Menú

Detalle de un anuncio del tablón de anuncios

Convocatoria para designación de hasta tres candidaturas para selección de miembros del GREVIO

  • Procedimiento de selección de candidaturas para el Grupo de personas expertas en la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica (GREVIO)

    ​El Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica (Convenio de Estambul), de 11 de mayo de 2011, establece que el Grupo de personas expertas en la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica (GREVIO) se hará cargo de velar por la aplicación del Convenio por las Partes.

    El mandato de diez miembros del GREVIO expirará el próximo 31 de mayo de 2027, por lo que, siguiendo el procedimiento ordinario, el Comité de las Partes procederá a la elección de diez personas para la cobertura de dichos puestos. Debido a la composición actual del GREVIO, España, entre otros Estados, tiene el derecho a presentar candidaturas para la obtención de la condición de miembro.

    Por ello, se convoca el procedimiento para designar hasta tres candidaturas para la selección de miembros del GREVIO, en las condiciones que establece la Resolución de 6 de octubre de 2026 conjunta de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y Globales, de la Secretaría de Estado para la Unión Europea y la Secretaría de Estado de Justicia.

    Requisitos:

    Los candidatos y candidatas deberán reunir los siguientes requisitos:

    1. Ser personas que posean la capacidad necesaria para el ejercicio de las altas funciones previstas por ese tratado internacional, de acuerdo con las condiciones contempladas en el mismo y en la citada resolución.

    2. Tener disponibilidad suficiente para desempeñar de forma efectiva las funciones propias del mandato, incluida la participación en reuniones, actividades, trabajos preparatorios, elaboración de informes y demás actuaciones del GREVIO.

    3. Disponer de independencia e imparcialidad para el ejercicio de las funciones, actuando a título individual y sin recibir instrucciones de ningún Gobierno, organización o persona.

    4. Ser personas de alta integridad moral y reconocida competencia en materia de derechos humanos, igualdad entre mujeres y hombres, violencia contra las mujeres y violencia doméstica, asistencia y protección a las víctimas, o contar con experiencia profesional reconocida en otros ámbitos incluidos en el Convenio de Estambul. Este extremo podrá acreditarse a través de la experiencia profesional, formación, publicaciones, participación en órganos especializados y otros méritos relevantes.

    5. Acreditar, mediante experiencias profesionales previas o títulos reconocidos, un buen conocimiento de una de las lenguas oficiales del Consejo de Europa (inglés o francés). Se valorará el conocimiento de otras lenguas de los Estados Parte del Convenio.

    En la evaluación de las candidaturas se tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 66.4 del Convenio de Estambul y la Resolución CM/res (2014) 43 del Comité de Ministros del Consejo de Europa. Así mismo se tendrá en cuenta, para la selección de las candidaturas, la no elegibilidad de los candidatos y candidatas según los criterios establecidos en la regla 3 de la Resolución /Res (2014) 43 del Comité de Ministros del Consejo de Europa.

    Plazo: Desde el 16 de octubre de 2026 hasta el 6 de noviembre de 2026.

    Presentación de las candidaturas: a través del correo electrónico candidaturasgrevio@igualdad.gob.es, con el asunto «Candidatura GREVIO».

    Documentación a presentar:

    • Curriculum vitae de la persona candidata con el contenido que figura en el anexo de la resolución, y que se deberá presentar, en todo caso, según con el modelo y formato elaborado por el Consejo de Europa, en inglés o francés, que estará disponible para su descarga en esta página web.
    • Carta de presentación, con una extensión máxima equivalente al anverso de un folio, en la que se expongan las razones por las que se formula la candidatura y la adecuación del perfil de la persona candidata a las funciones del GREVIO.
    • Documentación acreditativa de los méritos alegados, cuando resulte necesaria para valorar el cumplimiento de los requisitos y criterios previstos en la resolución.

    Fase de entrevistas: se pone en conocimiento de las personas candidatas que el Comité de Selección se reserva el derecho de convocar a entrevistas a las candidaturas que estime oportuno. En caso de llevarse a cabo, se le comunicará a la persona interesada con antelación, a través de los datos de contacto facilitados en el curriculum vitae de su solicitud.


    ​Resolución de 6 de octubre de 2026Se abre en ventana nueva, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 29 de septiembre de 2026, conjunta de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y Globales, la Secretaría de Estado para la Unión Europea y la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se constituye el Comité de Selección de candidaturas para el Grupo de Expertos en la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica. ​


    Resolución de 6 de octubre de 2026​, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 29 de septiembre de 2026, conjunta de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y Globales, la Secretaría de Estado para la Unión Europea y la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se establece el procedimiento de selección de candidaturas para el Grupo de Expertos en la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica. 




Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para su funcionamiento, mantener la sesión y personalizar la experiencia del usuario. Más información en nuestra política de Cookies.