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Constitución de la UNESCO

La Constitución de la UNESCO fue aprobada en Londres el día 16 de noviembre de 1945 y modificada por la Conferencia General en sus reuniones 2a, 3a, 4a, 5a, 6a, 7a, 8a, 9a, 10a, 12a, 15a, 17a, 19a, 20a, 21a, 24a, 25a, 26a, 27a, 28a, 29a y 31a.​

Los gobiernos de los Estados Partes firmantes de la Constitución, en nombre de sus pueblos y ante las guerras sufridas hasta principios del siglo XX, generadas por la incomprensión mutua - motivada por la desconfianza y el recelo entre las naciones, y por tanto causa de sus desacuerdos - decidieron intensificar sus relaciones con el  fin de adquirir un conocimiento más preciso y verdadero de sus respectivas vidas. 

Persuadidos además por la necesidad de asegurar a todos el pleno e igual acceso a la educación, la posibilidad de investigar libremente la verdad objetiva, y el libre intercambio de ideas y de conocimientos, acordaron crear la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, con el fin de alcanzar gradualmente los objetivos de paz internacional y de bienestar general de la humanidad. 

El texto consta de quince artículos en los que se detallan sus funciones, la composición de sus miembros, los órganos que componen la UNESCO - Conferencia General, Consejo Ejecutivo y Secretaría - además de las relaciones que tendrá con sus Estados Miembros, con las Naciones Unidas, con otros organismos internacionales y organizaciones intergubernamentales especializadas.