y nombre - 3º Tasa de renovación permiso de conducir.

      Nota importante: Los gastos de la transferencia corren por cuenta del interesado.

Plazo de tramitación y entrega

El plazo de tramitación depende de la Jefatura Provincial de Tráfico y es variable. Por término medio, puede demorarse de dos a tres meses.

Si desea que le enviemos su Permiso de Conducir por correo postal debe proporcionar el día de su cita un sobre PREPAID PRIORITY / EXPRESS ENVELOPE de USPS. No aceptamos otras compañías de correo como Fedex o UPS.

Si desea acudir en persona, debe solicitar una cita previa por correo electrónico: cog.washington@maec.es


Canje del permiso de conducir

Cuando el titular de un permiso de conducir expedido en España se encuentre residiendo en un Estado miembro de la Unión Europea o en otro Estado con el que España tenga un acuerdo sobre reconocimiento de permisos de conducir, no se podrá tramitar la renovación ni la expedición de duplicados a través de la Oficina Consular.

El interesado deberá solicitar el canje de su permiso de conducir español por un permiso expedido por las autoridades competentes del país en el que reside.

Si necesita una traducción de su permiso de conducir español para solicitar el permiso de conducir estadounidense, puede acudir a la Oficina Consular de lunes a viernes de 09:00 a 13:00h (sin cita previa) aportando los siguientes requisitos:

1. Original de su permiso de conducir español.

2. $4 en efectivo o money order.


Para obtener más información se puede consultar la página web de la Dirección General de TráficoSe abre en ventana nueva.

Normativa