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Documentación y trámites

El próximo 31 de enero de 2020, el Reino Unido abandonará la Unión Europea.

La Unión Europea y el Reino Unido han negociado un acuerdo llamado 'Acuerdo de Retirada'. En base a este acuerdo, la legislación de la UE, incluida la libre circulación de personas y trabajadores, seguirá sie​ndo de aplicación en el Reino Unido hasta el final del Periodo Transitorio. Este periodo inicia el día después del Brexit y acabará el 31 de diciembre de 2020.

Durante este periodo, los derechos de los ciudadanos de la UE en el Reino Unido permanecerán inalterados.​ 

En apartado 'El Brexit y los ciudadanos españoles' podrá encontrar toda la información relativa a la documentación y los trámites necesarios para seguir residiendo, trabajando o estudiando en el Reino Unido después del Brexit.

Si tiene intención de llegar al Reino Unido después del Brexit, puede ponerse en contacto con la Ventanilla Única Brexit para obtener más información través del correo electrónico emb.londres.brexit@maec.es​.​​

En el caso de querer fijar la residencia en el RU, se recomienda registrarse previamente en el Consulado de España correspondiente (LondresSe abre en ventana nueva o Edimburgo) donde, en caso necesario, podrá solicitarse un “certificado de residencia” para efectos administrativos”.

Para más información, consulte la página web de la Agencia Británica de Fronteras Se abre en ventana nueva(en inglés).​​​​