Pasaporte / DNI:
Pasaporte en vigor, con validez para al menos 6 meses. Se han registrado casos de denegación de entrada en el país a titulares de pasaporte con sello de entrada o salida en Israel.
Atención: Las autoridades kuwaitíes no reconocen el pasaporte provisional (libreta verde) como documento válido para entrar en el país.
En caso de pretender salir de Kuwait con un documento de viaje diferente del que se utilizó al entrar en el país, antes de hacerlo se debe obtener un permiso de salida expedido por la policía kuwaití. Para ello, habrá que presentar el nuevo documento expedido por la Embajada de España, que será un pasaporte o un salvoconducto. Esta situación se puede presentar en supuestos como la renovación, el extravío o la sustracción del pasaporte durante la estancia en Kuwait.
Los españoles con permiso de residencia kuwaití titulares del nuevo Civil ID deben consultar los apartados “Vivir en Kuwait” y “Avisos” en la página web de la Embajada.
Visado: Sí.
La decisión sobre ek acces a Kuwait le corresponde a las autoridades Kuwaities.
Se exige visado a los titulares de pasaporte ordinarioy a los titulares de pasaporte diplomático o de servicio si es para su acreditación como personal de la Embajada.
En caso de entrada en Kuwait por vía terrestre desde Irak o Arabia Saudí, es aconsejable tramitar el visado antes de viajar.
Clases de visado:
- Para corta estancia (turismo).
Para estancias de hasta 90 días se puede solicitar un visado online a través del siguiente link:
https://evisa.moi.gov.kw/evisa/home_e.do
También es posible obtener un visado en el Aeropuerto Internacional de Kuwait a la llegada al país. El precio del visado en el aeropuerto o el obtenido electrónicamente desde la página web del ministerio del interior es de 3 KD, equivalentes a unos 9,5 euros. Los visados de turismo y visita no permiten trabajar.
Para residir en Kuwait por motivos de trabajo o de reagrupación familiar es imprescindible obtener de la embajada de Kuwait en Madrid un visado de residencia. Se recomienda consultar el apartado "Vivir en" de la Embajada de España en Kuwait.
- De acreditación.
Para la acreditación del personal de la Embajada es necesario el visado expedido previamente por la Embajada de Kuwait en el país correspondiente, preferiblemente por la Embajada de Kuwait en España.
Se recomienda comprobar la validez del visado obtenido y respetarla escrupulosamente. Salir del país tras la caducidad del visado conlleva el pago de una multas diaria por un importe que se especifica en el dorso del propio visado.
Vacunas:
DESDE EL 1 DE MAYO 2022 SE PUEDE VIAJAR A KUWAIT INDEPENDIENTEMENTE DEL ESTATUS DE VACUNACIÓN CONTRA LA COVID-19 DE CADA VIAJERO Y SIN NECESIDAD DE PRUEBA PCR, NI PREVIA AL VIAJE NI A LA LLEGADA A KUWAIT.
Sin embargo, para obtener la residencia las autoridades kuwaitíes exigen análisis de sangre y certificados médicos. No se conceden permisos a las personas que padecen o han padecido determinadas enfermedades contagiosas (SIDA, tuberculosis, hepatitis, etc.).
En los colegios también se requieren certificados sobre vacunación de los estudiantes extranjeros. Los menores de 5 años han de estar vacunados contra la tuberculosis.
Para más información, consulte la siguiente
página web.