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COMUNICADO 060

Declaración conjunta sobre el acceso humanitario en Gaza y la ley de registro que afecta a las ONG internacionales

​Nosotros, los abajo firmantes, expresamos nuestra profunda preocupación por la catastrófica situación humanitaria que persiste en Gaza. La ayuda que llega a Gaza sigue siendo muy insuficiente, tanto en lo relativo a la cantidad como en lo relativo a la calidad, y casi toda la población depende de servicios destinados a salvar vidas.

Atzoko
La reciente decisión del Tribunal Supremo de Israel de desestimar el recurso presentado por las ONG internacionales en relación con la ley de registro es motivo de profunda preocupación. La ley de registro afectará y limitará gravemente la capacidad de las ONG internacionales para intervenir en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén Este. Instamos una vez más a Israel a que no aplique la ley de registro en su forma actual.

Las ONG internacionales son parte fundamental de la respuesta humanitaria y colaboran con las organizaciones de la sociedad civil palestina y las Naciones Unidas para prestar una parte importante de los servicios esenciales en sectores como las instalaciones de agua, saneamiento e higiene, los hospitales de campaña, la educación, la nutrición y las labores de desminado. Se trata de organizaciones profesionales y transparentes que desempeñan un papel indispensable en la prestación de ayuda humanitaria basada en principios, y son fundamentales para la recuperación temprana, los esfuerzos de reconstrucción y la aplicación de la resolución 2803 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Su labor es crucial para la supervivencia y el bienestar de los palestinos en Gaza y Cisjordania, incluida Jerusalén Este.

La ley de registro de las ONG internacionales forma parte de un patrón más amplio de medidas restrictivas. Los horarios limitados de apertura y funcionamiento de los pasos fronterizos, las restricciones a la entrada de productos esenciales considerados de doble uso y otros obstáculos burocráticos limitan la respuesta humanitaria que se necesita con urgencia para satisfacer las ingentes necesidades sobre el terreno.

Si bien reconocemos las preocupaciones del Estado de Israel en materia de seguridad, instamos a Israel, la potencia ocupante en Gaza y Cisjordania, incluida Jerusalén Este, a que cumpla con sus obligaciones en virtud del derecho internacional humanitario. El acceso humanitario no es negociable. Todas las organizaciones humanitarias reconocidas internacionalmente —las ONG internacionales, el Movimiento de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja y los organismos de las Naciones Unidas, incluida UNRWA— deben poder llevar a cabo sin obstáculos su vital labor. Israel está obligado a garantizar y facilitar, sin demora, la entrega segura, rápida y sin trabas de la ayuda humanitaria a la población civil, y a abstenerse de cualquier acción que impida de cualquier modo la entrega de dicha ayuda, incluida la prestada por las organizaciones de carácter humanitario.

Firmantes: España, Australia, Austria, Bélgica, comisaria europea de Igualdad, Preparación y Gestión de Crisis (Lahbib), Dinamarca, Eslovaquia, Estonia, Francia, Finlandia, Irlanda, Islandia, Italia, Japón, Luxemburgo, Países Bajos, Reino Unido, Noruega, Polonia, Portugal, Suecia y Suiza.

-TRADUCCIÓN NO OFICIAL-


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