El Número de identificación Fiscal (NIF) es necesario para realizar trámites ante la Agencia Tributaria cuando no se dispone de DNI o NIE.
Pueden obtener un NIF a través de la Oficina Consular:
- Los españoles residentes en el extranjero que no tengan DNI y estén inscritos en el Registro de Matrícula Consular (NIF L)
- Los extranjeros residentes en la demarcación consular que no tengan NIE (NIF M)
- Las personas jurídicas con sede social en la demarcación consular (NIF N)
Procedimiento
La solicitud se puede presentar personalmente o a través de representante.
Si usted se encuentra registrado en el Registro de Matricula Consular de esta Oficina debe enviar por email una copia de su pasaporte español: emb.washington.not@maec.es Si no se encuentra inscrito, por favor comuníquese con el siguiente email para inscribirse antes de solicitar el NIF: emb.washington.pas@maec.es
Documentos necesarios para obtener el NIF L o M (NIF para persona física)
- Solicitud mediante modelo 030. Se completará en línea el formulario para cada solicitante, imprimiendo y firmando los dos ejemplares (uno para la Administración y otro para el interesado).
- Pasaporte en vigor. Los extranjeros podrán aportar pasaporte o documento de identidad en vigor.
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ID o similar que pruebe su residencia en Maryland, Virginia, Washington DC, Carolina del Norte o West Virginia.
- En el caso de menores de edad y personas incapacitadas, copia del libro de familia o del certificado de nacimiento o del documento de constitución de la tutela. Además, pasaporte o DNI en vigor del progenitor o tutor.
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Si se solicita a través de representante, documento de identidad o pasaporte en vigor del representante y documento que acredite la representación.
El solicitante deberá facilitar los siguientes datos:
- Nombre y apellidos
- Número o código de identificación fiscal en el país o número de pasaporte
- Nacionalidad
- Sexo
- Lugar y fecha de nacimiento
- Residencia o domicilio fiscal en el extranjero
- En su caso, nombre y apellidos y NIF del representante legal del menor o persona incapacitada
Documentos necesarios para obtener el NIF N (NIF para persona jurídica)
- Solicitud mediante modelo 036. Se completará en línea y se imprimirá y firmará.
- Pasaporte o documento de identidad en vigor de la persona que firme la solicitud.
- Documento acreditativo del NIF del representante.
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Documento que acredite la existencia de la sociedad y los datos que se deben aportar (ver más abajo)
- Documento que acredite que la persona que firma la solicitud tiene suficiente poder para hacerlo (certificado de la autoridad registral o fiscal del país en el conste que el solicitante es el representante legal o poder notarial otorgado por el representante legal).
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ID o similar que pruebe su residencia en Maryland, Virginia, Washington DC, Carolina del Norte o West Virginia.
La persona jurídica debe aportar la siguiente información:
- Si dispone o no de personalidad jurídica.
- Denominación o razón social
- Número o código de identificación fiscal atribuido en el país de residencia
- Domicilio fiscal (generalmente, el domicilio social)
- Fecha de constitución y de inscripción en el registro público correspondiente
- Capital social de constitución, en su caso
- Nombre y apellidos, razón social o denominación completa y NIF de los representantes legales; nombre y apellidos, razón social o denominación completa, NIF, domicilio fiscal y nacionalidad del representante en España.
- En el caso de entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero: nombre y apellidos o razón social o denominación completa, NIF, domicilio fiscal y nacionalidad de sus socios, herederos o partícipes.
Nota importante: No se podrá asignar el NIF a la persona jurídica si los representantes legales o los socios que se hagan constar no tienen NIF español.
Plazo de tramitación y entrega
Para obtener más información sobre este trámite, se puede consultar la página web de la Agencia Tributaria
Normativa
- Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.