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CIUDADANOS ESPAÑOLES

Obtención y renovación del DNI por parte de ciudadanos españoles residentes en el extranjero

11 de julio de 2018
La obtención por primera vez o la renovación del DNI sólo puede realizarse en España mediante comparecencia personal del interesado en cualquiera de los equipos de expedición de la Policía Nacional.
 
Para ser atendido, siempre y cuando tenga DNI, se deberá obtener cita a través del sistema establecido al efecto en la web de cita previaSe abre en ventana nueva.
 
En el caso de no tener DNI, o no haber podido conseguir cita para el período de tiempo en el que se esté en España, el interesado deberá presentarse personalmente en una oficina de expedición con la documentación necesaria para la expedición en cada caso (obtención por primera vez o renovación).  Para más información, consultar la página web sobre el DNI electrónicoSe abre en ventana nueva.
 
Las oficinas de expedición, siendo conocedoras de la dificultad de obtener cita de manera ordinaria, y toda vez que se acredite la condición de residente en el extranjero y se aporte la documentación requerida, facilitarán, en la medida de lo posible, la tramitación del DNI durante la estancia en España.
 
Cuando no se disponga de cita, los interesados deberán aportar necesariamente un certificado de residencia expedido por la oficina consular competente en los 3 meses anteriores a la fecha de solicitud del DNI, con objeto de acreditar su condición de residentes en el extranjero.
 
Además, cuando se solicite la obtención por primera vez del DNI o cuando se solicite la modificación en algunos de los datos personales, será necesario aportar certificado literal de nacimiento para DNI expedido por el Registro Civil competente en los 6 meses anteriores a la fecha de solicitud del DNI.
 

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