Procedimiento
El NIE se puede solicitar directamente en España o ante la Oficina Consular del lugar de residencia del interesado.
La solicitud se puede hacer personalmente o a través de representante debidamente acreditado.
La presencia física del solicitante o de su representante es siempre obligatoria.
Las solicitudes de NIE se atenderán los viernes, en horario de 09:00 a 13:00, en la Sección Consular de la Embajada de España en Washington, D.C.:
2375 Pennsylvania Ave. NW
Washington, D.C. 20037
Documentación necesaria para solicitar el NIE en la Oficina Consular
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Impreso-solicitud normalizado EX-15 (original y una copia), rellenado y firmado por el solicitante o por su representante. El formulario se rellenará preferentemente en línea y se imprimirá.
En el impreso solicitud se deberá indicar las causas económicas, profesionales o sociales que justifican la solicitud de NIE.
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Original del pasaporte en vigor del solicitante y copia de la página de datos biográficos del pasaporte.
Los nacionales de Estados Miembros de la Unión Europea pueden identificarse con su documento de identidad (original y una copia por ambas caras).
Si se solicita a través de representante, se aportará sólo la copia compulsada del documento.
- Si el NIE se solicita a través de representante, original y copia del documento de identidad o pasaporte del representante y poder suficiente en el que conste de forma expresa que está facultado para presentar la solicitud de NIE.
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Original y copia del ID o Drivers' License que pruebe su residencia en nuestra demarcación consular: Maryland, Virginia, Washington DC, Carolina del Norte o West Virginia
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Si el solicitante es menor de edad o está incapacitado, copia del libro de familia o del certificado de nacimiento o del documento de constitución de la tutela. Además, pasaporte o DNI en vigor del progenitor o tutor.
- Impreso 790, código 12 completado y pago de la tasa. En 2024, la tasa es de $11, a abonar en efectivo o money order.
Plazo de tramitación y entrega
El NIE es asignado por la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, dependiente de la Dirección General de la Policía en España. Esta Oficina Consular no puede agilizar los plazos de tramitación. Por término medio, el NIE se expide en un plazo de dos semanas, pero este plazo puede alargarse por razones de fuerza mayor.
El NIE se remite por correo electrónico dirigido al interesado. En la solicitud se hará constar una dirección de correo electrónico a efecto de notificaciones.
Información importante sobre NIE
El NIE es un número personal, único y exclusivo que se asigna a los extranjeros que, por sus intereses económicos, profesionales o sociales, se relacionan con España, a los efectos de su identificación.
El NIE tramitado a través de las Oficinas Consulares permite realizar trámites ante las Administraciones Públicas españolas, pero no es válido para residir ni acredita la residencia en España.
Los extranjeros que deseen fijar su residencia en España deben informarse sobre la necesidad de obtener previamente visado. Los ciudadanos de la Unión Europea deberán inscribirse en el Registro Central de Extranjeros, una vez en España.
El trámite de solicitud del NIE puede tardar hasta 1 mes, no siendo posible expedir el proceso.
Una vez se le asigna un NIE, este le será remitido por correo electrónico.
Normativa
- Ley Orgánica 4/2000 , de 11 de enero, sobre los derechos y libertades de los extranjeros y su integración social.
- Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.