El Gabinete de Ministros de Ucrania publicó el pasado 22 de mayo la resolución № 392 sobre la flexibilización de las restricciones de la cuarentena a partir del 22 de mayo y su extensión hasta el próximo 22 de junio.
𝗦𝗲 permite 𝗲𝗹 𝗮𝗰𝗰𝗲𝘀𝗼 𝗮 𝗽𝗮𝗿𝘁𝗶𝗿 𝗱𝗲𝗹 22 𝗱𝗲 𝗺𝗮𝘆𝗼 𝗮:
- Hoteles (sus restaurantes y espacios comunes permanecerán cerrados).
- Transporte público local y regional (previa aprobación de las autoridades locales).
- Actividades religiosas (1 persona por cada 10 m 2).
- Eventos deportivos (hasta 50 participantes, sin espectadores).
𝗦𝗲 ha reestablecido 𝗲𝗹 𝗮𝗰𝗰𝗲𝘀𝗼 𝗮 𝗽𝗮𝗿𝘁𝗶𝗿 𝗱𝗲𝗹 25 𝗱𝗲 𝗺𝗮𝘆𝗼 𝗮:
- Servicios de Metro (previa aprobación de las autoridades locales).
- Apertura de guarderías.
𝗦𝗲 prevé premitir 𝗲𝗹 𝗮𝗰𝗰𝗲𝘀𝗼 𝗮 𝗽𝗮𝗿𝘁𝗶𝗿 𝗱𝗲𝗹 1 𝗱𝗲 𝗷𝘂𝗻𝗶𝗼 𝗮:
- Gimnasios (excepto para clases grupales de más de 10 personas y piscinas).
- Actividades de las instituciones educativas en grupos de no más de 10 personas.
- Transporte terrestre y aéreo interregional.
𝗦𝗲 prevé premitir el acceso a partir del 10 de junio a:
- Locales interiores de cafeterías y restaurantes.
- Instituciones culturales.
- Funcionamiento de hoteles y hostales.
𝗦𝗲 𝗽𝗿𝗲𝘃é 𝗮 𝗽𝗮𝗿𝘁𝗶𝗿 𝗱𝗲𝗹 15 𝗱𝗲 𝗷𝘂𝗻𝗶𝗼:
- Reanudación del tráfico aéreo comercial de pasajeros internacional.
Dichas 𝗺𝗲𝗱𝗶𝗱𝗮𝘀 𝘀𝗲 suman 𝗮 𝗹𝗮𝘀 𝘆𝗮 𝗱𝗶𝘀𝗽𝘂𝗲𝘀𝘁𝗮𝘀 𝗲𝗹 𝗽𝗮𝘀𝗮𝗱𝗼 11 𝗱𝗲 𝗺𝗮𝘆𝗼 sobre 𝗹𝗮 𝗽𝗼𝘀𝗶𝗯𝗶𝗹𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗱𝗲 𝗮𝗰𝗰𝗲𝗱𝗲𝗿 𝗮:
- Parques, plazas, áreas/zonas de recreación, parques forestales y zonas costeras.
- Parques deportivos e infantiles al aire libre.
- Entidades gastronómicas (restaurantes, cafeterías) con servicio de entrega (siempre cuando la entidad esté registrada como operador de mercado de alimentos).
- Terrazas al aire libre de restaurantes.
- Tiendas de comercio de productos no alimenticios (incluso aquellos ubicados en los centros comerciales).
- Funcionamiento de museos, museos al aire libre, reservas históricas y culturales (recepción de visitantes según la decisión de propietarios).
- Servicios de odontología.
- Salones de belleza y peluquerías.
- Entidades de servicio al consumidor.
- Entrenamiento de deportistas de las selecciones nacionales.
- Actividades de abogados, notarios, auditores, psicólogos.
- Funcionamiento de empresas del sector audiovisual.
- Rodaje de cine y televisión, ensayos de teatros, circos, organizaciones de concierto, grupos artísticos (hasta 50 participantes, sin espectadores).
𝗘𝗹 𝗳𝘂𝗻𝗰𝗶𝗼𝗻𝗮𝗺𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼 𝗱𝗲 𝗹𝗮𝘀 𝗲𝗻𝘁𝗶𝗱𝗮𝗱𝗲𝘀 𝗺𝗲𝗻𝗰𝗶𝗼𝗻𝗮𝗱𝗮𝘀 𝘀𝗲 𝗽𝗲𝗿𝗺𝗶𝘁𝗲 𝗲𝘅𝗰𝗹𝘂𝘀𝗶𝘃𝗮𝗺𝗲𝗻𝘁𝗲 𝗰𝗼𝗻 𝗲𝗹 𝗰𝘂𝗺𝗽𝗹𝗶𝗺𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼 𝗱𝗲 𝗹𝗮𝘀 𝘀𝗶𝗴𝘂𝗶𝗲𝗻𝘁𝗲𝘀 𝗺𝗲𝗱𝗶𝗱𝗮𝘀:
- Distanciamiento social.
- Régimen de mascarillas/respiradores.
- Desinfección constante.
- Cumplimiento de las medidas antiepidemiológicas.
𝗖𝗼𝗻𝘁𝗶𝗻ú𝗮 𝗿𝗲𝘀𝘁𝗿𝗶𝗻𝗴𝗶𝗱𝗼/𝗻𝗼 𝗳𝘂𝗻𝗰𝗶𝗼𝗻𝗮:
- Ingreso de extranjeros al territorio de Ucrania (necesidad de realizar aislamiento por 14 días para quienes ingresan al territorio de Ucrania).
- Transporte aéreo internacional.
- Movimiento en grupos de más de 8 personas.
- Permanecer en lugares públicos sin mascarilla.
- Permanecer en lugares públicos a las personas menores de 14 años no acompañados por adultos.
- Permanecer en la calle sin documentos de identidad.
- Dejar sin permiso lugares de observación/autoaislamiento.
- Zonas de comida y áreas de recreación en los centros comerciales.
- Cine y teatros.
- Celebración de actividades masivas.