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Detalle proyecto normativo

Proyecto de Real Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones en materia de cooperación para el desarrollo sostenible por la AECID

  • Consulta Pública Previa proyecto de R.D. por el que se regula la concesión directa de subvenciones en materia de cooperación para el desarrollo sostenible por la AECID

    ​CONSULTA PÚBLICA PREVIA A LA ELABORACIÓN DE UN PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE POR LA AGENCIA ESPAÑOLA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO


    De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos normativos, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de: 

    a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa. 

    b) La necesidad y oportunidad de su aprobación. 

    c) Los objetivos de la norma. 

    d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias. 

    En cumplimiento de lo anterior y de acuerdo con lo dispuesto en la Orden PRE/1590/2016, de 3 de octubre, por la se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de septiembre de 2016, por el que se dictan instrucciones para habilitar la participación pública en el proceso de elaboración normativa a través de los portales web de los departamentos ministeriales, se abre un periodo de consulta pública previa respecto al presente proyecto normativo. 

    Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones y observaciones sobre el proyecto, hasta el día 22 de mayo de 2025, a través del siguiente buzón de correo electrónico: calidad@aecid.esSe abre en ventana nueva

    Sólo serán consideradas las observaciones (respuestas) en las que el remitente esté identificado con el nombre y apellidos, en caso de personas físicas, o con la denominación o razón social, en caso de personas jurídicas.

    Con carácter general las contribuciones recibidas se considerarán susceptibles de difusión pública. Las partes de la información remitida que, a juicio del interesado, deban ser tratadas con carácter confidencial y en consecuencia no proceda su libre difusión, deberán ser específicamente señaladas en el propio texto de la contribución, no considerándose a estos efectos los mensajes genéricos de confidencialidad de la información.

    Al objeto de facilitar la participación en la consulta pública, se facilita la siguiente información sobre el proyecto normativo:


    1. Antecedentes de la norma

    El proyecto de real decreto se tramitará en virtud de lo dispuesto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, Ley General de Subvenciones), que establece que podrán concederse de forma directa, con carácter excepcional, subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas, que dificulten su convocatoria pública.

    El artículo 28.2 de la misma ley determina que el Gobierno aprobará por Real Decreto, a propuesta del ministro competente y previo informe del Ministerio de Hacienda, las normas especiales reguladoras de esta subvención.

    La Disposición adicional tercera de la Ley 1/2023, de 20 de febrero, dispone que, en el marco de la realización de programas y proyectos de cooperación internacional financiados mediante consignaciones presupuestarias anuales consecuencia de ingresos externos de carácter finalista, los órganos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos dependientes competentes en la ejecución de la política española de cooperación para el desarrollo global podrán otorgar subvenciones en régimen de concesión directa, de acuerdo con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, siempre que las mismas estén vinculadas al objeto del proyecto o programa.

    El real decreto prevé la concesión directa de subvenciones a 19 beneficiarios identificadas como socios estratégicos para la AECID. De ellos, 13 figuran como beneficiarios de subvenciones nominativas en el Presupuesto de Gastos de la AECID del año 2023, prorrogado para el año 2024 en base al Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de diciembre de 2023, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga para 2024 de los Presupuestos Generales del Estado vigentes en el año 2023, se formaliza la distribución por secciones y se aprueban medidas para gestionar en prórroga los créditos del PRTR. Los seis nuevos beneficiarios que se incorporarían al real decreto son la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), Medcities, la Fundación ONCE, el Consorcio BSC-CNS, la Asociación de Academias de la Lengua Española (ASALE) y la Fundación Albéniz.

    2. Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma.

    Se prevé la concesión directa de diecinueve subvenciones a instituciones identificadas como socios singulares de la AECID, fundamentales para dar cumplimiento a las competencias que le han sido encomendadas.

    3. Necesidad y oportunidad de su aprobación.

    Los beneficiarios de las subvenciones son:

    a) Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP).

    b) Confederación de Fondos de Cooperación y Solidaridad (CONFOCOS).

    c) Coordinadora de Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo-España.

    d) Fundación Instituto de Salud Global de Barcelona (ISGlobal).

    e) Fundación Estatal Salud, Infancia y Bienestar Social, F.S.P. (FCSAI).

    f) Instituto Europeo del Mediterráneo (IEMed).

    g) MedCities.

    h) Instituto de Estudios sobre Conflictos y Acción Humanitaria (IECAH).

    i) Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España.

    j) Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y Estados Unidos de América (Comisión Fulbright).

    k) Fundación Carolina.

    l) Fundación Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Cádiz.

    m) Fundación Privada Casa América Catalunya.

    n) Institución Ferial de Madrid (IFEMA).

    ñ) Spain Usa Foundation.

    o) Fundación ONCE.

    p) Asociación de Academias de la Lengua Española (ASALE).

    q) Fundación Albéniz.

    r) Consorcio Barcelona Supercomputing Center – Centro Nacional de Computación (BSC-CNS).

    No cabe aplicar el principio de concurrencia en el otorgamiento de las subvenciones porque se financian actuaciones concretas que no pueden ser realizadas por entidades diferentes de las indicadas:

    a) La subvención a la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) tiene como objetivo fortalecer las actividades de cooperación técnica que los ayuntamientos llevan a cabo.

    b) La subvención a la Confederación de Fondos de Cooperación y Solidaridad (CONFOCOS) tiene por objetivo la realización de actividades con juntas de asistencia técnica en el ámbito de las competencias municipales y la celebración de un encuentro anual donde se ponen en común todas las intervenciones de las dos únicas organizaciones representativas de la cooperación descentralizada municipal (CONFOCOS y la FEMP).

    c) La subvención a la Coordinadora de ONG para el Desarrollo- España ONGD tiene como objetivo apoyar las actividades de la entidad dirigidas a la articulación y participación de las organizaciones de desarrollo de forma activa, coordinada y representativa para la construcción e implementación de una política de cooperación española transformadora y la defensa de un modelo de desarrollo basado en la justicia global, la sostenibilidad, la equidad de género, los derechos humanos, la construcción de paz, desde entornos que faciliten la participación ciudadana. De este modo se busca fortalecer el trabajo de la Coordinadora para una cooperación transformadora, empoderando a sus socias, para contribuir con calidad en la construcción, defensa y coherencia de políticas que afectan al desarrollo, en este ejercicio en especial al participar activamente en la Conferencia Internacional sobre Financiación para el Desarrollo que se celebra en Sevilla del 30 de junio al 3 de julio de 2025.  

    d) La subvención a ISGlobal tiene como objetivo apoyar los programas de formación, y análisis de políticas de salud global, incluyendo la lucha contra las enfermedades transmisibles, en particular en países socios de la Cooperación española, así como en la consecución de la Agenda 2030. 

    e) La subvención a la Fundación Estatal, Salud, Infancia y Bienestar Social F.S.P. (FCSAI), tiene como objetivo garantizar la continuidad al fortalecimiento de formación médica especializada en Etiopía, Guinea Ecuatoria y en países de la región de América Latina y el Caribe y el apoyo a los programas nacionales de Tuberculosis, VIH/SIDA, paludismo, enfermedades tropicales y otras enfermedades desatendidas, a la producción de vacunas y medicamentos y a políticas públicas en el ámbito de la salud.

    f) La subvención a IEMeD tiene como objetivo la financiación de de las actividades que integran los programas/proyectos en los ámbitos prioritarios de trabajo del Plan Director 2023-2026 del IEMed- Instituto Europeo del Mediterráneo, acciones enfocadas a redefinir y fortalecer la cooperación regional con el mundo árabe a través del Programa Masar al’an de la AECID, así como de los gastos de funcionamiento o estructura del IEMed para la ejecución de dichas acciones.

    g)La subvención a Medcities tiene como objetivo la financiación de acciones de cooperación en el marco del nuevo programa de cooperación con el mundo árabe de la AECID, Masar al’an, con el fin de trabajar por una mayor integración regional e intentar dar respuesta a los problemas complejos a los que se enfrenta el mundo árabe, enfatizando el conocimiento innovador orientado a la acción práctica.

    h) La subvención a IECAH tiene como objetivo reforzar la actuación humanitaria con el IECAH como entidad especializada en la formación y análisis y reflexión sobre la acción humanitaria.

    i) La subvención a la Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España, tiene como objetivo primordial fomentar el progreso de las artes relacionadas directa o indirectamente con la cinematografía en Iberoamérica, así como promover el intercambio artístico y cultural en este ámbito, apoyando al cine latinoamericano en la edición anual de los Premios Goya a través de la categoría de mejor película iberoamericana.

    j) La subvención a la Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos de América (Comisión Fulbright), tiene como objetivo contribuir al fortalecimiento de las relaciones bilaterales en dichos ámbitos.

    k) La subvención a la Fundación Carolina permitirá mantener las actividades de cooperación cultural y científica y el buen desarrollo de las relaciones diplomáticas entre España e Iberoamérica. La Fundación Carolina tiene un amplia experiencia en el fomento de las relaciones culturales y la cooperación en materia educativa y científica entre España y los países de la Comunidad Iberoamericana, con largo recorrido al servicio de los intereses públicos de España entre los que se encuentra la internacionalización de sus universidades y centros de investigación y su papel diplomático-público, no existiendo instituciones con este recorrido e impacto que pudieran concurrir a través de convocatoria pública en concurrencia competitiva.

    Se incorpora a esta concesión otro eje centrado en ofrecer condiciones de protección a las personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad en el ejercicio de profesiones que redundan en una mejora de la calidad de los sistemas democráticos, para permitirles continuar con su formación o trayectoria profesional. 

    l) La subvención a la Fundación Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Cádiz contribuye a la celebración del Festival Iberoamericano de Teatro que se celebra anualmente en la ciudad de Cádiz, uno de los más importantes que se celebran en Europa y a tal fin su objetivo es contribuir a la presencia de artistas iberoamericanos así como potenciar la presencia de dramaturgias emergentes y facilitar nuevos contactos profesionales, tanto a nivel nacional como internacional, para aumentar la calidad y la competitividad del sector. La interrupción de la financiación de AECID podría provocar la cancelación del Festival.

    m) La subvención a la Fundación Casa América Catalunya, en la que la AECID participa a través de su Patronato como miembro nato, permitirá la promoción de la cultura iberoamericana en Cataluña. Se trata además de una entidad con más de 50 años de trayectoria, que la avala y la configura como un socio clave que difunde la rica cultura de la comunidad iberoamericana que nos une.

    n) La subvención a IFEMA contribuye a una sección de la Feria Internacional de Arte Contemporáneo ARCOmadrid que se concibe como plataforma de intercambio y conocimiento entre comisarios, profesionales del arte contemporáneo y artistas latinoamericanos con el fin de dar publicidad, visibilidad y promocionar el arte contemporáneo de esas latitudes. Entre los objetivos destacan la creación de redes en el sector cultural, así como el fomento del desarrollo económico de este sector, apoyando los movimientos creativos latinoamericanos en la Feria Internacional de Arte Contemporáneo.

    ñ) La subvención a la Fundación Spain–USA es necesaria para promover la cultura española, mejorar el acceso y posicionamiento de las industrias culturales y creativas españolas en los Estados Unidos de América y fomentar las relaciones de cooperación cultural fructíferas y duraderas entre instituciones de los dos países.

    o) La subvención a la Fundación ONCE incidirá en la creación de oportunidades laborales para personas con discapacidad, mejorando así su inserción social, laboral y cultural. Con las actividades del proyecto se quiere aprovechar la celebración de un evento que no debe dejar a nadie atrás y que será una oportunidad para la economía del país y para su ciudadanía. En particular, el proyecto promueve los derechos de las personas con discapacidad, especialmente su derecho fundamental a acceder y participar en igualdad de condiciones en las oportunidades profesionales, sociales y culturales. Se pretende así impulsar una iniciativa respetuosa con la discapacidad y con la accesibilidad universal

    p) La subvención a la Asociación de Academias de la Lengua Española (ASALE) tiene como objetivo fortalecer la lengua española, impulsando un programa de cooperación internacional de relevancia en torno a la lengua, que propicie la formación, el trabajo y el consenso de todas las Academias en las obras de referencia para la unidad del español, adquiriendo una dimensión de Estado, acorde con la función de interés general que desarrollan las Academias, y contribuyendo a reforzar el valor de la lengua española como un bien superior, que es instrumento de diálogo y entendimiento entre las naciones y los pueblos, cauce de las relaciones humanas en todos los ámbitos, así como artífice de la unidad a través de la integración de la variedad léxica y cultural. ASALE trabajará en un modelo formativo de excelencia, dimensión panhispánica y proyección internacional, que permita a personas procedentes de Hispanoamérica, Estados Unidos, Filipinas y Guinea Ecuatorial, recibir en las Academias de la Lengua de sus respectivos países una formación integral sobre las técnicas, métodos, recursos e instrumentos lingüísticos, de base digital, que articulan la unidad del español y promueven su buen uso en todo el mundo hispánico.

    q) La subvención a la Fundación Albéniz tiene como objetivo la promoción y difusión de la música, incidiendo especialmente en la formación de jóvenes talentos en la interpretación musical. A través de la participación de la Escuela Superior de Música se contribuye a dar excelencia y a proporcionar una educación de élite, contando para ello con grandes profesores y artistas destacados dentro del panorama musical internacional.  

    r) La subvención al Consorcio BSC-CNS tiene como objetivo, fundamentalmente, desarrollar corpus lingüísticos y modelos de lenguaje en español y portugués, que recojan las variantes de ambos idiomas propias de Iberoamérica y que sirva para crear herramientas de Inteligencia Artificial generativa de uso libre en esos idiomas. Las actividades financiables incluirán, entre otras, talleres y cursos de capacitación del personal de las redes nacionales de supercomputación e IA de Iberoamérica, movilización de expertos que contribuyan a la generación de datasets de alto valor añadido y al entrenamiento a partir de las familias modelos abiertos existentes, como los del proyecto ALIA.

    4. Objetivos de la norma.

    El objetivo de la norma es regular la concesión directa, por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (en adelante, AECID), con carácter excepcional y por razón de interés público, institucional, humanitario, social y cultural, de diecinueve subvenciones de carácter singular.

    5. Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias.

    Una alternativa a la aprobación de la norma sería no tramitar el proyecto. En este escenario no se podrían atender las actuaciones proyectadas y se verían afectadas las razones de interés público, institucional, cultural, humanitario y social que están en la base de la concesión de las subvenciones proyectadas.

    No existen otras alternativas desde el punto de vista material, ya que no podrían cumplirse los objetivos de las subvenciones si existiera concurrencia competitiva, precisamente porque las entidades beneficiarias, han sido identificadas como socios estratégicos para la AECID. Gracias a la alianza que la AECID ha establecido con estas instituciones, se han podido desarrollar políticas públicas de cooperación fundamentales para que la AECID pueda dar cumplimiento a las competencias que le han sido encomendadas en la Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global. 

    Dado que la concesión directa de subvenciones requiere un real decreto en virtud del artículo 22.2.c) de la Ley General de Subvenciones, la única alternativa para la consecución de los objetivos que se pretenden es la aprobación de la norma que se proyecta.


    Muchas gracias por su colaboración.

    Madrid,  7 de mayo de 2025.




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