Debido a la mejora de la situación sanitaria derivada de la pandemia de COVID19 en Nepal, se han restablecido los vuelos internacionales y la expedición de visados de turismo.
No obstante, se recomienda a todos los españoles que se encuentren en el país que sigan las instrucciones de las autoridades locales y en caso de emergencia contacten con la Embajada de España en la India.
Entrada en Nepal
Los viajeros que deseen entrar en Nepal, deberán presentar un certificado de vacunación contra la COVID19 en inglés. Es necesario haber completado la pauta de vacunación al menos 14 días antes del viaje.
En caso de no poseer dicho certificado, deberán presentar un certificado con resultado negativo de prueba diagnóstica de detección de COVID19 (RT-PCR, Gene Expert, True NAAT u otra que esté reconocida por la OMS) realizada como máximo 72 horas antes de la salida del primer avión con destino a Nepal, si se viaja en avión, o de la llegada al país, si se viaja por carretera o vía terrestre. Asimismo, será necesario presentar los siguientes documentos:
-Copia de los permisos para realizar actividades de montañismo/trekking, u otros si es necesario.
-Confirmación de la reserva en un hotel en Nepal para el periodo de estancia en el país
-Copia en papel del formulario “International Traveler Online Form” que se obtiene tras registrarse en:
www.ccmc.gov.np
No se requiere certificado de vacunación ni realización de ninguna prueba de detección de la COVID19 para los menores de 5 años.
Para más información consulte la siguiente página web:
Se ha restablecido el visado a la llegada o “visa on arrival” para los nacionales españoles.
No se exige la realización de cuarentena a la llegada a Nepal salvo que sea necesario por las circunstancias médicas de cada persona.
Estancia y salida de Nepal
A nivel interno, las restricciones y protocolos sanitarios pueden variar, por lo que se recomienda informarse con anterioridad al viaje o a través de las agencias de viaje sobre los requisitos de entrada y desplazamiento dentro del país.
Para salir de Nepal, ya no será necesario presentar un certificado con resultado negativo que acredite la realización de una prueba de detección de COVID19 salvo que el país de destino al que se viaje desde Nepal sí lo exija. En cualquier caso, se recomienda contactar con la compañía aérea para conocer los requisitos de viaje, porque algunas aerolíneas exigen la realización de alguna prueba de detección de la COVID19 para embarcar.
Asimismo, deberá presentarse una copia en papel del formulario de salida “International Online Departure Form” que puede obtenerse a través de la siguiente web:
www.ccmc.gov.np
Regreso a España
Para entrar en España, los pasajeros provenientes de Nepal deben presentar alguno de los certificados/documentos acreditativos, enumerados a continuación:
-Certificado COVID digital de la Unión Europea emitido por un estado miembro de la UE que podrá contener uno o más de los siguientes documentos acreditativos de que una persona:
Ha sido vacunada frente a la COVID-19, con pauta completa, al menos 14 días antes de llegar a España.
Se ha realizado una prueba diagnóstica, cuyo resultado ha sido negativo. Se aceptarán las pruebas de amplificación de ácido nucleico molecular (NAAT), realizadas dentro de las 72 horas anteriores a la salida a España, y los test de detección de antígeno incluidos en la lista común de test rápidos de detección de antígeno para COVID-19, publicada por la Comisión Europea en base a la Recomendación del Consejo 2021/C 24/01, realizados dentro de las 24 horas anteriores a la salida a España.
Se ha recuperado de la COVID-19, tras haber pasado la enfermedad, siempre y cuando hayan transcurrido más de 11 días desde que se realizó la primera prueba NAAT positiva, y tendrá validez hasta 180 días desde entonces.
-Certificado NO UE, TERCEROS PAÍSES: se trata de cualquiera de los documentos acreditativos enumerados anteriormente, pero emitidos por países que no pertenecen a la UE, en un formato legible por el personal del control sanitario del aeropuerto.
No tienen la obligación de presentar estos certificados o documentos acreditativos los menores de 12 de años.
A partir del 1 de febrero de 2022, sólo se aceptarán como válidos los certificados de vacunación expedidos por las autoridades competentes del país de origen a partir de los 14 días posteriores a la fecha de administración de la última dosis de la pauta vacunal completa (primovacunación), siempre y cuando no haya transcurrido más de 270 días desde la fecha de administración de la última dosis de dicha pauta. A partir de ese momento, el certificado de vacunación expedido por la autoridad competente del país de origen deberá reflejar la administración de una dosis de refuerzo.
Asimismo será necesario cumplimentar el Formulario de Control Sanitario SpTH a través de la web
https://spth.gob.es , o de la aplicación Spain Travel Health –SpTH– (Android, iOS, Huawei), introduciendo manualmente los datos de su certificado de vacunación, recuperación o prueba diagnóstica. Al finalizar la cumplimentación del FCS, el sistema le enviará un código QR que tendrá que presentar tanto en el momento del embarque, como a su llegada a España. En el control sanitario se le podrá requerir que presente este documento acreditativo de vacunación, prueba diagnóstica o recuperación.
Este requisito no es necesario si dispone del Certificado COVID Digital de la UE o equivalente UE.
Para más información sobre requisitos de entrada en España consulte los siguientes enlaces: