Corresponde a la Embajada:
- Representar al Estado español ante el Estado receptor.
- Proteger en el Estado receptor los intereses del Estado español y los de sus nacionales dentro de los límites permitidos por el derecho internacional.
- Ejercer las funciones consulares a través de su sección consular.
- Negociar con el Gobierno del Estado receptor.
- Informarse por todos los medios lícitos de las condiciones y de la evolución de los acontecimientos en el Estado receptor y trasladar dicha información al Gobierno español.
- Fomentar las relaciones amistosas y desarrollar las relaciones con el Estado receptor en todos los ámbitos de la Acción Exterior.