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Servicios consulares

Legitimación de firma

La legitimación de firma puesta ante el Cónsul en un documento privado acredita la identidad del firmante y la fecha de la legitimación de la firma.

No se podrá legitimar una firma en un documento que contenga actos jurídicos para los que la ley exija documento público ni tampoco cuando su contenido sea ilícito. Si la firma del documento tiene implicaciones fiscales, deberá probarse previamente el pago de los impuestos.

Al legitimar la firma, el Cónsul no da fe del contenido del documento ni expresa juicio alguno sobre su legalidad. El Cónsul no asume ninguna responsabilidad por el contenido del documento cuya firma legitime.

Documentos necesarios

Además de los documentos que se relacionan a continuación, la Oficina Consular podrá pedir datos o documentos adicionales cuando sean necesarios para valorar la solicitud.

- DNI o pasaporte en vigor del firmante.

- NIE del firmante, si es extranjero.

- Documento original, que se presentará sin firmar en el momento de la comparecencia personal.

- Abono de la tasa en efectivo.

Procedimiento

Las personas interesadas en realizar algún trámite de LEGITIMACIÓN DE FIRMA deberá remitir copia del documento para cuya legitimación de firma se requiera la asistencia notarial al objeto de que el equipo consular pueda valorar si dicho documento se adecua a los requerimientos establecidos para su trámite.

Será imprescindible enviar, junto con la copia del documento, copia de DNI y/o pasaporte. Estos documentos deben estar en vigor.

Los documentos deberán ser enviados:

Por correo electrónico: emb.washington.not@maec.es

Por correo postal a:

Sección Consular de la Embajada de España en Washington, DC

2375 Pennsylvania Ave. N.W.

Washington, D.C. 20037

El solicitante de TRÁMITE DE LEGITIMACIÓN DE FIRMA será respondido por correo electrónico acerca del día y hora de su cita, a la que deberá acudir provisto de DNI y/o PASAPORTE originales, además del documento para cuya legitimación de firma se solicite asistencia.

La comparecencia personal es siempre necesaria en el día de la firma del documento. Los otorgantes deberán identificarse con el original de su DNI o pasaporte en vigor.

Normativa básica