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Documentación y trámites

Pasaporte/Visado

 
Es necesario visado, que debe obtenerse antes de llegar al país, en la Embajada o Consulados Generales de Arabia Saudí.
 
Arabia Saudí expide visados de negocios y trabajo, de visita para familiares cercanos, y para tránsito y visitas religiosas para musulmanes. Todos los visados deben obtenerse antes de la llegada (no se expiden en aeropuertos, puertos o fronteras terrestres), requieren un sponsor y el proceso para su obtención puede durar varias semanas, por lo que se recomienda realizar la solicitud con suficiente antelación.
 
Se recuerda que las autoridades saudíes son muy estrictas en materia de visados, por lo que se aconseja a toda persona que desee viajar a Arabia Saudí que compruebe con anterioridad a su viaje que posee un visado válido para todo el período de su estancia. En este sentido, el departamento de aduanas no acepta la extensión de validez de un visado anterior. También se debe contar con un pasaporte con una validez superior a seis meses desde la fecha prevista de entrada en Arabia Saudí.
 
Se advierte que la sección de pasaportes de los aeropuertos saudíes es competente para denegar la entrada en el país si así lo estima conveniente, incluso si el extranjero está en posesión de toda la documentación en regla.
 
Asimismo, se recuerda que aquellas personas que vayan a residir en Arabia Saudí deben obtener un permiso de salida (exit visa) para poder abandonar el país. La salida del país está bloqueada por las autoridades saudíes durante la tramitación de la tarjeta de residencia (Iqama), por lo que se aconseja a los residentes españoles que, antes de salir del país, comprueben con su empleador (sponsor) que tienen toda la documentación en regla.
 
Debe tenerse en cuenta que al ser el empleador (sponsor) el competente para solicitar el exit visa o el exit/reentry visa en el Ministerio del Interior, puede bloquear la salida de los ciudadanos involucrados en disputas laborales o procesos judiciales hasta que los mismos no sean resueltos.
 
Al tratarse de una relación laboral entre partes privadas y siendo las autoridades saudíes las competentes para la emisión del visado de salida, la Embajada de España no puede hacerse cargo de que los españoles que deseen abandonar el país puedan hacerlo si no tienen toda su documentación en regla.
 
Asimismo, la Embajada de España no puede intervenir en caso de violaciones de la normativa de inmigración saudí, por lo que se recomienda que, ante cualquier duda respecto al periodo de validez del visado, se contacte con las autoridades migratorias saudíes o la Embajada saudí en Madrid antes de viajar. En este sentido, un error habitual es la confusión entre la validez del visado y la duración de la estancia permitida. Debe tenerse en cuenta que las fechas se calculan de acuerdo al calendario árabe. El Departamento de Pasaportes saudí (www.epassport.gov.saSe abre en ventana nueva) ha establecido recientemente un servicio online para emitir y renovar permisos de residencia.
 
Para más información puede consultar la página web de la Embajada de Arabia Saudí en Madrid en el siguiente enlace:

http://embassies.mofa.gov.sa/sites/Spain/en/Pages/default.aspx​

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Embajada del Reino de Arabia Saudí en España

C/ Doctor Alvarez Sierra, 3
Madrid-38033
Teléfonos: 91 383 43 00  y 91 383 22 29
Faxes: 91 302 12 12 y 91 766 73 38


Trámites de inscripción en la Embajada de España en Arabia Saudí 

Los ciudadanos españoles residentes en Arabia Saudí, deben inscribirse en el Registro de Matrícula Consular (RMC) de esta Embajada para así causar alta en el padrón de españoles residentes en el extranjero (PERE). Los mayores de edad, además, causarán alta en el censo electoral de residentes ausentes (CERA).
 
Se puede obtener más información en el siguiente enlace de la página web de la​ EmbajadaSe abre en ventana nueva​.


Normas aduaneras

La normativa en materia de divisas, que entró en vigor el 2 de junio de 2007, establece como límite a efectos declaratorios las cantidades superiores a 60.000 riales saudíes o su equivalente en moneda extranjera por persona y viaje.
 
La importación y consumo de alcohol y productos derivados del cerdo está estrictamente prohibida. Las cintas de video y los DVD son retenidos sistemáticamente por las autoridades en el aeropuerto. Los libros, revistas y fotografías son también objeto de control y censura. Las autoridades podrían revisar su ordenador personal a su llegada al aeropuerto.
 
Respecto al IVA, desde el 1 de enero de 2018 el impuesto sobre el valor añadido en Arabia Saudí es del 5%.
 
Se puede obtener más información al respecto en la página web del Departamento de Aduanas de Arabia Saudí:
http://www.customs.gov.sa/site​s/sc/en/​
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Documentos básicos para residir y trabajar en Arabia Saudí

Tras la obtención del visado de trabajo/residencia, en el plazo de 90 días desde la entrada del en el país, el empleador (sponsor) debe tramitar la tarjeta de residencia del extranjero (Iqama), así como, en su caso,  la licencia de trabajo, que se renueva cada uno o dos años, según el caso. La regulación establece que el empleador pagará el doble de la tasa en caso de no presentar la Iqama para su renovación, al menos tres días antes de su caducidad.
 
En caso de extender la estancia en Arabia Saudí más allá del período de validez del visado, el infractor puede ser detenido y multado, tras lo cual será deportado del país. La multa podría ascender a 10.000 riales saudíes, equivalente a 2.000 euros aproximadamente. Si dicho infractor se encontraba en el país para visitar a un extranjero residente, además de multas de entre 15.000 y 50.000 riales saudíes, están previstas penas de prisión de entre tres y seis meses en caso de reincidencia. Asimismo, el Ministerio del Interior podrá cancelar el permiso de residencia del extranjero residente y deportarlo del país.
 
Si el extranjero no informa de la pérdida de su Iqama o pasaporte en el plazo de 24 horas, la multa asciende a 1.000 riales saudíes y puede llegar a 3.000 en caso de repetirse el hecho.

 

Documentos necesarios que requieran legalización previa

​Para que los documentos oficiales emitidos en España y en Arabia Saudí puedan surtir efectos en Arabia Saudí y en España respectivamente, deben ser legalizados por vía diplomática, puesto que Arabia Saudí no ha firmado el Convenio de La Haya, de 5 de octubre de 1961, que suprime la exigencia de legalización de los documentos públicos extranjeros expedidos en los países signatarios de dicho Convenio.

Puede encontrar más información sobre la legalización de documentos saudíesSe abre en ventana nueva en la página web de la Embajada y sobre la legalización de docu​mentos españoles​Se abre en ventana nueva en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación español. 

 

Trámites para votar en las elecciones españolas desde Arabia Saudí

Los españoles mayores de edad inscritos en el Registro de Matrícula Consular y en el censo electoral de residentes ausentes pueden votar en las elecciones generales, autonómicas y al Parlamento Europeo desde Arabia Saudí. 

Para mayor información consulte el siguiente enlace sobre partici​pación en procesos electoralesSe abre en ventana nueva​ de la página web de la Embajada.

 

Trámites para canjear el permiso de conducir español en Arabia Saudí

Consulte la información relativa al reconocimiento y canje del permiso de conducir español en Arabia Saudí y sobre los trámites para la renovación del permiso de conducir español desde el extranjero en el siguiente enlace d​e la pág​ina web de la EmbajadaSe abre en ventana nueva.​

 

Salida de menores de Arabia Saudí

Las mujeres y los niños considerados miembros de un hogar familiar saudí (incluyendo ciudadanas españolas casadas con ciudadanos saudíes, ciudadanas españolas mayores de edad solteras hijas de padre saudí, hijas de padre saudí e hijos de padre saudí menores de 21 años) necesitan permiso del hombre cabeza de familia para salir de Arabia Saudí. Las madres no pueden conseguir la salida de sus hijos menores sin el permiso del padre saudí. En caso de niños que visitan a su padre en Arabia Saudí, incluso en aquellos casos en los que hay un régimen de custodia y visitas establecido por un Juzgado no saudí, pueden ser retenidos hasta obtener el consentimiento del padre. Además, esta circunstancia se mantiene en caso de divorcio.

En el caso de menores de nacionalidad únicamente española, es recomendable, tanto si viajan solos como si lo hacen acompañados de uno solo de sus progenitores o por terceras personas, que viajen con los siguientes documentos:

  • Pasaporte.
  • ​Autorización expresa, en su caso, de ambos progenitores, del progenitor ausente o de quien ejerza legalmente la patria potestad del menor. Esta autorización se puede tramitar, en España, en los puestos de la Guardia CivilSe abre en ventana nueva, y en Arabia Saudí, en la Sección Consular de la Embajada de España. También puede realizar la autorización ante notario saudí (en este último caso será necesario traducir y legalizar el documento).
  • Documentación que pruebe la relación de filiación o tutela (Libro de Familia, certificado literal de nacimiento, etc.).​