Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para su funcionamiento, mantener la sesión y personalizar la experiencia del usuario. Más información en nuestra política de Cookies

Formulario del buscador de los servicios consulares

Servicios consulares

Permiso de conducción

El titular de un permiso de conducir expedido en España puede solicitar la renovación a través de la Oficina Consular de su lugar de residencia.

También puede solicitar la expedición de un duplicado en caso de sustracción, pérdida o deterioro del original, o cuando se hayan modificado sus datos personales.

Cuando el titular resida en un Estado miembro de la Unión Europea o en otro Estado con el que España tenga un acuerdo sobre reconocimiento de permisos de conducir, estará obligado a solicitar el canje del permiso de conducir español a las autoridades competentes del país de residencia.

En estos casos, no será posible tramitar la renovación ni el duplicado a través de la Oficina Consular, a excepción de los funcionarios españoles destinados en el exterior.

Renovación del permiso de conducción

Procedimiento

La solicitud se presenta personalmente ante la Oficina Consular del lugar de residencia. La presencia física del solicitante es obligatoria.

Es necesario haber obtenido una cita antes de acudir a la Embajada para solicitar la renovación del permiso de conducir remitiendo un correo electrónico a la dirección emb.dublin.cesp@maec.es indicando en el asunto Solicitud renovación permiso de conducir.

Documentos a presentar

  • Impreso de solicitud, mediante talón-foto original firmado por el solicitante (este impreso se facilita en la Oficina Consular en el momento de solicitar la renovación).
  • Permiso de conducir a renovar (original y fotocopia). La copia será compulsada por la Oficina Consular.
  • DNI o pasaporte ordinario en vigor (original y fotocopia). La copia será compulsada por la Oficina Consular.
  • La residencia en Irlanda se acredita mediante el permiso de residencia. En el caso de menores de 16 años, se acredita mediante un sello en el pasaporte, puesto por las autoridades irlandesas de inmigración.

  • Dos fotografías en color, recientes, sobre fondo blanco, tomadas de frente, sin gafas oscuras o prendas que impidan la identificación de la persona –se aceptan prendas que dejen visible el óvalo de la cara.
  • Informe de aptitud psicofísica, que será expedido por un médico local, debiendo especificar que el solicitante es apto para la conducción. El informe llevará adherida una fotografía del solicitante, que será idéntica a la que se adjunte al impreso de solicitud (talón-foto). El médico deberá poner su firma por encima de la fotografía. La Oficina Consular legitimará la firma del médico.

    En Irlanda cualquier médico de cabecera ("general practitioner" o GP) puede realizar el test de aptitud psicofísica y expedir el informe correspondiente.

  • Prueba del pago de la tasa de renovación. El importe exacto de la tasa es: 23,50 euros.

    El pago puede hacerse:

    1. por internet, a través de la sede electrónica de la Dirección General de TráficoSe abre en ventana nueva, accediendo con certificado digital, DNI electrónico o cl@ve
    2. por transferencia bancaria, por el importe exacto en euros, dirigida a la Jefatura Central de Tráfico:

      • C.C.C.: 2100 5731 7602 0020 4028
      • IBAN: ES29 2100 5731 7602 0020 4028
      • SWIFT: CAIXESBBXXX

      Como concepto de la transferencia deberá constar, por este orden: 1º DNI del solicitante - 2º Apellidos y nombre - 3º Tasa de renovación permiso de conducir.

      Nota importante: Los gastos de la transferencia corren por cuenta del interesado.

  • Sobre franqueado con 8,20 euros para la posterior remisión del permiso de conducir al domicilio del solicitante en Irlanda por correo postal.

Plazo de tramitación y entrega

El plazo de tramitación depende de la Jefatura Provincial de Tráfico y es variable. Por término medio, puede demorarse varios meses.

La Embajada envía el permiso de conducir por correo postal al domicilio en Irlanda del solicitante una vez que lo ha recibido.


Duplicado del permiso de conducción en caso de sustracción o pérdida o de modificación de datos

Procedimiento

La solicitud se presenta personalmente ante la Oficina Consular del lugar de residencia. La presencia física del solicitante es obligatoria.

Es necesario haber obtenido una cita antes de acudir a la Embajada para solicitar la renovación del permiso de conducir remitiendo un correo electrónico a la dirección emb.dublin.cesp@maec.es indicando en el asunto Solicitud duplicado permiso de conducir.

Documentos a presentar

  • Impreso de solicitud mediante talón-foto original firmado por el solicitante (este impreso se facilita en la Oficina Consular en el momento de solicitar el duplicado).
  • DNI o pasaporte ordinario en vigor (original y fotocopia). La copia será compulsada por la Oficina Consular.
  • En caso de robo o extravío, se completará la declaración de pérdida o sustracción de documentos españolesSe abre en ventana nueva, que se podrá completar en la Oficina Consular. Esta declaración no sustituye a la denuncia. La denuncia ante la policía local no es obligatoria, pero sí es muy conveniente, para evitar responsabilidades derivadas del uso fraudulento del documento por parte de terceras personas.
  • En caso de deterioro, original y copia del permiso a sustituir. La copia será compulsada por la Oficina Consular
  • Prueba del pago de la tasa por duplicado. El importe exacto de la tasa es: 23,50 euros.

    El pago puede hacerse:

    1. por internet, a través de la sede electrónica de la Dirección General de TráficoSe abre en ventana nueva, accediendo con certificado digital, DNI electrónico o cl@ve
    2. por transferencia bancaria, por el importe exacto en euros, dirigida a la Jefatura Central de Tráfico:

      • C.C.C.: 2100 5731 7602 0020 4028
      • IBAN: ES29 2100 5731 7602 0020 4028
      • SWIFT: CAIXESBBXXX

      Como concepto de la transferencia deberá constar, por este orden: 1º DNI del solicitante - 2º Apellidos y nombre - 3º Tasa de renovación permiso de conducir.

      Nota importante: Los gastos de la transferencia corren por cuenta del interesado.

Plazo de tramitación y entrega

El plazo de tramitación depende de la Jefatura Provincial de Tráfico y es variable. Por término medio, puede demorarse de dos a tres meses.

En la actualidad la Embajada envía el permiso de conducir por correo postal al domicilio en Irlanda del solicitante. A tal efecto, el solicitante deberá haber aportado antes un sobre franqueado con 8,20 euros para la posterior remisión por correo postal del permiso de conducir a su domicilio.


Canje del permiso de conducir

Cuando el titular de un permiso de conducir expedido en España se encuentre residiendo en un Estado miembro de la Unión Europea o en otro Estado con el que España tenga un acuerdo sobre reconocimiento de permisos de conducir, no se podrá tramitar la renovación ni la expedición de duplicados a través de la Oficina Consular.

El interesado deberá solicitar el canje de su permiso de conducir español por un permiso expedido por las autoridades competentes del país en el que reside.

El español titular de un permiso de conducir español en vigor puede conducir en Irlanda durante la vigencia de su permiso. Además, siempre que esté en vigor, puede canjearlo voluntariamente por un permiso de conducir irlandés. El National Driving Licence ServiceSe abre en ventana nueva proporciona información sobre el procedimiento de canje en su página web.

Por su parte, la normativa europea en la materiaSe abre en ventana nueva obliga al canje por un permiso de conducir del país de residencia:

• En caso de robo, pérdida o deterioro del permiso del permiso de conducir.

• Al cabo de dos años de residencia habitual, si lo exige la legislación del país de residencia (no es el caso de Irlanda).

• Comisión de una infracción de tráfico en el país de residencia.

Solo es posible tener un permiso de conducir europeo al mismo tiempo.

Las autoridades irlandesas no reconocen el permiso de conducir digital español que se descarga al móvil con la App Mi DGT.


Para obtener más información se puede consultar la página web de la Dirección General de TráficoSe abre en ventana nueva.

Normativa