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Convocatoria de elecciones al Parlamento de Andalucía de 19 de junio de 2022

​Voto exterior desde Angola

29 de abril de 2022

​El próximo 19 de junio de 2022 se celebrarán elecciones al Parlamento de Andalucía, según el Decreto del Presidente 4/2022, de 25 de abril, de disolución del Parlamento de Andalucía y de convocatoria de elecciones, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía extraordinario nº 14, de fecha 26 abril.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, podrán votar desde el exterior:​

A) Los españoles residentes en el extranjero que estén inscritos en el censo de electores residentes ausentes (CERA) vigente para estas elecciones, cuyo municipio de inscripción a efectos electorales se encuentre en Andalucía.

B) Los electores españoles residentes en Andalucía e inscritos en el censo electoral de españoles residentes en España (CER) que temporalmente se hallen en el extranjero.

​Para más información, pueden escribir al buzón emb.luanda.cons@maec.es

A. Españoles residentes en Angola inscritos en el CERA de estas elecciones (voto CERA)

1) Apertura de plazo de consulta y reclamación al CERA

Puede consultar su inclusión en el CERA en el siguiente enlace:

​ Consulta de inscripción en el Censo Electoral en periodo electoral.

Además, a los mismos efectos, durante los días 2 a 9 de mayo esta Embajada mantendrá un servicio de información y consulta del censo electoral y de presentación de reclamaciones contra su exclusión o inclusión indebida en el censo o para la actualización de sus datos de inscripción.

Únicamente a estos efectos, el horario al público será el siguiente:​

  • Lunes 2: de 11 a 13 horas.

  • De martes 3 a viernes 6: de 8 a 15 horas.

  • Sábado 7 y domingo 8: de 11 a 13 horas.

  • Lunes 9: de 8 a 15 horas.

Dentro de dicho horario, se podrá acudir a la Embajada en cualquier momento sin necesidad de cita previa. Para aquellos que informen con antelación, se garantizará una atención a la mayor brevedad posible. 

La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral (OCE), en un plazo de tres días, resolverá las reclamaciones presentadas y ordenará las rectificaciones pertinentes, que se expondrán al público el día 13 de mayo

Se recuerda que la consulta o reclamación no exime al elector de tener que solicitar la documentación electoral por sí mismo como se explica en el punto 2.

2) Solicitud de documentación electoral

Se recuerda que si algún elector CERA se encontrara temporalmente en España, podrá solicitar el voto por correo, de acuerdo con las instrucciones del punto 3.

Los electores CERA que deseen votar en Angola deberán solicitar la documentación oficial mediante impreso oficial debidamente firmado. Puede encontrar el documento en el siguiente enlace:

Solicitud voto CERA

Una vez firmada la solicitud, el elector deberá enviarla, debidamente identificado y no más tarde del 21 de mayo:

1. Por correo postal o por fax a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente al municipio de inscripción en el censo vigente para estas elecciones. Puede encontrar los puntos de contacto en el siguiente enlace:

Instituto Nacional de Estadística. Oficina del Censo Electoral​

2. Por Internet (sólo si ya figura en el CERA vigente en la fecha de la convocatoria y no presenta reclamación), mediante certificado electrónico, sistema Cl@ve o clave de tramitación telemática, de conformidad con las siguientes instrucciones.

La clave de tramitación telemática (CTT), aunque se remite de oficio por correo postal, se podrá solicitar por internet desde el mismo día de la convocatoria y sin necesidad de esperar al recibir la carta que envía la OCE con el impreso oficial de solicitud y que lleva impresa esa misma CTT. Con su identificador (DNI o pasaporte español) o con el resto de los datos (nombre, apellidos y fecha de nacimiento, si no tuviera ninguno de esos documentos) y en el enlace: Sede electrónica. Consulta voto CERA​, el elector podrá consultar su CTT y utilizar esta clave para solicitar el voto por internet.​

Una vez tenga el elector su CTT, accederá al menú “Solicitud de voto CERA” de la misma web del INE y podrá solicitar su voto en la opción “Acceso con CTT”, sin necesidad de acceso a @clave. Por lo tanto, son dos trámites separados: solicitud de CTT y solicitud de voto con esta CTT.

Recibida la solicitud, la Delegación Provincial de la OCE remitirá la documentación electoral a la dirección de la inscripción del elector, no más tarde del día 30 de mayo, o del día 7 junio si hay impugnación de candidatos, acompañada de una hoja informativa en la que se indica cómo votar.

3) Modalidades para ejercer el derecho de voto CERA

Recibida la documentación electoral en Angola, los electores CERA disponen de las siguientes modalidades de voto:

a) Depositar personalmente el sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial, incluyendo el sobre de votación cerrado y la documentación indicada en la hoja informativa, en la urna de la Embajada, durante los días y horarios que se anunciarán.

b) Enviar su voto por correo certificado a esta Embajada (Embaixada de Espanha, Edifício Torre Maculusso, 12º Andar, Rua Frederic Welwitsch nº. ​508, Luanda) no más tarde del día 14 de junio.

c) Por otra parte, si algún elector del CERA inscrito en un municipio de Andalucía se encontrara temporalmente en España durante estos comicios, podrá solicitar a partir de la fecha de la convocatoria y hasta el 9 de junio, el voto por correo, sin que ello suponga su baja en el CERA. Para ello, el elector deberá cumplimentar y firmar una solicitud disponible en cualquier oficina de Correos de España y dirigirla a la Delegación Provincial de la OCE de su provincia de inscripción. Recibida la documentación electoral en la dirección en España señalada en su solicitud, el elector enviará su voto por correo certificado a su mesa electoral, hasta el día 15 de junio incluido. Estos electores no podrán votar personalmente en la mesa electoral.

B. Electores españoles residentes en Andalucía que se encuentren temporalmente en Angola (CER)

Los electores que se encuentren temporalmente en el extranjero una vez efectuada la convocatoria electoral, y prevean permanecer en esa situación hasta el día de la votación, podrán votar desde el exterior en estas elecciones. Para ello, deberán personarse en la Embajada para inscribirse como no residentes en el Registro de Matrícula Consular, identificándose debidamente, si no lo estuvieran ya, y solicitar la documentación electoral a la correspondiente Delegación Provincial de la OCE, no más tarde del día 21 de mayo, durante los días laborables en horario de oficina, así como el sábado 2 de mayo de 11 a 13. 

Tras la solicitud, la Delegación Provincial de la OCE correspondiente remitirá al elector, por correo certificado a la dirección en el extranjero indicada en su solicitud, la documentación necesaria para poder emitir su voto y la hoja informativa no más tarde del día 30 de mayo o del día 7 de junio, si hubiera impugnación de candidatos. Recibida esta documentación, el elector deberá enviar su voto a su mesa electoral en España, por correo certificado, hasta el día 15 de junio incluido.​