Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para su funcionamiento, mantener la sesión y personalizar la experiencia del usuario. Más información en nuestra política de Cookies

Formulario del buscador de los servicios consulares

Servicios consulares

Divorcios

Los Cónsules no son competentes para autorizar una escritura pública de divorcio.

Los españoles que quieran divorciarse en el extranjero deben acudir a las autoridades locales.

Inscripción de sentencia de divorcio extranjera

La sentencia de divorcio dictada por un juez o tribunal extranjero sólo produce plenos efectos civiles si se inscribe al margen de la inscripción del matrimonio en el Registro Civil español.

Por regla general, las sentencias extranjeras de divorcio tienen que ser reconocidas por un juez español mediante un procedimiento de “exequatur”. El exequatur se solicita ante el Juez de Primera Instancia e Instrucción en España. Para ello, es necesario contratar los servicios de abogado y procurador.

En Alemania son de aplicación los siguientes Reglamentos:

- (CE) Núm. 2201/2003 del Consejo de la UE, de 27 de noviembre de 2003, para sentencias dictadas entre el 1 de marzo de 2001 y 31 de julio de 2022.

- (UE) Núm. 2019/1111 del Consejo, de 25 de junio de 2019, para sentencias dictadas a partir del 1 de agosto de 2022.

Documentos necesarios

Los documentos extranjeros deben estar legalizados o apostillados y, en su caso, traducidos oficialmente al español.

  1. Solicitud firmada por el interesado, dirigida al Registro Civil español en el que conste inscrito el matrimonio.
  2. Copia original de la sentencia firme.
  3. Certificado original relativo a las resoluciones judiciales en materia matrimonial al que se refiere el artículo (véase arriba el que corresponde según la fecha de la sentencia):
  4. a) 39 del Reglamento 2201/2003;

    b) 36 del Reglamento 2019/1111.

    Este certificado se solicitará al juzgado que emitió la sentencia.

  5. Si la sentencia se dictó en rebeldía (cuando el demandado no comparece en forma en la fecha o plazo señalado), original o copia auténtica del documento que acredite la notificación de la demanda a la parte rebelde u otro documento que acredite que el demandado ha aceptado la resolución.
  6. Certificado literal de matrimonio expedido por el Registro Civil español. Este certificado no será necesario si el matrimonio está inscrito en esta Oficina Consular.
  7. Libro de Familia, si se tiene.
  8. Copia del DNI o pasaporte del solicitante.

Procedimiento

Remisión por correo postal de la documentación y de la solicitud:

SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE SENTENCIA DE DIVORCIO DICTADA ENTRE EL 01/03/2001 HASTA EL 31/07/2022Se abre en ventana nueva

SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE SENTENCIA DE DIVORCIO DICTADA A PARTIR DEL 01/08/2022Se abre en ventana nueva

La documentación y solicitud deben ser remitidas a la siguiente dirección:

Embajada de España en Berlín

Sección Consular / Divorcios

Lichtensteinallee 1

10787 - BERLÍN

Esta Sección Consular no puede avisar de la recepción de la documentación. Si desea seguir su envío a través de la Deutsche Post, le recomendamos enviar la documentación por correo certificado.

Para contactar con la Sección, por favor diríjase al siguiente correo electrónico: emb.berlin.sc@maec.es .