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Documentación y trámites

Los ciudadanos españoles deben estar provistos de su pasaporte con vigencia mínima de 6 meses para entrar en Perú. No se exige visado a los titulares de pasaporte ordinario. Si el objeto del viaje es turismo, la estancia máxima continuada no podrá exceder los 90 días, hasta 183 días acumulables durante un periodo de 365 días. No es prorrogable.

Con fecha 1 de marzo de 2017, ha entrado en vigor la nueva Ley de Migraciones  peruana (Decreto Legislativo 1350) que busca incentivar el desarrollo de la economía nacional, la integración de los migrantes en la sociedad peruana, así como dar facilidades para la inversión extranjera, y cuyas principales novedades son:

  • Establece la implementación del Registro de Información Migratoria (RIM).
  • Establece que los extranjeros podrán acceder a un contrato de trabajo o de prestación de servicios en el sector público.
  • Facilita el ingreso y permanencia de ciudadanos extranjeros altamente calificados y el acceso a la residencia de sus familiares.
  • Incorpora  la calidad migratoria suspendida, para los extranjeros que hayan sido detenidos o privados de libertad por infracción a la ley penal.
  • Favorece las actividades de voluntariado que realizan los extranjeros en el país, quienes ya no tendrán que salir de país cada 90 días para gestionar su reingreso.
  • Protege los derechos fundamentales, en especial de las personas en situación de vulnerabilidad, y da facultades a Migraciones para la adopción de criterios para la asistencia de estas personas.
  • Dispone que el extranjero que incurra en causal de expulsión abandone el territorio nacional con un impedimento de reingreso hasta por un plazo de quince años. Además, deberán realizar el pago de la multa respectiva, por ejemplo, aquellos extranjeros que dañen el patrimonio nacional.
  • Establece dos tipos de calidades migratorias para los extranjeros: Temporal (con 9 subtipos) y de Residencia (con 18 subtipos). 

En caso de requerir visado deberá usted solicitarlo en el Consulado peruano correspondienteSe abre en ventana nueva.

No se exige ninguna vacuna obligatoria para entrar en el país. Sin embargo, se recomienda estar vacunado contra la fiebre amarilla si se prevé visitar zonas de la selva. La vacuna de la fiebre amarilla debe administrarse, para ser efectiva, al menos diez días antes de la fecha del desplazamiento. Es igualmente recomendable, aunque no es imprescindible, estar vacunado contra la fiebre tifoidea, el tétanos, la polio y la hepatitis A y B. Se puede obtener más información sobre estas cuestiones en la página web del Ministerio de SanidadSe abre en ventana nueva.

En este apartado puede usted obtener información sobre los siguientes trámites:

Además, debe usted tener en cuenta las siguientes informaciones prácticas:

  • Divisas. Todo viajero que entre o salga de Perú está obligado a declarar ente la administración aduanera el dinero en efectivo y los instrumentos financieros que porte consigo cuando el monto supere los 10.000 dólares estadounidenses o su equivalente en otra moneda, mediante la Declaración Jurada de Equipaje.
     

  • Aduanas. Todo viajero debe someterse al control aduanero y debe cumplimentar y firmar una Declaración Jurada de Equipaje, que debe entregar junto con su pasaporte a la autoridad aduanera. En caso de tratarse de una familia, se puede presentar una sola Declaración indicando el número de miembros que la conforman (padres, cónyuge e hijos menores de 18 años) y el total de equipaje con el que viajan.

En general se permite la entrada como equipaje exento del pago de derechos de aduana de las prendas de vestir, objetos de adorno personal y de tocador para uso del viajero y medicamentos que se advierta que por su cantidad van a ser para uso personal del viajero. Se permite asimismo la entrada exenta del pago de los derechos de aduana de los siguientes bienes:

  • Hasta veinte (20) cajetillas de cigarros o cincuenta (50) cigarros puros o doscientos cincuenta (250) gramos de tabaco picado o en hebras para fumar (sólo para viajeros mayores de 18 años).
  • Hasta tres (3) litros de licor (sólo para viajeros mayores de 18 años).
  • Dos (2) teléfonos móviles (uno en caso de viajeros mayores de 7 años y menores de 18); un (1) ordenador personal portátil, con fuente de energía propia (sólo para viajeros mayores de 7 años); una (1) agenda electrónica portátil o tableta electrónica; un (1) receptor de radiodifusión, o un (1) reproductor de sonido incluso con grabador, o un (1) equipo que en su conjunto los contenga, siempre que sea portátil, con fuente de energía propia y no sea de tipo profesional; hasta un máximo en conjunto de veinte (20) discos compactos; dos (2) cámaras fotográficas; una (1) videocámara, siempre que sea portátil, con fuente de energía propia y que no sea de tipo profesional (sólo para viajeros mayores de 7 años); un (1) aparato reproductor portátil de discos digitales de vídeo; un (1) aparato de vídeo juego electrónico doméstico portátil; dos (2) discos duros externos para ordenador; cuatro (4) memorias para cámara digital, videocámara y/o videojuego, pero sólo si lleva alguno de estos aparatos; cuatro (4) memorias USB; diez (10) videocasetes para videocámara portátil; diez (10) discos digitales de vídeo o para videojuego; y un (1) instrumento musical, siempre que sea portátil.
  • Se permite la entrada temporal, en el caso de viajeros no residentes, de artículos para practicar deportes de aventura tales como parapente, ala delta, escalada de montaña, cacería, surfing, windsurfing, etc., una vez presentada una Declaración de Ingreso Temporal.

Está prohibido, salvo que se disponga de los permisos sanitarios correspondientes, la entrada de plantas, animales o alimentos en el país. En el caso de entrada de mascotas (perros y gatos), es necesario cumplir con las regulaciones del Servicio Nacional de Sanidad AgrariaSe abre en ventana nueva (SENASA). Se recomienda consultar la documentación necesaria con el Consulado de Perú más próximoSe abre en ventana nueva.

En el aeropuerto internacional Jorge Chávez de LimaSe abre en ventana nueva se inspeccionan todos los equipajes a la llegada a través de escáneres.

Para conocer el contenido íntegro del Reglamento del Régimen Aduanero Especial de Equipaje y Menaje de Casa y para obtener más información al respecto se puede consultar la página web de la Superintendencia Nacional de Administración TributariaSe abre en ventana nueva.

  • Salida de menores del país. Los menores españoles residentes en Perú que vayan a salir del país solos o acompañados por uno de sus padres deben contar con la autorización de viaje de sus padres. Las autorizaciones de viaje pueden ser tramitadas por los padres en una notaría si se encuentran en Perú o en un Consulado de Perú o una notaría española si se encuentran en España. Las autorizaciones de viaje expedidas por notarios españoles deben contar con la Apostilla de La Haya. En caso de que no haya acuerdo entre los padres o uno de ellos esté en paradero desconocido, la autorización de viaje deberá ser dictada por el juez de familia peruano competente.
     
    Excepcionalmente, cuando se advierta o se sospeche sobre la existencia de indicios de estar ante una presunta trata de menores, las autoridades migratorias también podrán solicitar la autorización de viaje notarial o judicial a los menores españoles que se encuentren de turismo en Perú y que estén viajando solos o acompañados de uno de sus padres.