SE DESACONSEJA EL VIAJE SALVO POR RAZONES DE EXTREMA NECESIDAD. Se sugiere leer con atención el resto de estas recomendaciones de viaje.
Entrada o tránsito para no residentes en Japón
Hasta el 28 de febrero de 2022, debido a la pandemia de la covid-19 y la propagación de la variante ÓMICRON en varios países del mundo, la entrada en Japón de todos los extranjeros no residentes estaba prohibida. Las Embajadas y Consulados japoneses únicamente podían conceder visados por razones humanitarias.
A partir del 1 de marzo de 2022, se ha abierto la posibilidad de entrada en Japón con visado de extranjeros no residentes cumpliendo una serie de condiciones (visado emitido válidamente, en principio sólo para empresarios y estudiantes). Japón sigue cerrado a entradas de extranjeros por turismo. Para más información sobre la solicitud y la tramitación de visados puede dirigirse al siguiente enlace .
Los viajeros en tránsito aeroportuario no necesitan visado. El tránsito se realizará el mismo día si se utiliza el aeropuerto de Narita (Tokio). Se recomienda, en todo caso, contactar previamente con la aerolínea.
Entrada de residentes en Japón y de extranjeros admitidos excepcionalmente con visado
Los residentes en Japón pueden entrar y salir del país cumpliendo las condiciones que se detallan en el apartado siguiente, que también se aplicarán a los extranjeros admitidos por razones humanitarias.
Requisitos sanitarios y de cuarentena
Para entrar en Japón deberá presentarse un certificado negativo de test PCR en el siguiente formato (enlace), realizado 72 horas antes de la salida del vuelo. Si no se pudiera obtener el certificado en dicho formato, el certificado deberá contener los elementos que se mencionan en el siguiente enlace. En el caso de que el viajero no disponga del certificado negativo del test PCR, la aerolínea podrá rechazar el embarque o las autoridades de inmigración japonesas denegar la entrada en el país.
Al llegar a Japón el viajero deberá tener habilitado en su teléfono las siguientes aplicaciones del Ministerio de Sanidad japonés: OEL (Overseas Entrants Locator), MySOS y CoCoA (Covid-19 Contact-Confirming). Además, se deberán conservar los datos de localización de la aplicación de mapas del teléfono. Si no se tiene un teléfono con estas aplicaciones, habrá que alquilar uno en el aeropuerto. Asimismo, el viajero tendrá que descargar el código QR que se obtiene al rellenar el siguiente formulario (enlace), y presentar una declaración jurada (japonés– inglés). En caso de incumplimiento de las medidas recogidas en la declaración, las autoridades japonesas podrán hacer públicos los datos de la persona y cualquier otra información que contribuya a prevenir la infección. Además, la persona podrá ser expulsada del país y, en su caso, perder la condición de residente.
Al entrar en Japón, todos los viajeros serán sometidos a un test de antígenos.
Desde el 1 de marzo de 2022 se aplican nuevas normas relativas a la cuarentena tras la entrada en Japón que varían en función del lugar de procedencia y las circunstancias concretas de cada viajero:
1.- Viajeros procedentes de países y regiones designados por las autoridades japonesas con una alta incidencia de la variante ómicron:
- Titulares de un certificado de vacunación válido conforme a las normas japonesas en el que conste que han recibido una dosis adicional a lo que en Japón se considera la pauta completa (por regla general, una tercera dosis): En principio deberán permanecer durante 7 días en cuarentena en su domicilio, si bien la cuarentena podrá reducirse a 3 días cuando se remita al Ministerio de Sanidad el resultado negativo de un test COVID-19 en el tercer día tras la entrada en Japón.
- No titulares de un certificado de vacunación válido conforme a las normas japonesas en el que conste que han recibido una dosis adicional a lo que en Japón se considera la pauta completa (por regla general, una tercera dosis): Deberán permanecer en cuarentena durante 3 días en una instalación designada por las autoridades japonesas. Si el resultado del test COVID-19 efectuado en la instalación al tercer día tras la entrada en Japón es negativo, no será necesario guardar el resto de la cuarentena en el domicilio.
2.- Viajeros procedentes de países y regiones NO designados por las autoridades japonesas con una alta incidencia de la variante ómicron:
- Titulares de un certificado de vacunación válido conforme a las normas japonesas en el que conste que han recibido una dosis adicional a lo que en Japón se considera la pauta completa (por regla general, una tercera dosis): Quedarán exentos de cuarentena.
- No titulares de un certificado de vacunación válido conforme a las normas japonesas en el que conste que han recibido una dosis adicional a lo que en Japón se considera la pauta completa (por regla general, una tercera dosis): En principio deberán permanecer durante 7 días en cuarentena en su domicilio, si bien la cuarentena podrá reducirse a 3 días cuando se remita al Ministerio de Sanidad el resultado negativo de un test COVID-19 en el tercer día tras la entrada en Japón.
3.- Viajeros procedentes de países y regiones designados por las autoridades japonesas en los que hubiese una variante dominante distinta de la ómicron: Deberán cumplir una cuarentena de 14 días.
4.- Viajeros que se hayan desplazado a Japón en un vuelo en el que se haya detectado una persona afectada por una variante distinta de la ómicron (por ejemplo, la variante delta) y que fueran contacto estrecho: Se les puede imponer una cuarentena de 14 días.
A fecha 3 de marzo, en el caso de los viajeros procedentes de España se les aplica el siguiente régimen de cuarentena:
- Quedan exentas de cuarentena las personas con un certificado de vacunación válido en el que conste que han recibido una dosis adicional a lo que en Japón se considera la pauta completa (por regla general, una tercera dosis).
- Las personas que no tengan un certificado de vacunación válido en los términos expuestos en el punto anterior, deberán guardar una cuarentena de 7 días, que podrá reducirse a 3 días cuando se remita al Ministerio de Sanidad el resultado negativo de un test COVID-19 en el tercer día tras la entrada en Japón.
Puede encontrar información actualizada sobre las normas y medidas sanitarias de entrada en Japón (así como las listas de países o regiones con alta incidencia de la variante ómicron o con una variante de la ómicron determinados por las autoridades japonesas en los términos antes expuestos) en los siguientes enlaces:
Para más información sobre las condiciones de entrada en el país, se sugiere contactar con la Embajada o Consulado General de Japón del país en el que se encuentre.
Japón se encuentra expuesto de manera relativamente frecuente y a lo largo del año a diversos desastres naturales (terremotos, tifones, lluvias torrenciales, inundaciones, erupciones volcánicas…). La actividad sísmica y volcánica es muy elevada, aunque la gran mayoría de los seísmos no sean perceptibles o no afecten de forma importante a los principales centros habitados o turísticos.
Debe tenerse en cuenta igualmente que en ciertas épocas del año pueden darse fenómenos atmosféricos, especialmente tifones y tormentas tropicales, de difícil predicción y evolución que provocan lluvias torrenciales y, en ocasiones, inundaciones. Por ello, se recomienda consultar de antemano la información disponible en el portal de la Agencia Meteorológica de Japón y en las páginas oficiales de turismo para conocer la situación existente en un determinado punto del país y la conveniencia o no de acercarse a determinadas áreas. Para más información sobre restricciones de viaje debidas a actividad volcánica, le sugerimos consultar el siguiente enlace. A modo orientativo, existen diversas aplicaciones de eventual interés disponibles para smartphones (Japan Official Travel App de la Organización Nacional de Turismo de Japón(JNTO), NHK World, Yurekuru o Japan Shelter entre otras).
En este enlace pueden encontrar información detallada y eventuales recomendaciones o mensajes de emergencia para cada una de las prefecturas, haciendo click en el mapa. Asimismo, se sugiere permanecer atento a los medios de comunicación, así como seguir las indicaciones de las autoridades locales. Antes de planear cualquier desplazamiento por una zona de riesgo se recomienda consultar con el Centro de Información Turística de la JNTO, que atiende en inglés a través del siguiente número de teléfono:+81-(0)3-3201-3331.
El país cuenta con un amplio sistema de prevención de daños en caso de emergencia y de preparación ante desastres que incluye áreas de concentración, evacuación y refugios en todos los centros urbanos. Se recomienda consultar las medidas de autoprotección en caso de terremoto u otro tipo de desastre natural publicadas por la Dirección General de Protección Civil y Emergencias en el siguiente enlace.
Debido a estas catástrofes naturales, el normal funcionamiento de los transportes y otros servicios básicos puede verse alterado. En el apartado Otros (transporte público), puede encontrar enlaces a las páginas de los principales aeropuertos internacionales, compañías ferroviarias y líneas de metro para consultar el estado de su vuelo y/o tren. Asimismo, en caso de cancelación o modificación de su vuelo, contacte con la aerolínea.
SEGURO: Es muy recomendable viajar provisto de un seguro cuya cobertura sea lo más amplia posible ante cualquier incidente (problema de salud, accidente de tráfico con coche de alquiler, cancelación de viaje…) ya que hacer frente a los mismos en Japón puede ser extremadamente costoso. Por ese mismo motivo, se recomienda que el seguro que se contrate no implique que el asegurado deba adelantar los gastos.
OTRAS RECOMENDACIONES: Cabe destacar la severidad con la que las autoridades tratan los hurtos y pequeños robos, independientemente de la mayor o menor entidad del incidente o valor económico del objeto, derivando en periodos prolongados de detención e incomunicación.
Asimismo, se reitera el extremado celo con el que se tratan los delitos relacionados con drogas. No está permitida la posesión de droga ni siquiera para consumo propio. Incluso en cantidades mínimas la policía puede proceder a detener a los infractores y el proceso judicial se puede prolongar durante varios meses. El intento de introducción de sustancias psicotrópicas es un delito extremadamente grave en este país, con penas de varios años de prisión, dependiendo de la cantidad, más la multa correspondiente, cuyo pago puede incrementar el tiempo de estancia. Ciudadanos españoles han sido en el pasado detenidos e interrogados por ser destinatarios de envíos desde España de paquetes o cartas conteniendo pequeñas cantidades de hachís o marihuana. Los aeropuertos internacionales están especialmente preparados para evitar la introducción de drogas en los equipajes de los pasajeros.