A.- RESIDENTES:
• Exposición de listas y reclamaciones:
A partir del 15 al 22 de octubre (ambos inclusive), la consulta de listas se podrá hacer de forma presencial ene el tablón de anuncios de la Embajada, telefónica a través de los teléfonos +245 966 72 22 46 y +245 966 87 51 52 o telemática: https://sede.ine.gob.es
, para aquellas personas que dispongan de un certificado electrónico.
Horario consulta de listas y reclamaciones:
Lunes a viernes de 09:00 a 14:00
Sábado 20 de octubre de 09:00 a 13:00
Domingo 21 de octubre de 09:00 a 13:00
Durante el período de reclamaciones los residentes podrán darse de alta y solicitar modificación de su dirección, sin necesidad de pedir cita previa.
Las reclamaciones deberán ir acompañadas de fotocopia del DNI, pasaporte o permiso de conducir. En caso de no disponer, se emitirá certificado de inscripción en el Registro de matrícula consular.
• Solicitud de voto:
Para ejercer el derecho de voto, todo elector, tanto si figura correctamente en las listas de consulta como si formula reclamación, deberá solicitar la documentación electoral mediante impreso oficial debidamente firmado. Una vez firmada la solicitud, el elector podrá enviarla por internet (en caso de que figure ya en el Censo Electoral de los Residentes Ausentes), por correo postal o fax a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo electoral que corresponda. La solicitud será formulada no más tarde del día 3 de noviembre. De acuerdo con la normativa vigente, son los propios electores, y no esta Sección Consular, quienes deberán enviar su solicitud de documentación electoral a las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electora.
Recibida la solicitud, la Delegación Provincial remitirá la documentación electoral a la dirección de inscripción del elector no más tarde del 12 de noviembre o del 20 de noviembre si hubiera impugnación de candidatos.
• Opciones para ejercer el derecho al sufragio:
a) Depositar personalmente el voto en urna en esta Embajada Para ello dispondrá de los días 28, 29 y 30 de noviembre entre las 09:00 y las 17:00. Asimismo, podrá depositar su voto entre las 09:00 y las 13:00 de los días 1 y 2 de diciembre.
b) Enviar su voto por correo certificado a esta Embajada no más tarde del 27 de noviembre. Deberá utilizar dos sobres: el dirigido a la Junta Electoral Provincial, y el dirigido a la Sección Consular, en el que estará el anterior dirigido a la JEP y un certificado de inscripción en el censo.
A.1 - Residentes (inscritos en el CERA) que estén provisionalmente en España
Deben solicitar su voto por correo cumplimentando un impreso que le facilitará la oficina de correos en España, tiene de plazo hasta el 22 de noviembre para solicitarlo y hasta el día 28 de noviembre para enviar el voto por correo certificado a su Delegación Provincial.
B.- NO RESIDENTES
A partir de la publicación de la convocatoria hasta el 3 de noviembre (inclusive) los no residentes podrán acudir a esta Sección Consular para inscribirse como No Residentes en el Registro de Matrícula.
Si ya está inscrito como no residente y no ha pasado 1 año desde su inscripción (el sistema le da de baja automáticamente transcurrido un año) tendrá que solicitar su voto en nuestras oficinas presentando para ello su pasaporte o DNI original. Esta Sección Consular remitirá la solicitud a la Delegación Provincial correspondiente.
El horario es:
Lunes a viernes de 09:00 a 14:00
Sábado 3 de noviembre de 09:00h 13:00
El elector una vez recibida la documentación deberá enviar el voto por correo certificado a su Delegación Provincial, no más tarde del 8 de noviembre no pudiendo depositar el voto en urna.
NOTA: La Oficina del Censo Electoral remitirá (no más tarde del 12 de noviembre o del 20 de noviembre, en caso de existir impugnación de candidaturas) a la dirección de inscripción del elector, la documentación electoral que contendrá las papeletas para votar así como las respectivas instrucciones para depositar el voto en urna o enviarlo por correo postal.
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