RESIDENTES (CERA)
17 de marzo – 24 de marzo: Consulta del censo electoral y reclamaciones. Miércoles, jueves, viernes, lunes y martes de 10h a 13h, sábado y domingo de 10h a 12h.
29 de marzo: Resolución de las reclamaciones presentadas y rectificaciones pertinentes.
5 de abril: Fecha límite para enviar la solicitud de la documentación electoral. (Apertura Oficina Consular de 10h a 12h.)
14 de abril: Fecha límite para que la Delegación Provincial de la OCE remita la documentación electoral a la dirección de la inscripción del elector. (O el día 22 de abril, si hay impugnación de candidatos.)
29 de abril: Fecha límite para el envío del voto por correo certificado a la Oficina Consular.
30 de abril, 1 al 4 de mayo: Depósito personal del voto en urna en la Oficina Consular
- Viernes 30 de abril , lunes 3 y martes 4 de 8:30 a 15:30 h.
- Sábado y domingo , 1 y 2 de mayo , de 11 a 13 h.
Si algún elector del CERA se encontrara temporalmente en España, podrá solicitar el voto por correo a partir del 11 de marzo y enviarlo no más tarde del día 24 de abril.
NO RESIDENTES O TRANSEUNTES (ERTA)
Electores españoles residentes en Madrid que se encuentran temporalmente en el extranjero. Los dias 1, 2, 3, 4 de abril son los últimos para solicitar su documentación electoral. Para estos electores la oficina consular estará abierta el 1 de abril de 9 a 14:00 h. los días 2,3,4 de abril de 11:00 a 13:00 h.
5 de abril: Fecha límite para enviar la solicitud de la documentación electoral. (Apertura Oficina Consular de 10h a 12h.)
14 de abril: Fecha límite para que la Delegación Provincial de la OCE remita la documentación electoral a la dirección de la inscripción del elector. (O el día 22 de abril, si hay impugnación de candidatos.)
30 de abril: Fecha límite para el envío del voto a la mesa electoral correspondiente en España, por correo certificado.