El 29 de noviembre de 2026 se celebrarán elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado.
Podrán participar las personas de nacionalidad española que consten de alta como residentes en Malta y figuren inscritas a efectos electorales en el censo de españoles residentes ausentes (CERA) de estas elecciones.
También podrán participar las personas de nacionalidad española que se encuentren temporalmente en Malta, figuren en el censo electoral de residentes en España (CER) y consten inscritas como no residentes en el Registro de Matrícula Consular (voto ERTA).
A continuación, se detallan los pasos para poder participar en las citadas elecciones.
A) Ciudadanos españoles residentes en Malta (voto CERA)
i) Consulta del censo electoral y reclamaciones:
El censo electoral vigente para estas elecciones es el cerrado a 01 de agosto de 2026. A este censo se incorporarán las reclamaciones que hayan sido estimadas.
A estos efectos, durante los días 12 a 19 de octubre, ambos incluidos, se habilitará un servicio de consulta extraordinario del censo electoral. Dicha consulta podrá realizarse por cualquiera de las siguientes vías:
• Presencialmente, sin necesidad de cita previa, en la Embajada de España en Malta, Whitehall Mansions, Ta’Xbiex Seafront, Ta’Xbiex, en su horario habitual, de 8:30 a 17:00, además del lunes 12, sábado 17 y el domingo 18 de octubre de 09:00 a 11:00.
• A través de medios informáticos, previa identificación de los interesados, a través de emb.valletta.cons@maec.es
• Por vía telemática, sin necesidad de acudir a la Oficina Consular, en la dirección https://sede.ine.gob.es/ce-internet1/?lang=es_ES, para lo que los electores deberán identificarse mediante el sistema Cl@ve.
Dentro de este plazo, de 12 a 19 de octubre, ambos incluidos, cualquier persona podrá presentar reclamación contra su exclusión o inclusión indebida en el censo, así como actualizar sus datos de inscripción, bien presencialmente en la Embajada o por vía telemática, en caso de disponer de un medio de identificación electrónico válido.
Las reclamaciones deberán cumplimentarse exclusivamente en el modelo oficial que será facilitado por la Embajada y deberán ir acompañadas de alguno de los siguientes documentos españoles de la persona que lo solicite: fotocopia del DNI, fotocopia del pasaporte o fotocopia del permiso de conducir, o bien de una certificación de nacionalidad española o un certificado de inscripción en el Registro de Matrícula Consular si no dispusiera de ninguno de los documentos anteriores.
ii) Documentación electoral, modalidades de voto y plazos para votar
Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral remitirán la documentación electoral a la dirección de la inscripción de cada elector del 24 al 30 de octubre, plazo al que habrá de sumarse el tiempo que tarde en llegar la documentación al domicilio en el extranjero. En ese primer envío, los electores recibirán el sobre en el que figure la dirección de la Junta Electoral competente, el sobre donde aparezca la dirección de la Embajada en Malta, así como el sobre de votación; los certificados de inscripción en el censo; y una hoja informativa con toda la información relevante para votar.
Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral realizarán un segundo envío postal con las papeletas entre el 04 y el 08 de noviembre de 2026, salvo en el caso de que se produjesen impugnaciones a las candidaturas, en cuyo caso el envío podría demorarse hasta el 14 de noviembre de 2026.
Los electores también podrán descargarse las papeletas desde el momento en que se produzca la proclamación de las candidaturas y hasta el 26 de noviembre de 2026, a través del siguiente enlace que se habilitará a tal efecto: http://www.ine.es/descarga_candidaturas_elecciones.
Los electores CERA podrán votar por cualquiera de las siguientes vías y dentro de los plazos siguientes:
• Remitiendo su voto por correo postal -certificado, cuando sea posible- a la Embajada no más tarde del 24 de noviembre de 2026. No serán válidos los sobres recibidos antes de la proclamación definitiva de candidaturas.
• Depositando su voto en urna del 21 al 26 de noviembre de 2026, ambos incluidos, en la Embajada de España en Malta: Whitehall Mansions, Ta’Xbiex Seafront, Ta’Xbiex, el sábado 21 y domingo 22 de 09.00 a 12.00, y del lunes 23 a jueves 26 de 8.30 a 17.00.
La Embajada dispondrá de papeletas oficiales de voto en urna, así como de sobres de votación y medios informáticos para la descarga de la documentación precisa para votar durante los días habilitados para la votación presencial.
iii) Electores (CERA) que se encuentren temporalmente en España durante el proceso electoral
Podrán solicitar, al igual que los residentes en España, el voto por correo hasta el 19 de noviembre de 2026 en cualquier oficina del servicio de Correos en España, debiendo enviar el mismo no más tarde del 25 de noviembre de 2026.
B) Ciudadanos españoles no residentes en la demarcación consular (voto ERTA)
Las personas que se encuentren temporalmente en el extranjero deberán constar inscritas en la Embajada como no residentes y solicitar la documentación electoral mediante la presentación del impreso oficial, no más tarde del 31 de octubre de 2026. Ambos trámites podrán realizarse simultáneamente.
Embajada de España en Malta, Whitehall Mansions, Ta’Xbiex Seafront, Ta’Xbiex, en el horario de 8:30 a 17:00; además del sábado 10, domingo 11, lunes 12, los sábados 17, 24 y 31, y los domingos 18 y 25 de octubre de 09:00 a 11:00.
Una vez recibida la documentación de la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, los electores deberán enviar su voto por correo postal certificado a la mesa electoral que corresponda en España, no más tarde del 25 de noviembre de 2026, siguiendo las instrucciones contenidas en la hoja informativa recibida.