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El próximo 9 de junio de 2024 se celebrarán elecciones al Parlamento Europeo.
Preguntas frecuentes
Electores residentes en el extranjero (CERA) que se encuentren temporalmente en España durante el proceso electoral, puedes solicitar (al igual que los residentes en España) el voto por correo desde el 16 de abril hasta el 30 de mayo y enviar el mismo no más tarde del 7 de junio.
Remisión del voto por correo de los electores residentes en el extranjero (CERA) al Consulado o centro de votación habilitado no más tarde del 4 de junio.
Depósito del voto en urna en el Consulado o centro de votación habilitado de los electores residentes en el extranjero entre el 1 y el 6 de junio, ambos inclusive.
Instituto Nacional de Estadística, consulta de inscripción en el censo electoral
Junta Electoral Central
Ministerio de Interior
Servicios Consulares en las Representaciones y Consulados de España en el Exterior
- Un funcionario consular sella y firma el sobre por detrás antes de que se deposite en urna. - El precinto y desprecinto de las urnas en el Consulado es público. - Las juntas Electorales toman medidas para evitar que nadie vote dos veces. - El recuento de los votos depositados es público. - Los votos se remiten a España por valija diplomática de forma inmediata. - La Junta electoral abre los sobres de votación y debe hacer constar en acta el voto recibido desglosado por consulados.