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Servicios consulares

Matrimonios

Inscripción de un matrimonio celebrado en el extranjero

El matrimonio de un español celebrado en el extranjero ante la autoridad local competente se inscribe en el Registro Civil del país de celebración, pero también se debe inscribir en el Registro Civil español para que produzca plenos efectos civiles en España.

Esta Oficina Consular es competente para la inscripción de los matrimonios celebrados en su demarcación consular.

Si ambos contrayentes tienen su domicilio en España, deberán solicitar la inscripción en el Registro Civil Central de Madrid.

Quién puede solicitar la inscripción

Cualquiera de los cónyuges, con independencia de su nacionalidad, puede solicitar la inscripción del matrimonio celebrado en el extranjero.

Documentos necesarios

Además de los documentos que se relacionan a continuación, la Oficina Consular podrá pedir datos o documentos adicionales cuando sean necesarios para valorar el expediente.

Documentación para inscripción de matrimonio si se ha obtenido previamente de esta Sección Consular el Certificado de Capacidad Matrimonial:

  1. Hoja declaratoria de datos para la inscripción del matrimonio HOJA DECLARATORIA DE DATOS DEL MATRIMONIOSe abre en ventana nueva , firmada por el declarante.
  2. Certificado internacional de matrimonio en original.
  3. Copia del DNI o pasaporte de los cónyuges.
  4. Sello de correos por valor de 1,60 € para el envío del Libro de Familia.
  5. En el resto de los casos por favor contacte con emb.berlin.sc@maec.es .

    Procedimiento

    Debe remitirse por correo postal a la siguiente dirección:

    Embajada de España en Berlín

    Sección Consular / Matrimonios

    Lichtensteinallee 1

    10787 - Berlín

    Esta Sección Consular no puede avisar de la recepción de la documentación. Si desea seguir su envío a través de la Deutsche Post, le recomendamos enviar la documentación por correo certificado.

    Para contactar con la Sección, por favor diríjase al siguiente correo electrónico: emb.berlin.sc@maec.es .

    Practicada la inscripción, se entregará un certificado literal de matrimonio y el Libro de familia. Si los contrayentes ya tienen hijos en común, se anotarán los nacidos en la demarcación consular. Para la anotación del resto de hijos, la Oficina Consular remitirá el Libro de familia al Registro civil en el que conste el nacimiento.

    La inscripción del matrimonio es gratuita.


    Celebración de matrimonio en el extranjero

    Los españoles pueden contraer matrimonio en el extranjero con arreglo a las leyes y las formas establecidas en el país de celebración.

    Para que el matrimonio celebrado en el extranjero tenga pleno reconocimiento en España, es necesario inscribirlo en el Registro Civil Consular.


    Celebración de matrimonio ante las autoridades españolas

    Los españoles residentes en el extranjero también pueden contraer matrimonio con arreglo a las leyes españolas.

    Siempre que, al menos, uno de los contrayentes sea español y resida en la demarcación consular, la Oficina Consular puede tramitar el expediente matrimonial y delegar la autorización del matrimonio en algún Juez, Alcalde o Notario en España.

    Para tramitar el expediente matrimonial es imprescindible que, al menos, uno de los contrayentes esté inscrito como residente en el Registro de Matrícula Consular.

    Documentos necesarios

    Además de los documentos que se relacionan a continuación, la Oficina Consular podrá pedir datos o documentos adicionales cuando sean necesarios para valorar el expediente.

    DOCUMENTOS PARA LA TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTE DE MATRIMONIO EN ESPAÑASe abre en ventana nueva

    HOJA DECLARATORIA DE DATOS PARA EL MATRIMONIOSe abre en ventana nueva

    Procedimiento

    Los contrayentes deberán acudir personalmente a la Oficina Consular para los trámites que requieran la comparecencia personal, cuando sean convocados para ello, y se identificarán con el original de su DNI o pasaporte.

    La documentación para la tramitación del expediente debe ser previamente remitida a la siguiente dirección:

    Embajada de España en Berlín

    Sección Consular / Matrimonios

    Lichtensteinallee 1

    10787 - Berlín

    Esta Sección Consular no puede avisar de la recepción de la documentación. Si desea seguir su envío a través de la Deutsche Post, le recomendamos enviar la documentación por correo certificado.

    Esta Sección Consular contactará posteriormente a los contrayentes para fijar una cita para la apertura del expediente.

    Para contactar con la Sección, por favor diríjase al siguiente correo electrónico: emb.berlin.sc@maec.es .


    Certificado de capacidad matrimonial

    Algunos países exigen la presentación de un certificado de capacidad matrimonial para poder contraer matrimonio ante las autoridades locales.

    Los españoles inscritos como residentes en esta Oficina Consular pueden solicitar un certificado de capacidad matrimonial. También lo pueden solicitar los extranjeros residentes en esta demarcación consular que vaya a contraer matrimonio con un español.

    DOCUMENTOS PARA LA TRAMITACIÓN DEL CCMA EN BERLÍN Se abre en ventana nueva

    HOJA DECLARATORIA DE DATOS PARA EL CCMASe abre en ventana nueva

    La documentación para la tramitación del expediente debe ser previamente remitida a la siguiente dirección:

    Embajada de España en Berlín

    Sección Consular / Matrimonios

    Lichtensteinallee 1

    10787 - Berlín

    Esta Sección Consular no puede avisar de la recepción de la documentación. Si desea seguir su envío a través de la Deutsche Post, le recomendamos enviar la documentación por correo certificado.

    Esta Sección Consular contactará posteriormente a los contrayentes para fijar una cita para la apertura del expediente.

    Para contactar con la Sección, por favor diríjase al siguiente correo electrónico: emb.berlin.sc@maec.es .


    Normativa básica