¿Cómo se recupera la nacionalidad?
La persona que ha perdido la nacionalidad española (consulte el apartado “Pérdida”) puede recuperarla si cumple los siguientes requisitos:
- Es residente legal en España. Este requisito no será de aplicación a los emigrantes ni a los hijos de los emigrantes. Además, puede ser dispensado por el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes cuando concurran circunstancias excepcionales.
- Declara ante el Encargado del Registro Civil su voluntad de recuperar la nacionalidad española.
- La recuperación de la nacionalidad se inscribe en el Registro Civil.
¿Cuándo es necesaria la previa autorización del Gobierno para recuperar la nacionalidad española?
Es necesario obtener la autorización previa del Gobierno (habilitación) para recuperar la nacionalidad española cuando la pierdan los españoles que no lo sean de origen (por ejemplo, los que adquirieron la nacionalidad española por residencia) y la pérdida se haya producido por alguna de las causas recogidas en el artículo 25 del Código Civil.
Procedimiento
Los trámites se realizan personalmente en el Registro Civil del domicilio del interesado. Los residentes en esta demarcación consular pueden solicitar la recuperación de la nacionalidad española en esta Oficina Consular.
La comparecencia personal del interesado durante el procedimiento es siempre necesaria.
La solicitud se debe remitir por correo postal a la siguiente dirección o entregar personalmente:
Embajada de España en Berlín
Sección Consular / Nacionalidad
Lichtensteinallee 1
10787- Berlín
Si tiene alguna duda puede consultar a la sección de Nacionalidad al correo electrónico emb.berlin.nacional@maec.es
Documentos necesarios
Además de los documentos que se relacionan a continuación, la Oficina Consular podrá pedir datos o documentos adicionales cuando sean necesarios para valorar el expediente.
Recuperación de la nacionalidad española para los nacidos en España 
Recuperación de la nacionalidad española para los nacidos fuera de España
Recuperación para los mayores de edad que hayan perdido la nacionalidad española por no haber realizado la conservación 
Todos los trámites en el Registro Civil son gratuitos.
Normativa