Exención de visado de turismo para ciudadanos canadienses

lunes, 23 de marzo de 2026

Los ciudadanos canadienses NO están sometidos a la exigencia de obtener un visado de estancia (Visado SchengenSe abre en ventana nueva) si el motivo de su visita a España es turismo o negocios y la estancia es inferior a 90 días en cualquier periodo de 180 días.

Para obtener un listado actualizado de ciudadanos de terceros países a los que se les exige el requisito de visado, pinche aquíSe abre en ventana nueva

Los pasaportes canadienses deberán seguir siendo válidos como mínimo 90 días desde la fecha prevista de salida del territorio de los Estados EU/Schengen.
Deberán tener una reserva de hotel, o una invitación extendida por un residente en España ante una Comisaría de Policía, además de un billete de avión cerrado de vuelta a Canadá.

Además, pueden ser requeridos que acrediten tener medios económicos suficientes (consulte las cantidadesSe abre en ventana nueva) para el tiempo de la estancia, mediante la presentación de dinero en efectivo, cheques certificados, cheques de viaje, cartas de pago o con tarjetas de crédito, que deberán estas últimas ir acompañadas del extracto de la cuenta bancaria o una libreta bancaria puesta al día. 

Es recomendable también que vayan provistos de seguro de asistencia médica con cobertura en España.

El Sistema de Entradas y Salidas (EES)​Se abre en ventana nueva es el nuevo sistema europeo automatizado de gestión fronteriza para registrar a los nacionales de terceros países que viajan por corta estancia, cada vez que crucen las fronteras exteriores de 29 países europeos. A partir del 12 de octubre de 2025, los 29 países europeos que utilizan el EES desplegarán progresivamente el sistema en sus fronteras exteriores durante un período de seis meses.
Esto significa que la recogida de datos se introducirá de forma gradual en los puestos fronterizos, con una implementación completa para el 10 de abril de 2026.
El sistema se aplica a ti si eres un nacional de un país no perteneciente a la UE que:
  • necesita un visado de corta estancia para viajar a los países europeos que utilizan el EES
o

  • ​no necesita un visado para viajar por corta estancia a los países europeos que utilizan el EES.
Tus entradas y salidas, o denegaciones de entrada, se registrarán electrónicamente en el EES.​

De momento, no hay fecha oficial desde la que empiece a implementarse el ETIAS (Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes​Se abre en ventana nueva)



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