Convocatoria para ingreso como personal laboral temporal con la categoría de Auxiliar. Referencia/s: 215418
Se publica las bases de convocatoria de tres plazas para ingreso como personal laboral temporal en el Consulado General de España en Santa Cruz de la Sierra con la categoría de Auxiliar.
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 3 de julio de 2025.
La presentación de solicitudes se realizará de forma física en el Consulado General de España en Santa Cruz de la Sierra (Avda. Cañoto esq. C/Perú), en los horarios de recepción de documentación de lunes a viernes de 08:30 a 12:30 horas.
Las solicitudes podrán presentarse telemáticamente a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://administracion.gob.es. En relación con el registro electrónico, se deberá remitir una copia registrada de la solicitud a la dirección de correo electrónico, cog.santacruzdelasierra@maec.es, o en su caso mediante la aplicación informática de registro Geiser a la dirección de Registro General del Consulado de España en Santa Cruz de la Sierra, con código de identificación O0006193. Recuerde, es importante, en relación con el registro electrónico, remitir una copia registrada de la solicitud a la dirección de correo electrónico: cog.santacruzdelasierra@maec.es
Las solicitudes presentadas por correo postal deberán ser registradas en la oficina de Correos de Bolivia en plazo y con el correspondiente sello de entrada en el impreso de solicitud (Anexo III). No se aceptará el matasellos ordinario ni el ticket de pago de correos como comprobante de la presentación en plazo. En caso de que la solicitud se presente por correo postal o en algún registro público distinto del de esta Representación, se recomienda que se adelante la misma por correo electrónico enviado a la dirección: cog.santacruzdelasierra@maec.es, incluyendo escaneado el Anexo III con el correspondiente sello de entrada y el Documento de Identidad o Pasaporte. Cabe señalar, que el envío de las solicitudes mediante empresa privada no se considera un registro público, por lo tanto, no se aceptarán sellos de registro por empresas de mensajería privada.