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Condecoraciones

Conforme a los Reales Decretos 2395/1998 y 2396/1998, de 6 de noviembre, por los que se aprueban los Reglamentos de la Orden de Isabel la Católica y de la Orden del Mérito Civil, las Cancillerías de las Órdenes de Isabel la Católica y del Mérito Civil se encuentran radicadas en la Dirección General de Protocolo, Cancillería y Órdenes a quien corresponde la tramitación de las propuestas de concesión de condecoraciones y a cuyos efectos instruirá los oportunos procedimientos.

Orden de Isabel la Católica

La Orden de Isabel la Católica fue instituida por el Rey Fernando VII el 14 de marzo de 1815, con la denominación de Real Orden Americana de Isabel la Católica. Actualmente, se rige por el Real Decreto 2395/1998, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Orden de Isabel la Católica, y tiene por objeto “premiar aquellos comportamientos extraordinarios de carácter civil, realizados por personas españolas y extranjeras, que redunden en beneficio de la Nación o que contribuyan, de modo relevante, a favorecer las relaciones de amistad y cooperación de la Nación Española con el resto de la Comunidad Internacional".

Su Majestad el Rey es el Gran Maestre de la Orden de Isabel la Católica, por lo que todas las condecoraciones de esta Orden son conferidas en su nombre.

El titular del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación es el Gran Canciller de la Orden y le corresponde elevar al Consejo de Ministros la concesión de los grados de Collar y Gran Cruz, así como conceder, en nombre de Su Majestad el Rey, los grados inferiores. 

El titular de la Subsecretaría de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación es el Canciller de la Orden, la Introductora de Embajadores, la Embajadora-Secretaria de la Orden; y el Segundo Introductor, el Maestro de Ceremonias-Contador. A la Dirección General de Protocolo le corresponde evaluar las propuestas de concesión de las condecoraciones de dicha Orden.


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Orden del Mérito Civil

La Orden del Mérito Civil fue instituida por el Rey Alfonso XIII, por Real Decreto de 25 de junio de 1926, para premiar “las virtudes cívicas de los funcionarios al servicio del Estado, así como los servicios extraordinarios de los ciudadanos españoles y extranjeros en el bien de la Nación". El Real Decreto 2396/1998, por el que se aprueba el Reglamento de la Orden del Mérito Civil, es la normativa aplicable actualmente a dicha Orden, que hoy en día tiene por objeto “premiar los méritos de carácter civil de personal dependiente de alguna de las Administraciones Públicas (…) o por personas ajenas a la Administración, que presten o hayan prestado servicios relevantes al Estado, con trabajos extraordinarios, provechosas iniciativas, o con constancia ejemplar en el cumplimiento de sus deberes". También puede otorgarse a personas de nacionalidad extranjera, “siempre que hayan prestado servicios distinguidos a España o una notable colaboración en todos aquellos asuntos que redunden en beneficio de la Nación".

Su Majestad el Rey es el Gran Maestre de la Orden del Mérito Civil, por lo que, al igual que en el caso de Isabel la Católica, todas las condecoraciones de esta Orden serán conferidas en su nombre.

De la misma manera, el titular del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación es el Gran Canciller de la Orden y le corresponde elevar al Consejo de Ministros la concesión de los grados de Collar y Gran Cruz, así como conceder, en nombre de Su Majestad el Rey, los grados inferiores.

Como en el caso de la Orden de Isabel la Católica, el titular de la Subsecretaría de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación es el Canciller de la Orden del Mérito Civil, la Introductora de Embajadores, la Embajadora-Secretaria de la Orden; y el Segundo Introductor, el Maestro de Ceremonias-Contador. A la Dirección General de Protocolo, Cancillería y Órdenes le corresponde la tramitación de las propuestas de concesión de condecoraciones de dicha Orden.