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Servicios consulares

Legalización y apostilla de la Haya

La legalización da validez a un documento público extranjero mediante la comprobación de la autenticidad de la firma y de la calidad de la autoridad que firma el documento. La legalización no certifica el contenido del documento.

La apostilla de La Haya es un trámite más simplificado que tiene la misma finalidad que la legalización y que se aplica entre los Estados parteSe abre en ventana nueva en el Convenio de 5 de octubre de 1961 por el que se suprime la exigencia de legalización de los documentos públicos extranjeros.

Por regla general, salvo que alguna norma exima de esta obligación, todo documento público extranjero debe ser legalizado o apostillado para tener validez en España y todo documento público español debe ser legalizado o apostillado para ser válido en el extranjero.

Sólo se admite los documentos originales (o las copias auténticas emitidas por el mismo órgano que expidió el original) legalizados o apostillados. Las fotocopias legalizadas o apostilladas no pueden sustituir al documento original.

La legalización o apostilla no caduca, pero si el documento tiene una validez limitada, la legalización o apostilla también la tendrá.

Legalización de documentos extranjeros en la Oficina Consular

Todos los documentos vietnamitas precisarán de su correspondiente legalización para que surtan efectos legales en España. Los documentos legalizados llevarán una etiqueta de seguridad y surten efectos inmediatos en España sin necesidad de legalización posterior en el Servicio de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

Requisitos para la legalización:

- únicamente son susceptibles de legalización o apostilla los documentos públicos originales, así como las copias auténticas expedidas por las Autoridades de la Administración Pública que los hayan emitido y los testimonios de autenticidad por exhibición realizados por Notario. En ningún caso se legalizan copias compulsadas, fotocopias ni documentos privados (contratos, etc.). En el caso específico de Vietnam, las compulsas de copia realizadas por un Notario vietnamita o por un Comité Popular no certifican la autenticidad del documento compulsado, por lo que no dotan de carácter notarial necesario para poder ser legalizadas.

- los documentos presentados para la solicitud de legalización en la Embajada de España en Vietnam deben ser previamente legalizados por el Ministerio de Asuntos Exteriores de Vietnam.

Descargue el formulario de solicitud aquíSe abre en ventana nueva

En estos momentos no es necesario solicitar cita previa para este trámite. Los interesados pueden presentar su solicitud de legalización dentro del horario de 09:00 a 12:00, de lunes a viernes. El plazo medio de tramitación es de 7 días.

Si desea solicitar la legalización por correo postal , rogamos incluya en un sobre dirigido a la Embajada de España en Hanoi (4 Le Hong Phong, Ba Dinh, Hanoi) la documentación que se describe a continuación: (EN EL SOBRE, SE DEBE CONSIGNAR LA SIGUIENTE LEYENDA: "SOLICITUD DE LEGALIZACIÓN"

  1. Solicitud de legalización. Descargue el formulario de solicitud aquíSe abre en ventana nueva
  2. Originales y un juego de fotocopia completa de los documentos objeto de la legalización

Recibida la documentación, nos pondremos en contacto con usted vía teléfono/email para confirmar si los documentos remitidos son admisibles para este trámite y por lo tanto se puede proceder al pago de la tasa correspondiente. Las tasas consulares pueden ser objeto de actualizaciones, normalmente trimestrales. Le rogamos consulte la tasa exacta y vigente antes de realizar la transferencia (concepto número 29 en la TABLA TASAS CONSULARESSe abre en ventana nueva). La tasa es por cada sello de legalización. No olvide que todos los gastos y comisiones que devengue dicho ingreso serán por su cuenta, y que en caso de figurar en el recibo del ingreso, deberán constar por separado y claramente identificados los importes correspondientes a la tasa por un lado, y aquéllos debidos a gastos o comisiones por otro. La cantidad del importe de la tasa por legalización debe ser exacta, no pudiendo ser ni inferior, ni superior a la establecida.

    Datos para el ingreso

   Titular: EMBASSY OF SPAIN IN VIETNAM

   Dirección: 4 Le Hong Phong St., Ba Dinh, Hanoi, Vietnam

   Nº de cuenta: 700-009-656766 (VND)

   Banco: Shinhan Bank Vietnam - Hoan Kiem Branch

   Swift code: SHBKVNVXXXX

   CITAD: 01616002

   En el “concepto” del recibo deberá figurar el siguiente texto: (nombre del titular del documento sujeto de la legalización)/Legalization

Después de haber realizado la transferencia, debe enviarnos un correo electrónico a la dirección emb.hanoi.vis@maec.es para que comprobemos nuestra cuenta bancaria y proceder al trámite solicitado.

Por motivos de organización de contabilidad, rogamos EVITE realizar la transferencia del pago de la tasa de legalización en el último día del trimestre (los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre).

Los solicitantes deberán recoger los resultados de sus solicitudes de legalización directamente en la Cancillería de la Embajada o delegar a una tercera persona a hacerlo en su nombre. La Embajada de España NO se encargará de devolver los documentos legalizados por correo postal. Si los solicitantes desean recibirlos por esta vía, deberán contratar por su propia cuenta el servicio de una mensajería, cumplimentando ellos mismos la documentación pertinente para este servicio, así como pagar la tasa de servicios correspondiente. Además, los solicitantes que usen el servicio de mensajería para la devolución de sus documentos deberán escribir a la dirección emb.hanoi.vis@maec.es para informar a la Embajada del nombre del servicio de mensajería elegido por ellos para este fin

Legalización de documentos expedidos por la Oficina Consular

Los documentos expedidos por esta Embajada deberán ser legalizados por el Departamento de Asuntos Consulares del Ministerio de Asuntos Exteriores de Vietnam para que surtan efectos legales en este país.

Los documentos expedidos por Embajadas y Consulados no pueden ser apostillados.

Apostilla de documentos extranjeros

En estos momentos, Vietnam no es país miembro del Convenio de 1961 sobre la apostilla.

La apostilla de La Haya es competencia exclusiva de las autoridades del país que expide el documento. Los documentos apostillados por las autoridades del país de expedición no requieren ningún otro trámite adicional en la Oficina Consular, y se pueden presentar directamente en España.

En el siguiente enlace se puede consultar el texto del Convenio de 5 de octubre de 1961 por el que se suprime la exigencia de legalización de los documentos públicos extranjeros, así como el listado de Estados parte y las autoridades competentes en cada Estado para apostillar un documento:

https://www.hcch.net/es/instruments/conventions/full-text/?cid=41Se abre en ventana nueva

Legalización o apostilla de documentos españoles

La información sobre cómo legalizar o apostillar documentos expedidos por las autoridades españolas se puede consultar en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y CooperaciónSe abre en ventana nueva.

La Oficina Consular no legaliza ni apostilla documentos expedidos en España.