Elecciones al Parlamento de Andalucía de 17 de mayo de 2026

miércoles, 25 de marzo de 2026


El 17 de mayo de 2026 se celebrarán elecciones al Parlamento de Andalucía.

Podrán participar las personas de nacionalidad española que consten de alta como residentes en la demarcación consular y figuren inscritas a efectos electorales en el censo de españoles residentes ausentes (CERA) de estas elecciones.

​También podrán participar las personas de nacionalidad española que se encuentren temporalmente en la demarcación consular, figuren en el censo electoral de residentes en España (CER) y consten inscritas como no residentes en el Registro de Matrícula Consular (voto ERTA). 

A continuación, se detallan los pasos para poder participar en las citadas elecciones.

A) Ciudadanos españoles residentes en la demarcación consular (voto CERA)

Consulta del censo electoral y reclamaciones

El censo electoral vigente para estas elecciones es el cerrado a 01 de enero de 2026. A este censo se incorporarán las reclamaciones que hayan sido estimadas.

A estos efectos, durante los días 30 de marzo a 06 de abril, ambos incluidos, se habilitará un servicio de consulta extraordinario del censo electoral. Dicha consulta podrá realizarse por cualquiera de las siguientes vías:

- Presencialmente, sin necesidad de cita previa, en 7º piso, Tatil Building 11 Maraval Road, Puerto España, Trinidad y Tobago y de 11:00 a 13:00, incluido los días 3 y 6 de abril.

- Por vía telemática, sin necesidad de acudir a la Oficina Consular, en la dirección https://sede.ine.gob.es/ce-internet1/?lang=es_ES, para lo que los electores deberán identificarse mediante el sistema Cl@ve.

Dentro de este plazo, de 30 de marzo a 06 de abril, ambos incluidos, cualquier persona podrá presentar reclamación dirigida a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral contra su exclusión o inclusión indebida en el censo, así como actualizar sus datos de inscripción, en caso de que hayan cambiado después del cierre del censo, bien presencialmente en la Oficina Consular o por vía telemática, en caso de disponer de un medio de identificación electrónico válido, a través del enlace:

https://sede.ine.gob.es/tramite/reclamacion_ce_elecciones/

Las reclamaciones deberán cumplimentarse exclusivamente en el modelo oficial que será facilitado por la Oficina Consular y deberán ir acompañadas de alguno de los siguientes documentos españoles de la persona que lo solicite: fotocopia del DNI, fotocopia del pasaporte o fotocopia del permiso de conducir, o bien de una certificación de nacionalidad española o un certificado de inscripción en el Registro de Matrícula Consular si no dispusiera de ninguno de los documentos anteriores.

Documentación electoral, modalidades de voto y plazos para votar

Se recuerda que ya no es necesario presentar ninguna solicitud como paso previo para el ejercicio del voto.

Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral remitirán la documentación electoral a la dirección de la inscripción de cada elector del 11 al 17 de abril, plazo al que habrá de sumarse el tiempo que tarde en llegar la documentación al domicilio en el extranjero. En ese primer envío, los electores recibirán el sobre en el que figure la dirección de la Junta Electoral competente, el sobre donde aparezca la dirección de la Oficina Consular en la que estén inscritos, así como el sobre de votación; los certificados de inscripción en el censo; y una hoja informativa con toda la información relevante para votar.

Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral realizarán un segundo envío postal con las papeletas entre el 22 y el 26 de abril de 2026, salvo en el caso de que se produjesen impugnaciones a las candidaturas, en cuyo caso el envío podría demorarse hasta el 02 de mayo de 2026.

Los electores también podrán descargarse las papeletas desde el momento en que se produzca la proclamación de las candidaturas y hasta el 14 de mayo de 2026, a través del siguiente enlace que se habilitará a tal efecto: http://www.ine.es/descarga_candidaturas_elecciones. Si se utiliza esta vía, se recomienda leer detenidamente la información contenida en la página web habilitada.

Los electores, que deberán seguir las instrucciones contenidas en la hoja informativa remitida por la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, podrán votar por cualquiera de las siguientes vías y dentro de los plazos siguientes:

- Podrán remitir su voto por correo postal, certificado, cuando sea posible, a la Oficina Consular no más tarde del 12 de mayo de 2026. No serán válidos los sobres recibidos antes de la proclamación definitiva de candidaturas.

​​​- Podrán depositar su voto del 09 al 14 de mayo de 2026, ambos incluidos, en: 7º piso, Tatil Building 11 Maraval Road, Puerto España, Trinidad y Tobago.

 


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