Podrán participar las personas de nacionalidad española que consten de alta como residentes en la demarcación consular y figuren inscritas a efectos electorales en el censo de españoles residentes ausentes (CERA) de estas elecciones.
También podrán participar las personas de nacionalidad española que se encuentren temporalmente en la demarcación consular, figuren en el censo electoral de residentes en España (CER) y consten inscritas como no residentes en el Registro de Matrícula Consular (voto ERTA).
A continuación, se detallan los pasos para poder participar en las citadas elecciones.
A) Ciudadanos españoles residentes en la demarcación consular (voto CERA)
Consulta del censo electoral y reclamaciones
El censo electoral vigente para estas elecciones es el cerrado a 01 de agosto de 2026. A este censo se incorporarán las reclamaciones que hayan sido estimadas.
A estos efectos, durante los días 12 a 19 de octubre, ambos incluidos, se habilitará un servicio de consulta extraordinario del censo electoral. Dicha consulta podrá realizarse por cualquiera de las siguientes vías:
La comprobación se puede hacer presencialmente en esta Embajada (Tuskanac 21A, Zagreb) o por vía telefónica, identificándose con un documento español (+385 1 48 48 650) en los horarios siguientes, sin necesidad de cita previa:
Entre martes 13 de octubre y viernes 16 de octubre:........De 9h a 13:30 h
Lunes, 19 de octubre…………………………………………...............De 9h a 13:30 h
Los días no laborables que se señalan a continuación esta Embajada abrirá en horario especial para presentación de reclamaciones y comprobación de listas:
Lunes, 12 de octubre (Día de la Hispanidad): ……………… de 10 h a 12 h
sábado, 17 de octubre: …….……………………………..……...... .de 10 h a 12 h
domingo, 18 de octubre: …….……………………………..…........ de 10 h a 12 h
Igualmente, la comprobación se puede realizar por consulta al siguiente correo electrónico, emb.zagreb.sc@maec.es remitiendo una copia del DNI o pasaporte.
Por vía telemática, sin necesidad de acudir a la Oficina Consular, en la dirección https://sede.ine.gob.es/ce-internet1/?lang=es_ES
, para lo que los electores deberán identificarse mediante el sistema Cl@ve.
Dentro de este plazo, de 12 a 19 de octubre, ambos incluidos, cualquier persona podrá presentar reclamación dirigida a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral contra su exclusión o inclusión indebida en el censo, así como actualizar sus datos de inscripción, en caso de que hayan cambiado después del cierre del censo, bien presencialmente en la Oficina Consular o por vía telemática, en caso de disponer de un medio de identificación electrónico válido a través del enlace: https://sede.ine.gob.es/tramite/reclamacion_ce_elecciones/
Las reclamaciones deberán cumplimentarse exclusivamente en el modelo oficial que será facilitado por la Oficina Consular y deberán ir acompañadas de alguno de los siguientes documentos españoles de la persona que lo solicite: fotocopia del DNI, fotocopia del pasaporte o fotocopia del permiso de conducir, o bien de una certificación de nacionalidad española o un certificado de inscripción en el Registro de Matrícula Consular si no dispusiera de ninguno de los documentos anteriores.
Documentación electoral, modalidades de voto y plazos para votar
Se recuerda que ya no es necesario presentar ninguna solicitud como paso previo para el ejercicio del voto.
Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral remitirán la documentación electoral a la dirección de la inscripción de cada elector del 24 al 30 de octubre, plazo al que habrá de sumarse el tiempo que tarde en llegar la documentación al domicilio en el extranjero. En ese primer envío, los electores recibirán el sobre en el que figure la dirección de la Junta Electoral competente, el sobre donde aparezca la dirección de la Oficina Consular en la que estén inscritos, así como el sobre de votación; los certificados de inscripción en el censo; y una hoja informativa con toda la información relevante para votar.
Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral realizarán un segundo envío postal con las papeletas entre el 04 y el 08 de noviembre de 2026, salvo en el caso de que se produjesen impugnaciones a las candidaturas, en cuyo caso el envío podría demorarse hasta el 14 de noviembre de 2026.
Los electores también podrán descargarse las papeletas desde el momento en que se produzca la proclamación de las candidaturas y hasta el 26 de noviembre de 2026, a través del siguiente enlace que se habilitará a tal efecto: http://www.ine.es/descarga_candidaturas_elecciones
. Si se utiliza esta vía, se recomienda leer detenidamente la información contenida en la página web habilitada.
Los electores, que deberán seguir las instrucciones contenidas en la hoja informativa remitida por la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, podrán votar por cualquiera de las siguientes vías y dentro de los plazos siguientes:
- Podrán remitir su voto por correo postal, certificado, cuando sea posible, a la Oficina Consular no más tarde del 24 de noviembre de 2026. No serán válidos los sobres recibidos antes de la proclamación definitiva de candidaturas.
- Depositar personalmente el sobre con los votos y restante documentación electoral en la urna que se encontrará en la Sección Consular de esta Embajada de España (Tuskanac 21 A, 10000, Zagreb) entre los días 21 y 26 de noviembre (sábado y jueves) ambos inclusive. Deberá presentar su DNI o pasaporte en el momento de votar y entregar el segundo de los Certificados de Votante recibidos. Los horarios de votación en urna serán los siguientes:
- Días 21 y 22 de noviembre (sábado y domingo): de 11h a 14h
- Días 23 a 26 de noviembre (lunes a jueves): de 09h a 17:30h
Las Oficinas Consulares garantizarán la disponibilidad de papeletas oficiales de voto en los centros habilitados para el depósito del voto en urna, así como sobres de votación y medios informáticos para la descarga de la documentación precisa para votar durante los días habilitados para la votación presencial.
Electores (CERA) que se encuentren temporalmente en España durante el proceso electoral
Podrán solicitar, al igual que los residentes en España, el voto por correo hasta el 19 de noviembre de 2026 en cualquier oficina del servicio de Correos en España, debiendo enviar el mismo no más tarde del 25 de noviembre de 2026.
B) Ciudadanos españoles no residentes en la demarcación consular (voto ERTA)
Las personas que se encuentren temporalmente en el extranjero, para poder votar desde el exterior, deberán constar inscritas en la Oficina Consular como no residentes y solicitar la documentación electoral mediante la presentación del impreso oficial en la Oficina Consular, no más tarde del 31 de octubre de 2026. Ambos trámites podrán realizarse simultáneamente.
Para ello deberán presentarse personalmente en la Oficina Consular de la Embajada de España en Zagreb (Tuskanac 21 A), para inscribirse como no residentes en el Registro de Matrícula Consular, caso de que no estuviesen ya inscritos, y rellenar un formulario solicitando la documentación para ejercer su derecho al voto a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo electoral que corresponda, no más tarde del día 31 de octubre (sábado).
A estos efectos, esta oficina consular abrirá sus puertas desde la fecha de la convocatoria todos los fines de semana hasta el sábado 31 de octubre inclusive, como último día de plazo para la solicitud del voto ERTA.
El horario para solicitar el voto ERTA durante días laborables es de 09:00 a 13;30 h.
Los horarios para solicitar el voto ERTA durante fines de semana y festivos son los siguientes:
sábado 10 y domingo 11 de octubre:…………………….de 10 a 12 h
lunes, 12 de octubre…………………………………….........…de 10 a 12 h
sábado 17 y domingo 18 de octubre:…………………….de 10 a 12 h
sábado 24 y domingo 25 de octubre:…………………….de 10 a 12 h
sábado 31 de octubre………………………………….........…de 10 a 12 h
Deberán enviar su voto, por correo certificado, a su Mesa Electoral en España no más tarde del 25 de noviembre (miércoles).
Una vez recibida la documentación de la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, los electores deberán enviar su voto por correo postal certificado a la mesa electoral que corresponda en España, no más tarde del 25 de noviembre de 2026, siguiendo las instrucciones contenidas en la hoja informativa recibida.