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Detalle recomendaciones de viaje

Costa Rica

Aviso general sobre las Recomendaciones de Viaje


La presente recomendación carece de efecto vinculante y opera como mero aviso o consejo. El Estado no resultará responsable por ningún concepto de los daños o perjuicios que, tanto por la observancia como por d​esconocimiento o no atención de la recomendación, pudieran ocasionarse a personas o bienes, no considerándose dicha recomendación título que ampare reclamación alguna.

Se recuerda que el viaje se realiza siempre por cuenta y riesgo del viajero, y que todos los gastos derivados de la hospitalización, la repatriación de heridos o el traslado de cadáveres corren a cargo del particular. Las prestaciones de la Seguridad Social no operan en el extranjero, salvo en determinados países de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo mediante la Tarjeta Sanitaria Europea​Se abre en ventana nueva

En mayo de 2023 la OMS dio por finalizada la emergencia de la pandemia de la COVID-19. No obstante, todo viajero debe tener en cuenta que actualmente cualquier viaje, independientemente del destino o de las circunstancias del mismo, conlleva un riesgo de carácter sanitario. Por ello, se recomienda mantenerse informado en todo momento, contar con la posibilidad de verse obligado a permanecer en el extranjero más tiempo del previsto y contar con un seguro que cubra cualquier eventualidad.

Asimismo, se recuerda que ninguna región del mundo y ningún país están a salvo de posibles actos terroristas.  

Antes de realizar un viaje al extranjero, se recomienda registrar sus datos en el Registro de viajeros​Se abre en ventana nueva del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación para facilitar la atención en situaciones de emergencia o necesidad.

A continuación, tiene a su disposición las Recomendaciones de Viaje para Costa Rica. Haga uso del menú desplegable para consultar la información específica sobre cada uno de los apartados.

Recomendaciones vigentes a 28 de marzo de 2024

Última actualización el 27 de septiembre de 2023

Notas importantes

SE RECOMIENDA VIAJAR CON PRECAUCIÓN. Se sugiere leer con atención el resto de estas recomendaciones de viaje. 

Desde el 1 de abril de 2022 están derogadas las medidas migratorias temporales que se adoptaron para ingresar en Costa Rica con objeto de prevenir el COVID-19
 
Se recuerda que el número de teléfono para emergencias consulares de la Embajada en Costa Rica es el (00506) 60509853 y se encuentra activo 24/7. 

Documentación y visados

- Pasaporte / DNI:

Pasaporte en vigor, con espacio suficiente en la libreta para estampar el sello de entrada y en buen estado. En el caso de que viaje a otros destinos desde Costa Rica, recuerde que debe consultar la vigencia mínima del pasaporte exigida en éstos para evitar problemas. El DNI no es un documento válido para ingresar a Costa Rica. Únicamente los pasajeros procedentes de China, Hong Kong, Macao, Taiwán o que hayan estado en esos territorios en los 14 días previos al ingreso en Costa Rica, deberán presentar certificado de vacunación (mayores de 12 años), así como una prueba PCR o antígeno con resultado negativo en Covid-19 realizada por un laboratorio y con 72 horas máximo antes del ingreso al país.  Para más información respecto al Covid-19 se recomienda consultar el apartado Sanidad.


 

- Billete ida/vuelta.

Las autoridades costarricenses exigen a los viajeros que ingresen en el país que cuenten con un billete de vuelta.

- Visados:

Los ciudadanos es

​pañoles no necesitan visado para estancias inferiores a 180 ​días. Si desea permanecer en Costa Rica por tiempo superior, póngase en contacto con la Embajada de Costa Rica en España antes de iniciar su viaje, puesto que con carácter general, los visados de residencia deben tramitarse antes de llegar al país y no una vez en él.

Para mayor información, puede consultar la dirección electrónica de la Dirección General de Migración y Extranjería de Costa Rica.

https://www.migracion.go.cr/SitePages/Inicio.aspx

- Escala o paso por Estados Unidos:

Si en su viaje de ida o de regreso de Costa Rica debe pasar por los EE.UU., infórmese en la Embajada de EE.UU. en Madrid (Calle Serrano 75, 28006 Madrid, tel: 91 587 2200, fax: 91 587 2303) sobre las características que debe reunir su pasaporte y sobre la necesidad de solicitar una autorización mediante el Sistema Electrónico para la Autorización de Viajes (Electronic System Travel Authorization - ESTA).

Tenga en cuenta que los EE.UU exigen visado en el caso que sea usted titular de un pasaporte provisional español, que es el que se expide en caso de robo o pérdida de su pasaporte ordinario.

- Permisos de conducir:

El Consejo de Seguridad Vial dispone que todo conductor (costarricense o extranjero) podrá conducir los mismos vehículos que autoriza su licencia extranjera por un plazo de hasta tres meses contando a partir de su última entrada al territorio nacional.

- Tasa de salida del país:

$29,00 (algunas aerolíneas incluyen este monto en el coste del billete).

-Autorización de salida de los menores costarricenses y residentes:

La legislación de Costa Rica concede a los menores nacidos en Costa Rica, tanto de padres costarricenses como extranjeros, la nacionalidad costarricense. Ello incluso aunque los progenitores no hayan registrado al menor como nacional costarricense.

Lo anterior debe tenerse en cuenta porque la legislación de Costa Rica no permite la salida de menores costarricenses o con residencia permanente sin una autorización expedida por la Dirección General de Migraciones y Extranjería de Costa Rica y otorgada por los dos progenitores a favor de ambos progenitores, de uno de ellos o de un tercero. 

Si éste es su caso y tiene previsto que el menor se desplace solo a Costa Rica, deberá Vd. ponerse en contacto con la Embajada de Costa Rica en España, antes del viaje, para realizar los trámites necesarios. Si tiene Vd. previsto viajar posteriormente a Costa Rica para regresar con el menor, también podrá realizar ese trámite en Costa Rica, pero sabiendo que se exigirá que los padres del menor estén presentes para solicitar la autorización y aporten fotocopia del pasaporte del menor y de los suyos propios. 

En los últimos años se han presentado varios casos de españoles afectados por esta medida. 

-Autorización de salida de menores españoles de España:

Desde el 1 de septiembre de 2019, aquellos menores que viajen fuera de España solos o acompañados de adultos que no ejerzan su patria potestad deberán contar con una declaración firmada de permiso de viaje fuera del territorio nacional. La declaración no será necesaria si los menores viajan acompañados de cualquiera de sus representantes legales.

Para tramitar la declaración, únicamente es necesaria la comparecencia de uno de los representantes legales del menor, que podrá solicitarse ante la Embajada de España en Costa Rica, en la pestaña sobre trámites consulares

- Vacunas:

* Obligatorias: Ninguna si viaja directamente desde España.

Sin embargo, el gobierno costarricense exige la vacuna contra la fiebre amarilla para las personas que procedan de ciertas áreas geográficas, que puede consultar en la siguiente página del Ministerio de Salud Pública de Costa Rica:

https://www.ministeriodesalud.go.cr/index.php

Este requisito será verificado por la persona de la línea aérea encargada de la revisión de los documentos de salida.

* Recomendadas: Ninguna.

Para más información, consulte la siguiente página web

https://www.sanidad.gob.es/ciudadanos/proteccionSalud/vacunaciones/home.htm


 


 

 

Seguridad

 
A.- TERRORISMO:
 
Aunque Costa Rica no ha sido, hasta este momento, un país particularmente afectado por esta amenaza, se recuerda que ninguna región del mundo y ningún país están a salvo de posibles actos terroristas.
 
 
B.- DESASTRES NATURALES:
 
B.1.- Actividad sísmica y volcánica.
 
En todo momento, se recomienda seguir la situación y las recomendaciones de las siguientes instituciones especializadas (las tres instituciones tienen páginas de Facebook).
 
-El Observatorio Vulcanológico y Sismológico de Costa Rica (http://www.ovsicori.una.ac.cr/
 
-La Comisión Nacional de Emergencias de Costa Rica (La Comisión Nacional de Emergencias de Costa Rica https://www.cne.go.cr/).
 
-  Sistema Nacional de Monitoreo de Tsunamis (SINAMOT).
 
En caso de terremotos o erupciones volcánicas, resulta esencial respetar en todo momento las indicaciones de seguridad que puedan establecer las autoridades locales, y seguir el desarrollo de la situación en los vínculos mencionados y en los medios de comunicación local.
En el caso de terremotos, el Instituto Nacional Geológico de España ofrece pautas prácticas de actuación cuya lectura previa se recomienda. (http://www.ign.es/web/resources/sismologia/qhacer/qhacer.html).
 
En las visitas a volcanes costarricenses, resulta esencial respetar en todo momento las recomendaciones de seguridad establecidas en los miradores y acatar el eventual cierre de accesos cuando así lo deciden las autoridades locales.
 
- Distribución geográfica de riesgo sísmico: Todo el territorio de Costa Rica está ubicado en una zona de elevado riesgo sísmico.

 
- Distribución geográfica de riesgo por actividad volcánica: áreas volcánicas. Sin embargo, el viento puede transportar la ceniza volcánica zonas muy distantes de los volcanes que las expulsan, lo que puede afectar a personas con dificultades en el sistema respiratorio y a la salida y llegada de vuelos nacionales e internacionales. En caso de que el tráfico aéreo se vea afectado, se recomienda contactar con su compañía aérea, bien directamente o bien a través del Aeropuerto Juan Santamaría  o del Aeropuerto Daniel Oduber Quirós.

 
B.2.- Huracanes, tormentas tropicales y precipitaciones fuertes:
 
El territorio de Costa Rica puede verse ocasionalmente afectado por el tránsito de huracanes y de tormentas y ondas tropicales, en cuyo caso resulta esencial seguir las indicaciones de las autoridades locales y se recomienda seguir la evolución de la situación meteorológica y las zonas más afectadas en:
 
-El Instituto Nacional de Meteorología de Costa Rica (https://www.imn.ac.cr/web/imn/inicio). 
 
-La Comisión Nacional de Emergencias de Costa Rica (https://www.cne.go.cr/)
 
-Y los medios de comunicación costarricense.
 
 
Costa Rica se caracteriza por su clima tropical, por lo que recibe con frecuencia fuertes precipitaciones, especialmente en la temporada lluviosa (aproximadamente desde mayo hasta noviembre).
 
Dichas precipitaciones pueden tener, entre otras, las siguientes consecuencias:
- afectar seriamente la seguridad vial,
- producir inundaciones o deslizamientos de tierra,
- crecidas de ríos
 
Por tanto, también resulta esencial seguir las indicaciones de las autoridades locales y se recomienda seguir la evolución de la situación meteorológica y las zonas más afectadas en los vínculos anteriores.
 
 
 
C.- SEGURIDAD CIUDADANA Y CRIMINALIDAD:
 
Puesto que se han producido algunos casos violentos de ataques contra mujeres turistas, se recomienda adoptar medidas de autoprotección y evitar transitar sin compañía o por lugares aislados o poco iluminados, tanto en las zonas urbanas como en áreas turísticas.
 
Se ha registrado un incremento de robos con violencia, incluso armados, tanto en zonas urbanas como en zonas turísticas. Son frecuentes los hurtos de objetos personales y documentación a los turistas.También son frecuentes las roturas de cristales de los vehículos de alquiler turístico.
 
Para prevenir este tipo de sucesos:
 
-Se aconseja adoptar medidas de autoprotección (evitar sitios aislados o poco iluminados) y actuar con prudencia (entre otras, no portar a la vista objetos de valor y no dejar desatendido el equipaje o los efectos personales). 
 
-Se recomienda evitar transitar sin compañía o por lugares aislados o poco iluminados. 
 
-Se desaconseja viajar en “taxis piratas”. 
 
-En caso de ser objeto de un asalto, se recomienda no oponer resistencia a los agresores, quienes pueden encontrarse bajo los efectos de sustancias psicotrópicas.
 
-Se recomienda prestar especial atención en las terminales de autobús y en el interior de los autobuses.
 
-En caso de viaje en vehículos de alquiler, se recomienda estacionarlos en recintos vigilados, sin perderlos, en la medida de lo posible, de vista. Se desaconseja dejar sus efectos personales a la vista en el interior de los vehículos.
 
-Se desaconseja totalmente transitar por las zonas conflictivas de los cascos urbanos, especialmente por las noches. Tenga esta recomendación en cuenta si tiene intención de reservar su alojamiento en viviendas privadas a través de plataformas de internet.
 
 
Zona de riesgo (deben ser evitadas):
 
Se aconseja evitar las zonas conflictivas de los cascos urbanos (entre otras, la llamada "zona roja" de San José -calles 14 y 6, Av. Central y 7-). Caída la noche, esta recomendación se extiende a la totalidad de los cascos urbanos.  
 
 
Zona de riesgo medio: 
 
Conviene ser vigilante en las zonas urbanas del país. En cuanto a las zonas turísticas, también conviene serlo en Tamarindo, Jacó, Tárcoles, Quepos, Manuel Antonio, La Pavona y Puerto Viejo.  
 
 
Zona sin riesgo: 
En principio lo es el resto del país, observando las recomendaciones ya reseñadas.
 

Sanidad

 
- Covid 19
 
Desde el 1 de abril de 2022 están derogadas las medidas migratorias temporales que se adoptaron para ingresar en Costa Rica con objeto de prevenir el COVID-19. Por tanto, ha quedado eliminado el requisito de completar el formulario epidemiológico conocido como Pase de Salud para entrar en Costa Rica, así como el pago de un seguro médico de viaje que cubra alojamiento en caso de cuarentena y gastos médicos por enfermedad COVID-19 para los extranjeros no vacunados.

Únicamente los pasajeros procedentes de China, Hong Kong, Macao, Taiwán o que hayan estado en esos territorios en los 14 días previos al ingreso en Costa Rica, deberán presentar certificado de vacunación (mayores de 12 años), así como una prueba PCR o antígeno con resultado negativo en Covid-19 realizada por un laboratorio y con 72 horas máximo antes del ingreso al país. 

Todos los establecimientos comerciales, hoteles, restaurantes, actividades y eventos pueden funcionar al 100% de aforo sin necesidad de presentar Código QR que acredite contar con esquema de vacunación completo.

A pesar de la eliminación del requisito del seguro médico con cobertura para COVID-19, teniendo en cuenta que no existe convenio con la Seguridad Social española, y las elevadas tarifas de los establecimientos médicos privados; así como la posibilidad de afrontar situaciones inesperadas durante su viaje a Costa Rica, SE DESACONSEJA VIVAMENTE VIAJAR SIN UN SEGURO MÉDICO CON AMPLIAS COBERTURAS, QUE CUBRA LOS GASTOS DE HOSPITALIZACIÓN Y REPATRIACIÓN.
 
El Gobierno de Costa Rica actualiza periódicamente las medidas para luchar contra el COVID-19. Deben tomarse las oportunas precauciones sanitarias, hacer un seguimiento de la información publicada por las autoridades sanitarias costarricenses y cumplir con sus indicaciones.

Se recomienda consultar las medidas en las páginas web y redes sociales de las fuentes oficiales costarricenses:
• Comunicados de prensa de Casa Presidencial de Costa Rica
•Ministerio de Salud Pública de Costa Rica (https://www.ministeriodesalud.go.cr/ )
• Dirección General de Migración y Extranjería de Costa Rica
 (https://www.migracion.go.cr/SitePages/Inicio.aspx )
• Comisión Nacional de Emergencias
• Aeropuerto Juan Santamaría
En caso de que usted presente síntomas compatibles con el COVID-19, puede ponerse en contacto con el 1322, que es la línea habilitada al efecto por el Gobierno costarricense.
En caso de contagio de COVID-19, es importante comunicarlo al seguro en cuanto tenga conocimiento del resultado positivo de la PCR, independientemente de que desarrolle o no síntomas de la enfermedad.
 
 
- Dengue, chikungunya, zika y malaria. 
 
Se ha detectado un incremento de casos de dengue en Costa Rica. Tambien se producen casos de Chikungunya, zika y malaria.Para más información sobre estas tres enfermedades, sus  síntomas, y para hacer un seguimiento de su evolución, consulte la página web del Ministerio de salud de Costa Rica (https://www.mimisteriosalud.go.cr/index.php), la del Ministerio de Sanidad (Situación sanitaria por países, https://www.mscbs.gob.es/sanidad/portada/home.htm) y la Organización Mundial de la Salud ( www.who.int/es).
 
 
La incidencia de estas enfermedades no desaparece en la estación seca y pueden resultar graves especialmente para personas con el sistema inmunológico debilitado, embarazadas, niños o ancianos. Finalmente, los síntomas de estas enfermedades pueden tardar algunos días en desarrollarse, por lo que pueden manifestarse una vez haya vuelto a España. 
 
También se recomienda que extremen las medidas de prevención contra las picaduras de mosquito, tales como: 
• Utilizar camisas de manga larga y pantalones largos.
• Utilizar repelentes de insectos.
• Evitar lugares y horarios propensos a la proliferación de mosquitos en la medida de lo posible 
• Tapar las botellas de refrescos y todo recipiente en el que se almacene agua o líquidos.   
 
Más concretamente, en cuanto al zika, la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha alertado sobre riesgos en la salud del feto en caso de que embarazadas lo contraigan. También existen evidencias de su transmisión por vía sexual y de su vinculación con el síndrome de Guillian Barré. Para más información sobre la enfermedad,se recomienda consultar la web de la OMS (http://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/zika-virus) y la página del Ministerio de Sanidad (https://www.mscbs.gob.es/).
 
Cabe añadir que existe riesgo de malaria todo el año en las provincias de Limón y Puntarenas, especialmente en los cantones Guácimo, Limón, Matina y Talamanca (provincia de Limón) y Garabito (provincia de Puntarenas). 
 
 
- Contratación de un seguro médico: 
 
Aunque el sistema de sanidad pública es de los mejores de Iberoamérica, algunos aspectos de la atención al usuario e instalaciones se sitúan por debajo de los parámetros europeos. Hay que advertir que no existe convenio con la Seguridad Social española. Todo lo cual, unido a las elevadas tarifas de los establecimientos privados (que exigen la acreditación de la capacidad de pago con anterioridad a cualquier tratamiento, con independencia de la condición del paciente), se desaconseja vivamente viajar sin un seguro médico que cubra los gastos de hospitalización y repatriación
 
 
- Consumo de agua:
 
Conviene tener cuidado con el consumo de agua en las zonas rurales, consumirla preferentemente embotellada.
 
 
 -En términos generales, antes de viajar, se recomienda consultar siempre las siguientes páginas del Ministerio de Sanidad (https://www.mscbs.gob.es/), y el Ministerio de Salud Pública de Costa Rica (http://www.ministeriodesalud.go.cr).
 

Divisas

 
La moneda local es el colón y la divisa de referencia por excelencia es el dólar.
 
 
Al ingresar en el país o salir de él, toda persona, nacional o extranjera, estará obligada a declarar el dinero efectivo o los títulos valores que porte, si la cantidad es igual o superior a los diez mil dólares moneda de los Estados Unidos de América (US $10.000,00) o su equivalente en otra moneda. (Ley 8204). Para la declaración, deberá emplear los formularios oficiales elaborados con ese fin, los cuales están a su disposición en los puestos migratorios.
 
En algunos casos, la tasa de cambio de euros por dólares en las entidades locales resulta desventajosa para los turistas europeos. De ahí que la opción más recomendable sea la de cambiar euros por dólares en Europa y, una vez en Costa Rica, cambiar dólares por colones, aunque en la práctica muchos establecimientos, especialmente del sector turístico, admiten pagos en dólares. En algunos casos no se aceptan los billetes de 50 y 100 dólares por temor a falsificaciones.
 
En los establecimientos turísticos no suelen darse problemas para el empleo de las tarjetas de crédito internacionalmente reconocidas y los cajeros automáticos funcionan en todo el país. 
 
No se recomienda llevar billetes de 500€, ya que el cambio de ésta denominación de billetes únicamente se puede realizar en algunos bancos, con el pago de una comisión más alta de lo habitual.

Otros

 
- Contratación de seguros de amplia cobertura:

 
SE RECOMIENDA LA CONTRACIÓN DE SEGUROS DE AMPLIA COBERTURA, QUE PERMITAN AL VIAJERO ESPAÑOL HACER FRENTE A CUALQUIER TIPO DE EVENTUALIDAD INESPERADA EN COSTA RICA. 

 
- Tráfico de drogas y turismo sexual:

 
Las condiciones de los centros penitenciarios costarricenses son notablemente inferiores a los españoles, y muchos delitos están penados de forma más severa que en España.

 
En cuanto al tráfico de drogas, la "Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, legitimación de capitales y actividades conexas" de la República de Costa Rica establece en su artículo 58 que "Se impondrá pena de prisión de ocho a quince años a quien, sin autorización legal (...) transporte, almacene o venda las drogas, las sustancias o los productos referidos en esta Ley, o cultive las plantas de las que se obtienen tales sustancias o productos. La misma pena se impondrá a quien, sin la debida autorización posea esas drogas, sustancias o productos para cualquiera de los fines expresados, y a quien posea o comercie semillas con capacidad germinadora u otros productos naturales para producir las referidas drogas." El artículo 77 del mismo precepto eleva a 20 años la pena máxima para los mismos delitos cuando éstos "se cometan a nivel internacional". Desde el año 2000, todos los años han sido detenidos ciudadanos españoles por este delito.  
La explotación sexual de menores también está duramente penada en Costa Rica (Ley 7899).
 
- Restricciones aduaneras:

 
Debe tenerse en cuenta que la importación de medicamentos, obras de arte, antigüedades, alcohol, piedras, fósiles, mascotas, alimentos y otros bienes pueden estar sujetos a restricciones aduaneras. Se sugiere consultar con el Ministerio de Hacienda de Costa Rica
(https://www.​hacienda.go.cr/Aduanafacil/Faq y https://www.hacienda.go.cr/AduanaFacil/​) y con aquellas otras autoridades competentes, según qué quiera importar (entre otros, Ministerio de Agricultura y Ganadería, Ministerio de Economía, Industria y Comercio).
 
En lo que respecta a las restricciones de alimentos, se recuerda que desde el 18 de agosto de 2021 el Servicio Nacional de Sanidad Animal (SENASA) prohíbe el ingreso a Costa Rica de productos de origen porcino en el equipaje personal, como medida de prevención frente a la peste porcina africana.
http://www.senasa.go.cr/informacion/centro-de-informacion/informacion/sgc/pnsp/peste-porcina-africana-ppa.
 
Asimismo, el SENASA publica en el siguiente enlace la información de los productos que están autorizados a ingresar al país proveniente de otros países, en particular el documento DCA-PG-04-IN-03 en el que se indican los productos de origen animal que pueden venir dentro del equipaje personal.
https://www.senasa.go.cr/informacion/centro-de-informacion/informacion/sgc/dca/dca-pg-04-inspeccion-de-importaciones
Se recomienda, la revisión de estas páginas web con el fin de contar con la información más actualizada posible en la materia.
 
- Práctica de deportes / deportes riesgo: 

 
Antes de practicar su deporte, consulte siempre la situación meteorológica en la página web del Instituto Meteorológico Nacional (https://www.imn.ac.cr).
Dentro de la oferta turística del país ocupan un lugar destacado los deportes de riesgo, tales como el submarinismo, descenso de ríos o "canopy" (tirolina).
Es importante que reserve tours ofrecidos por agencias de viajes autorizadas, así como asegurarse de que los guías turísticos ofrecen las instrucciones de seguridad y el reglamento de la actividad antes de comenzar.

 
Por último, verifique que la compañía cuenta con el permiso de operación otorgado por el Ministerio de Salud, pólizas de seguros y guías turísticos certificados.
El Instituto Costarricense de Turismo recoge en esta web un listado de Agencias cuyo funcionamiento ha sido evaluado conforme a sus reglamentos.

 
- Artesanía local y réplicas de piezas arqueológicas:

 
En caso de adquirir piezas de artesanía local, particularmente réplicas o imitaciones de artesanía precolombina, se recomienda contar en todo caso con una factura y/o recibo de compra con los que poder acreditar la procedencia de la compraventa, puesto que puede ser requerido para ello por parte de funcionarios de aduanas o de la Policía Aeroportuaria, encargados de detectar e impedir la salida del país de patrimonio arqueológico. 

 
La Ley sobre Patrimonio Nacional Arqueológico (Nº 6703) establece que son propiedad del Estado costarricense todos los objetos arqueológicos que sean descubiertos en cualquier forma.  Asimismo, está prohibido el comercio y la exportación de este tipo de patrimonio por parte de particulares e instituciones privadas o estatales. 

 
Las personas que infrinjan estas disposiciones -incluidos los turistas- se exponen a severos procesos penales.

 
- Seguridad vial:
El estado de algunas carreteras, la conducción local y las condiciones climatológicas (la época de lluvias se extiende desde mayo a noviembre y la niebla es muy frecuente) imponen una conducción prudente y cuidadosa. Respete siempre las señales de tráfico. Se desaconseja específicamente la conducción nocturna.

 
Se recomienda hacer un seguimiento del estado de las vías antes de iniciar cualquier desplazamiento en las páginas web de la Policía de Tránsito (https://www.transito.go.cr/Paginas/default.aspx) y de la Comisión Nacional de Emergencias (https://www.cne.go.cr).
Las condiciones de los seguros de los vehículos de alquiler no coinciden necesariamente con las habituales en España, por lo que se recomienda su lectura detenida. Se han detectado abusos por parte de las aseguradoras. Se recomienda, por lo tanto, alquilar en compañías internacionalmente reconocidas y precisar la cobertura exacta de la póliza contratada. 

 
En caso de accidente la legislación costarricense exige que los vehículos permanezcan inmovilizados hasta la llegada de los agentes de la Policía de Tránsito y del Instituto Nacional de Seguros (compañía pública que detenta el monopolio en el país). El teléfono de la policía de Transito es el 2222-9330 o el 2523-1300 ext. 1022 ó 1029, y el del Instituto Nacional de Seguros es el 800-800-8000.

 
- Transporte público: 

 
El transporte privado conducido (autobuses, vehículos con conductor o vuelos privados para distancias largas) ofrece ventajas en términos de comodidad y seguridad, por lo que resulta frecuente su utilización por parte de los viajeros. No obstante, como es lógico, la utilización de transporte privado conducido no elimina los riesgos mencionados.
 
- Colectivos LGTBI:

 
Al igual que en el resto del mundo, no se puede descartar que se puedan producir manifestaciones de intolerancia contra viajeros LGTBI, aunque en principio no son frecuentes. En caso de que sea objeto de cualquier tipo de agresión física o verbal, no dude en ponerse en contacto con la Fuerza Pública o con la Policía Turística costarricense. También puede contactar al teléfono de emergencia consular de la Embajada en Costa Rica [(00506) 60509853, que se encuentra activo 24/7].
 
- Fuertes corrientes en las playas y desembocaduras de ríos:

 
Los accidentes debidos a las fuertes corrientes en las playas y desembocaduras de los ríos son muy habituales. Por ello en caso de que practique deportes en estos lugares se recomienda que contrate los seguros correspondientes.
  
- Eventual presencia de cocodrilos: 

 
Conviene tener en cuenta que, en algunas playas, y concretamente en las inmediaciones de las desembocaduras de los ríos, se ha detectado la presencia de cocodrilos que, en ocasiones, han atacado a seres humanos.
   
- Alojamiento: 

 
Es práctica habitual en los establecimientos hoteleros requerir al viajero que firme un talón con los datos de su tarjeta de crédito. Al abandonar el hotel recuerde solicitarlos para destruirlos. Lo mismo sucede con las compañías de alquiler de vehículos.


 
 

Direcciones y teléfonos de interés

Embajada de Costa Rica en España

Calle Ríos Rosas nº 54, planta baja derecha
28003 Madrid.
Tel.: 91 345.96.22 Fax : 91/353.37.09
E-mail: embcr-es@rree.go.cr
 
Además de su Embajada en Madrid, Costa Rica cuenta con Consulados Honorarios en Barcelona, Gran Canaria y Málaga.

 
Prefijo País: + 506

Embajada de España en Costa Rica
Calle 32 (entre Paseo Colón y Avenida Segunda).-San José. P.O:Box: 10150.-1000 San José.
Teléfono/s: (00 506) 222 257 45 y 222 170 05.
El horario de atención al público en la Sección Consular es de 8 a 12 horas.
Teléfono de Emergencia Consular (para casos urgentes y fuera del horario de trabajo de la  Embajada) es (+506) 6050 9853
Fax/es: 00 506 2257 5126
Correo electrónico: emb.sanjose@maec.es 
  • ​Consejería de Empleo y Seguridad Social: Carretera a Pavas, costado norte Antojitos.-San José. P.O.Box: 2058.-1000 San José. Teléfono/s: 223 270 11 y 223 275 92. Fax/es: 223 175 34. Correo electrónico: costarica@meyss.es
  • Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación: Calle 32. Avdas. 0 y 1, Edificio La Carmelita.- P.O.Box: 10150.-1000 San José. Teléfono/s: 222 298 23. Fax/es: 222 297 33. Correo electrónico: sanjose@magrama.es
  • Oficina Técnica de Cooperación AECI: Plaza del Farolito, Barrio Escalante. - San José. Teléfono/s: 225 729 19, 225 729 20 y 225 729 21 y 225 729 22. Fax/es: 225 729 23. Correo electrónico: otc.costarica@aecid.es
  • Centro Cultural de España: Plaza del Farolito, Barrio Escalante.-San José. Teléfono/s: 225 729 19, 225 729 20 y 225 729 21 y 225 729 22. Fax/es: 222 291 05. Dirección de correo: cultural.cc.costarica@aecid.es
  • Cámara Oficial Española de Comercio: Sabana Sur del Supermercado AM/PM,100 mts Sur, Centro Comercial Sabana Sur, Local nº 40. P.O.Box:10115.-1000 San José. Teléfono/s: 22 96 17 00. Fax/es: 222 577 79

Teléfonos de interés:
 
Se recuerda que el número de teléfono para emergencias consulares de la Embajada en Costa Rica es el (00506) 60509853, y se encuentra activo 24/7, todos los días del año.
 
Aeropuerto Juan Santamaría:
Administración: 2437-2400
Información vuelos: 2 437-2626 o  IBERIA: 4036 0069
Aeropuerto:2 441-2591
 
Teléfonos de urgencia: 911
Este único número le contacta con: Bomberos, Fuerza Pública, Cruz Roja Costarricense, Tránsito y Organismo de Investigación Judicial (OIJ).
 
Instituto Costarricense de Turismo - Departamento de Servicio al Turista
E-mail: quejas@ict.go.cr  
Tel: 2299 5828 Fax 2291 4739
Página web del ICT. (https://www.ict.go.cr/es/).
 
Denuncias Organismo Investigación Judicial (OIJ) - (Robos, agresiones, etc.):
Tel. 800-8000 645
 
Hospitales públicos 
  • Hospital México: (506) 22 42 67 00
  • Hospital San Juan de Dios: (506) 25 47 80 00
  • ​Hospital Calderón Guardia: (506) 22 12 10 00
  • ​Hospital Nacional de Niños: (506) 25 23 36 00