09/10/2024
Relación de aprobados de la prueba práctica
Relación de aprobados de la prueba práctica.pdf
24/09/2024
Lista definitiva de admitidos y excluidos y convocatoria ejercicio fase de oposición.
04/09/2024
Lista provisional de admitidos y excluidos y convocatoria ejercicio fase de oposición.
Lista provisional de admitidos y excluidos y convocatoria ejercicio fase de oposición
16/08/2024
Convocatoria para ingreso como personal laboral temporal con la categoría de Auxiliar.
Bases de la convocatoria
Se publica las bases de convocatoria de una plaza para ingreso como personal laboral temporal en la Embajada de España en La Paz con la categoría de Auxiliar.
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 23 de agosto de 2024.
La presentación de solicitudes se realizará de forma física en la Embajada de España en La Paz (Avda. 6 de Agosto nº 2827), en los horarios de recepción de documentación de lunes a viernes de 09:00 a 13:00 horas.
Para la presentación de solicitudes por vía electrónica podrán presentarse a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://reg.redsara.es, dirigidas a Misión Diplomática en La Paz – Bolivia, con código de identificación EA038369. Una vez realizado el registro electrónico, se deberá remitir una copia registrada de la solicitud a la dirección de correo electrónico, emb.lapaz@maec.es
Las solicitudes presentadas por correo postal deberán ser registradas en la oficina de Correos de Bolivia en plazo y con el correspondiente sello de entrada en el impreso de solicitud (Anexo III). No se aceptará el matasellos ordinario ni el ticket de pago de correos como comprobante de la presentación en plazo. En caso de que la solicitud se presente por correo postal o en algún registro público distinto del de esta Representación, se recomienda que se adelante la misma por correo electrónico enviado a la dirección: emb.lapaz@maec.es, incluyendo escaneado el Anexo III con el correspondiente sello de entrada y el Documento de Identidad o Pasaporte.
Cabe señalar, que el envío de las solicitudes mediante empresa privada no se considera un registro público, por lo tanto no se aceptarán sellos de registro por empresas de mensajería privada.