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Medidas relativas al COVID-19 en Mali y Burkina Faso y condiciones de entrada en España

10 de junio de 2021

En el marco de la evolución de la pandemia de la COVID-19, todo viajero debe contar con la posibilidad de verse afectado en el extranjero por restricciones de cualquier tipo que impidan o alteren su libertad de movimiento.

Con carácter general, los viajeros son responsables de las eventuales consecuencias de su decisión de viajar. La capacidad del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y de la red de Embajadas y Consulados de España de prestar asistencia consular de emergencia es limitada, se aplica exclusivamente a viajeros españoles en el exterior y no puede, en ningún caso, suplir las capacidades de otros sistemas nacionales de salud, exigir excepciones a las normativas de terceros países, facilitar o sufragar la eventual prolongación de estancias en el exterior, sean voluntarias o forzosas, ni reemplazar el funcionamiento de las agencias de viajes o de las compañías de transporte.

Por ello, se reitera a todos los viajeros, independientemente de su destino o las circunstancias de su viaje, la recomendación de mantenerse informado en todo momento, de viajar con prudencia y de contar con un seguro que cubra todas las eventualidades durante el viaje.


 

SITUACIÓN SOBRE EL COVID-19 EN MALI Y EN BURKINA FASO. CONDICIONES DE ENTRADA, ESTANCIA Y SALIDA, ASISTENCIA SANITARIA, TEST COVID Y VACUNACIÓN

MALI

Las autoridades malienses acordaron la reapertura de las fronteras aéreas a partir del 25 de julio de 2020 a las 00:00 horas, y de las fronteras terrestres a partir del día 31 de julio de 2020 a las 00:00 horas.


CONDICIONES DE ENTRADA, ESTANCIA Y SALIDA DE MALI

1. Medidas generales

  • Uso obligatorio de mascarilla higiénica en todo el territorio nacional desde el 9 de mayo de 2020.

  • Los documentos de viaje de los pasajeros que sean declarados positivos por COVID-19 serán retenidos por las autoridades y devueltos a su titular una vez se haya superado la cuarentena.

  • Los gastos de los tests COVID-19 RT-PCR y de alojamiento serán asumidos por los propios pasajeros.

  • Es recomendable cumplir con las medidas de prevención.

2. Medidas aplicables en las entradas por las fronteras aéreas

  • Cumplimentar el formulario de declaración de salud pública disponible aquí.Se abre en ventana nueva

  • Presentar un certificado de test COVID-19 RT-PCR negativo realizado, no más de cinco días antes de la llegada a Mali. En ausencia de este certificado, el pasajero deberá someterse al test a su llegada al aeropuerto y deberá observar las siguientes medidas sanitarias hasta la obtención de los resultados del test: auto-confinamiento en su domicilio o en un hotel a su cargo y respeto de las medidas de prevención. Si los resultados son positivos, el pasajero será transferido a alguno de los centros hospitalarios de referencia.

  • Si el pasajero presenta síntomas de COVID-19 a su llegada a Mali, y aun estando en posesión de un certificado negativo, será aislado y sometido al test de nuevo.

  • Los pasajeros en tránsito aeroportuario en Mali deberán: presentar un certificado de test COVID-19 RT-PCR negativo realizado no más de cinco días antes de la llegada a Mali y respetar las medidas de prevención. Si el pasajero abandona la zona de tránsito del aeropuerto, deberá confinarse en un hotel y observar las medidas de prevención hasta que abandone el territorio maliense.

3. Medidas aplicables en las entradas por las fronteras terrestres

  • Presentar un certificado de test COVID-19 RT-PCR negativo realizado, no más de cinco días antes de la llegada a Mali. En ausencia de este certificado, el pasajero deberá someterse al test a su llegada en frontera y deberá observar las medidas de prevención. Si los resultados son positivos, el pasajero será transferido a alguno de los centros hospitalarios de referencia. Si los resultados son negativos, el pasajero podrá continuar su viaje.

  • Si el pasajero presenta síntomas de COVID-19 a su llegada a Mali, y aun estando en posesión de un certificado negativo, será aislado y sometido al test de nuevo.
     

4. Medidas aplicables en las salidas por las fronteras terrestres y aéreas

Es preciso un certificado de test COVID-19 RT-PCR negativo realizado no más de cinco días antes de la salida de Mali.

5. Tránsito en terceros Estados

En el supuesto de hacer tránsito en un tercer Estado, deberá consultar las condiciones de tránsito aéreo o entrada en el territorio de este país. Para más información contacte con su compañía aérea o de transporte.


 

ASISTENCIA SANITARIA EN RELACIÓN CON EL COVID-19


En el caso de presentar síntomas por COVID-19, puede contactar con su seguro médico privado o ponerse en contacto con las autoridades sanitarias malienses a través del número de teléfono habilitado 36061.

El Gobierno maliense ha habilitado los siguientes hospitales públicos para los casos de COVID-19:

- En Bamako: Hôpital du Mali, Hôpital Point G, Hôpital Gabriel Touré (sólo dispone de sala de aislamiento) y el CNAM.
 

- En Kayes: Hôpital Fousseyni Daou.

En el Instituto Nacional de Salud Pública (INSP), la clínica Pasteur, el hospital Golden Life y los centros hospitalarios referenciados realizan PCR por COVID-19. El INSP es el único centro habilitado para emitir el certificado de una PCR negativa a los efectos de la salida de Mali. El certificado se expide en francés y, a petición de los interesados, puede expedirse en inglés. Los certificados se expiden en un plazo de tiempo de 24 horas por lo general.

El coste de la PCR para los viajeros por vía aérea es de 25.000 francos CFA y para los viajeros por vía terrestre de 5.000 francos CFA. Estos importes pueden variar en centros de salud privados.

Los menores de 12 años no están obligados a someterse a una PCR para su entrada, tránsito o salida de Mali.


VACUNACIÓN EN MALI


La campaña de vacunación contra la COVID-19 comenzó el 6 de abril de 2021 en Mali. Actualmente en todos los centros de salud comunitarios (CSCOM) de los barrios de Bamako y en los 6 Centro de Salud de Referencia del distrito de Bamako se dispensa la vacuna.  AstraZeneca es la vacuna que hoy en día se dispensa en Mali.
Para más información: http://www.sante.gov.ml/Se abre en ventana nueva

Recomendamos a todos los viajeros españoles consultar las recomendaciones de viaje relativas a Mali (http://www.exteriores.gob.es/Embajadas/BAMAKO/es/Embajada/Paginas/Recomendaciones.aspx?IdP=117Se abre en ventana nueva)

BURKINA FASO


Las autoridades burquinesas acordaron la apertura de las fronteras aéreas a partir del 1 de agosto de 2020 a las 00:00 horas.


CONDICIONES DE ENTRADA, ESTANCIA Y SALIDA DE BURKINA FASO


1. Medidas generales

  • Uso obligatorio de mascarilla higiénica en todo el territorio nacional desde el 27 de abril de 2020.

  • Los documentos de viaje de los pasajeros que sean declarados positivos por COVID-19 serán retenidos por las autoridades y devueltos a su titular una vez se haya superado la cuarentena.

  • Los gastos de los tests COVID-19 RT-PCR y de alojamiento serán asumidos por los propios pasajeros.

  • Es recomendable cumplir con las medidas de prevención.  
     

2. Medidas aplicables en las entradas por las fronteras aéreas y terrestres

  • Todas las personas que ingresen en Burkina Faso deberán presentar un certificado de test COVID-19 RT-PCR negativo realizado no más de cinco días antes de la llegada a Burkina Faso. En ausencia de este certificado, el pasajero deberá someterse al test a su llegada.

  • Si el pasajero presenta síntomas a su llegada a Burkina Faso, aun estando en posesión de un certificado negativo, será aislado y sometido al test de nuevo. Si los resultados son positivos, el pasajero será transferido a alguno de los centros hospitalarios de referencia.

  • Además del test, los viajeros que entren por vía aérea deberán cumplimentar a su llegada una ficha de localización con sus datos y una declaración sanitaria.

  • Los gastos de los tests y de alojamiento serán asumidos por los propios pasajeros.

3. Medidas aplicables en las salidas por las fronteras aéreas

Es preciso un certificado de test COVID-19 RT-PCR negativo realizado no más de cinco días antes de la salida de Burkina Faso. Para más información contacte con su compañía aérea.

4. Tránsito en terceros Estados:

En el supuesto de hacer tránsito en un tercer Estado, deberá consultar las condiciones de tránsito aéreo o entrada en el territorio de este país. Para más información contacte con su compañía aérea o de transporte.


 

ASISTENCIA SANITARIA EN RELACIÓN CON EL COVID-19

En el caso de presentar síntomas por COVID-19, puede contactar con su seguro médico privado o ponerse en contacto con las autoridades sanitarias burquinesas a través de los números de teléfono habilitados 3535, 70 95 93 27 y 52 19 53 94
El Gobierno burquinés ha habilitado hospitales para los casos de COVID-19 entre los cuales se encuentran:


- En Uagadugú: CHU Tengandogo (ex hôpital Blaise Compaoré), CMA de Pissy, Clinique des Genêts y el Centre Médical International.


- En Bobo-Dioulasso: CHU de Bobo Dioulasso.


Las PCR se realizan en los siguientes centros en Uagadugú; labo 2000, CMU de Pogbi, CMA de Kossodo, CMA de Pissy, CHU de Tengandogo, CM del sector 52, CM del sector 15, CM de Saaba y CM del sector 21; en Bobo-Dioulasso; CHU Souro Sanou, CMA de Do y CMA de Dafra. El certificado se expide en francés. Los certificados se expiden en un plazo de tiempo que puede llegar a las 72 horas, por lo que se aconseja tener en cuenta este tiempo para la organización de los viajes y de los tests.


El coste de la PCR para los viajeros por vía aérea es de 25.000 francos CFA y para los viajeros por vía terrestre de 5.000 francos CFA. Estos importes pueden variar en centros de salud privados.


Los menores de 12 años no están obligados a someterse a una PCR para su entrada, tránsito o salida de Burkina Faso.


VACUNACIÓN EN BURKINA FASO


La campaña de vacunación contra la COVID-19 comenzó el 2 de junio de 2021 en Burkina Faso con los grupos prioritarios, según el Plan Nacional de Despliegue y Vacunación. Para conocer los centros de vacunación en la región Centro, pinche aquíSe abre en ventana nueva. AstraZeneca es la vacuna que hoy en día se dispensa en Burkina Faso.


Para más información: https://www.sante.gov.bf/accueilSe abre en ventana nueva

Recomendamos a todos los viajeros españoles consultar las recomendaciones de viaje relativas a Burkina Faso (http://www.exteriores.gob.es/Embajadas/BAMAKO/es/tambiensomostuembajadaen/Paginas/BurkinaFaso.aspxSe abre en ventana nueva)

 

CONDICIONES DE ENTRADA EN ESPAÑA


Actualmente, la entrada en España se regula por la Orden INT/552/2021, de 4 junioSe abre en ventana nueva (modificada porla resolución de 8 de junio de 2021Se abre en ventana nueva) y por la Resolución de 4 de junio de 2021, de la Dirección General de Salud PúblicaSe abre en ventana nueva.


Estoy en Mali/Burkina Faso y soy español ¿puedo viajar a España? ¿Qué documentos necesito?

Sí, puedes viajar a España provisto, además de la documentación habitual, de:

a) Certificado que confirme que el titular ha recibido una vacuna contra la COVID-19 (certificado de vacunación) o certificado que indique el resultado de una Prueba Diagnóstica de Infección Activa de COVID-19 que se haya realizado el titular (certificado de diagnóstico) o certificado que confirme que el titular se ha recuperado de la COVID-19 (certificado de recuperación). Los certificados deben estar redactados en español, inglés, francés o alemán.

b) Código QR generado tras cumplimentar el formulario de control sanitario a través de la web www.spth.gob.esSe abre en ventana nueva o de la aplicación Spain Travel Health (SpTH) disponible en Android y en iOS.

c) Código QR DOCUMENTAL CONTROL generado tras introducir los datos del certificado del apartado a) en el formulario de control sanitario a través de la web www.spth.gob.esSe abre en ventana nueva o de la aplicación Spain Travel Health (SpTH).

Deberás presentar esta documentación en el momento del embarque y a la llegada a España.

Además, a la llegada a España, se te puede requerir para realizar un control sanitario que incluirá, al menos, la toma de temperatura, un control documental y un control visual.

Estoy en Mali/Burkina Faso, y no soy ciudadano español ¿puedo viajar a España?
No, salvo que pertenezca a una de las categorías siguientes:

a) Residentes habituales en la UE, Estados asociados Schengen, Andorra, Mónaco, El Vaticano (Santa Sede) o San Marino que se dirijan a ese país, acreditándolo documentalmente.

b) Titulares de un visado de larga duración expedido por un Estado miembro o Estado asociado Schengen que se dirijan a ese país.

c) Profesionales de la salud, incluidos investigadores sanitarios, y profesionales del cuidado de mayores que se dirijan o regresen de ejercer su actividad laboral.

d) Personal de transporte, marinos y el personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo.

e) Personal diplomático, consular, de organizaciones internacionales, militares, de protección civil y miembros de organizaciones humanitarias, en el ejercicio de sus funciones.

f) Estudiantes que realicen sus estudios en los Estados miembros o Estados asociados Schengen y que dispongan del correspondiente permiso o visado para estancia de larga duración, siempre que se dirijan al país donde cursan sus estudios, y que la entrada se produzca durante el curso académico o los 15 días previos. Si el destino es España y la duración de la estancia es de hasta 90 días, se deberá acreditar que los estudios se realizan en un centro de enseñanza autorizado en España, inscrito en el correspondiente registro administrativo, siguiendo durante esta fase un programa de tiempo completo y presencial, y que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios.

g) Trabajadores altamente cualificados cuya labor sea necesaria y no pueda ser pospuesta o realizada a distancia, incluyendo los participantes en pruebas deportivas de alto nivel que tengan lugar en España. Estas circunstancias se deberán justificar documentalmente.

h) Personas que viajen por motivos familiares imperativos debidamente acreditados.

i) Personas que acrediten documentalmente motivos de fuerza mayor o situación de necesidad, o cuya entrada se permita por motivos humanitarios.

j) Residentes en los terceros países que figuran en el anexo (no aplicable a Mali/Burkina Faso) siempre que procedan directamente de ellos, hayan transitado exclusivamente por otros países incluidos en la lista o hayan realizado únicamente tránsitos internacionales en aeropuertos situados en países que no constan en el anexo. En el caso de los residentes en China, la Región Administrativa Especial (RAE) de Hong Kong y la RAE de Macao, queda pendiente de verificar la reciprocidad.

k) Personas provistas de un certificado de vacunación que el Ministerio de Sanidad reconozca con este fin, previa comprobación por las autoridades sanitarias, así como los menores acompañantes a los que el Ministerio de Sanidad extienda los efectos.

Estoy en Mali/Burkina Faso y mi caso se encuentra en una de las excepciones (cualquiera salvo la letra k)) para poder entrar en España, ¿qué documentos tengo que aportar para viajar a España?

Además de la documentación habitual y de tu visado válido y en vigor (si necesitas visado), debes presentar:

a) Documentación que acredite que tu caso se encuentra entre las excepciones indicadas.

b) Certificado que confirme que el titular ha recibido una vacuna contra la COVID-19 (certificado de vacunación) o certificado que indique el resultado de una Prueba Diagnóstica de Infección Activa de COVID-19 que se haya realizado el titular (certificado de diagnóstico) o certificado que confirme que el titular se ha recuperado de la COVID-19 (certificado de recuperación). Los certificados deben estar redactados en español, inglés, francés o alemán.

c) Código QR generado tras cumplimentar el formulario de control sanitario a través de la web www.spth.gob.es o de la aplicación Spain Travel Health (SpTH) disponible en Android y en iOS.

d) Código QR DOCUMENTAL CONTROL generado tras introducir los datos del certificado del apartado b) en el formulario de control sanitario a través de la web www.spth.gob.es o de la aplicación Spain Travel Health (SpTH).

e) Autorización de entrada de la Policía de Fronteras de España (CEFRONT) para las excepciones c), d), g), h) e i). Esta autorización se gestiona desde la sección consular de la embajada para lo cual, deberás presentar la documentación del apartado a) y tu billete de avión.

Deberás presentar esta documentación en el momento del embarque y a la llegada a España.

Además, a la llegada a España, se te puede requerir para realizar un control sanitario que incluirá, al menos, la toma de temperatura, un control documental y un control visual.

Estoy en Mali/Burkina Faso y viajo por turismo a España (excepción k), ¿qué documentos tengo que aportar para viajar a España?

Además de la documentación habitual y de tu visado válido y en vigor (si necesitas visado), debes presentar:

a) Certificado que confirme que el titular ha recibido, desde hace 14 días, la pauta completa de una vacuna contra la COVID-19 (certificado de vacunación). El certificado debe estar redactado en español, inglés, francés o alemán.

b) Código QR generado tras cumplimentar el formulario de control sanitario a través de la web www.spth.gob.esSe abre en ventana nueva o de la aplicación Spain Travel Health (SpTH) disponible en Android y en iOS.

c) Código QR DOCUMENTAL CONTROL generado tras introducir los datos del certificado del apartado a) en el formulario de control sanitario a través de la web www.spth.gob.esSe abre en ventana nueva o de la aplicación Spain Travel Health (SpTH).

d) Autorización de entrada de la Policía de Fronteras de España (CEFRONT). Esta autorización se gestiona desde la sección consular de la embajada para lo cual, deberás presentar tu billete de avión.

Deberás presentar esta documentación en el momento del embarque y a la llegada a España.

Además, a la llegada a España, se te puede requerir para realizar un control sanitario que incluirá, al menos, la toma de temperatura, un control documental y un control visual.

¿En qué consiste el certificado de vacunación?

España acepta los certificados de vacunación expedidos por las autoridades competentes de Mali/Burkina Faso a partir de los 14 días posteriores a la fecha de administración de la última dosis de la pauta vacunal completa. Las vacunas admitidas serán las autorizadas por la Agencia Europea del Medicamento (https://www.ema.europa.eu/en/human-regulatory/overview/public-health-threats/coronavirus-disease-covid-19/treatments-vaccines/covid-19-vaccines) o la Organización Mundial de la Salud (https://www.who.int/es/emergencies/diseases/novel-coronavirus-2019/covid-19-vaccines).

El certificado de vacunación deberá incluir, al menos, la siguiente información:

a) Nombre y apellido del titular.

b) Fecha de vacunación, indicando la fecha de la última dosis administrada.

c) Tipo de vacuna administrada.

d) Número de dosis administradas/pauta completa.

e) País emisor.

f) Identificación del organismo emisor del certificado de vacunación.

Me he vacunado en Mali/Burkina Faso con AstraZeneca, ¿es válida esta vacuna para viajar?

Sí, la vacuna AstraZeneca está admitida siempre y cuando hayan transcurrido 14 días desde la administración de la última dosis.

¿En qué consiste el certificado de diagnóstico?

España acepta los certificados de prueba diagnóstica de infección activa de COVID-19 con resultado negativo expedidos en las 48 horas anteriores a la llegada a España. Las pruebas diagnósticas de infección para SARS-CoV-2 admitidas serán las siguientes:

a) Las pruebas de amplificación de ácido nucleico molecular (NAAT), utilizadas para detectar la presencia del ácido ribonucleico (ARN) del SARS-CoV-2.

b) Los test de detección de antígeno incluidos en la lista común de test rápidos de detección de antígeno para COVID-19, publicada por la Comisión Europea en base la Recomendación del Consejo 2021/C 24/01.

El certificado de prueba diagnóstica deberá incluir, al menos, la siguiente información:

a) Nombre y apellido del titular.

b) Fecha de toma de la muestra.

c) Tipo de test realizado.

d) País emisor.

Tengo el resultado de mi PCR negativa, ¿con qué certificado se corresponde?

El certificado de PCR negativa se corresponde con el certificado de diagnóstico de una prueba de amplificación de ácido nucleico molecular (NAAT).

La toma de la muestra para la PCR la he realizado hace más de 48 horas respecto a la llegada en España, ¿es válida?

No, la toma de la muestra para la PCR y la emisión de los resultados deben estar dentro del plazo de 48 horas antes de la llegada a España.

¿En qué consiste el certificado de recuperación?

España acepta los certificados de recuperación expedidos por la autoridad competente o por un servicio médico como mínimo 11 días después de la realización de la primera prueba diagnóstica NAAT con resultado positivo. La validez del certificado finalizará a los 180 días a partir de la fecha de la toma de la muestra.

El certificado de recuperación deberá incluir, al menos, la siguiente información:

a) Nombre y apellido del titular.

b) Fecha de toma de la muestras del primer test diagnóstico positivo para SARS-CoV-2.

c) Tipo de test NAAT realizado.

d) País emisor.

¿La compañía aérea me puede denegar el embarque por no llevar la documentación?

Sí, si no dispones de los documentos o códigos QR indicados, la compañía de transporta te denegará el embarque.

Soy nacional de Mali/Burkina Faso y voy a estar en tránsito en España, ¿puede transitar por el aeropuerto en España? ¿Qué documentación necesito?

Sí, además de la documentación habitual y de tu visado de tránsito aeroportuario válido y en vigor, debes presentar:

a) Código QR generado tras cumplimentar el formulario de control sanitario a través de la web www.spth.gob.es o de la aplicación Spain Travel Health (SpTH) disponible en Android y en iOS.

En tránsito, se te puede requerir para realizar un control sanitario que incluirá, al menos, la toma de temperatura, un control documental y un control visual.

Además de la documentación que me exige España, ¿necesito algo más para viajar desde Mali/Burkina Faso a España?

Sí, recuerda que necesitas un certificado negativo de PCR por COVID-19 realizado como máximo 5 días antes de tu salida de Mali/Burkina Faso.

En el supuesto de tránsito entre Mali/Burkina Faso y España en terceros Estados, te recomendamos consultar las condiciones, ya que el país puede exigir otros plazos para el test COVID negativo u otra documentación.

¿Qué documentos deben presentar los menores de 18 años que viajen a España?

Además de la documentación habitual y del visado válido y en vigor (si necesita visado), debe presentar:

Si es menor de 12 años:

a) Documentación que acredite que su caso se encuentra entre las excepciones indicadas (salvo para la excepción k)).

b) Código QR generado tras cumplimentar el formulario de control sanitario a través de la web www.spth.gob.esSe abre en ventana nueva o de la aplicación Spain Travel Health (SpTH) disponible en Android y en iOS.

c) Autorización de entrada de la Policía de Fronteras de España (CEFRONT) para las excepciones c), d), g), h), i) y k). Esta autorización se gestiona desde la sección consular de la embajada para lo cual, deberás presentar la documentación del apartado a) y el billete de avión.


Si el menor tiene entre 12 y 18 años:

a) Documentación que acredite que su caso se encuentra entre las excepciones indicadas (salvo para la excepción k)).

b) Certificado que confirme que el titular ha recibido una vacuna contra la COVID-19 (certificado de vacunación) (el único admitido si viaja según la excepción k)) o certificado que indique el resultado de una Prueba Diagnóstica de Infección Activa de COVID-19 que se haya realizado el titular (certificado de diagnóstico) o certificado que confirme que el titular se ha recuperado de la COVID-19 (certificado de recuperación). Los certificados deben estar redactados en español, inglés, francés o alemán.

c) Código QR generado tras cumplimentar el formulario de control sanitario a través de la web www.spth.gob.esSe abre en ventana nueva o de la aplicación Spain Travel Health (SpTH) disponible en Android y en iOS.

d) Código QR DOCUMENTAL CONTROL generado tras introducir los datos del certificado del apartado b) en el formulario de control sanitario a través de la web www.spth.gob.esSe abre en ventana nueva o de la aplicación Spain Travel Health (SpTH).

e) Autorización de entrada de la Policía de Fronteras de España (CEFRONT) para las excepciones c), d), g), h), i) y k). Esta autorización se gestiona desde la sección consular de la embajada para lo cual, deberás presentar la documentación del apartado a) y el billete de avión.

Deberá presentar esta documentación en el momento del embarque y a la llegada a España.

Además, a la llegada a España, se le puede requerir para realizar un control sanitario que incluirá, al menos, la toma de temperatura, un control documental y un control visual.

Mi PCR es persistentemente positiva a pesar de haber ya superado la enfermedad, ¿qué puedo hacer?

Puedes viajar a España con una PCR persistentemente positiva siempre y cuando la enfermedad por COVID-19 se considere resuelta. Para ello, deberás aportar, además de la documentación habitual:

a) Certificado del resultado de la PCR, realizada en las 72 horas anteriores a su llegada.

b) Informe médico en el que se determine que la enfermedad por COVID-19 está resuelta, aunque persista la PCR +. Dicho informe deberá estar redactado en español o inglés y deberá contener la siguiente frase: “Dº/Dª XXXXXXXX PUEDE VIAJAR EN AVION, AL NO SER CONTAGIOSO/A, A PESAR DE PRESENTAR UNA PCR POSITIVA DE COVID-19” / “MR/MRS XXXXXXX CAN TRAVEL BY PLANE AS HE/SHE DOESN’T TRANSMIT COVID-19 IN SPITE OF HIS/HER POSITIVE PCR”.

Aconsejamos a los españoles consultar frecuentemente las redes sociales de esta embajada para conocer avisos urgentes e informaciones de última  hora: Twitter: @EmbEspMali y Facebook: Embajada de España en Mali.

La embajada dispone de un teléfono de emergencia consular 24/7 para atender a los españoles en Mali y en Burkina Faso: +223 73 31 23 24.