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Servicios consulares

Capitulaciones matrimoniales

Las capitulaciones matrimoniales son el contrato por el que se fijan las normas que regulan el régimen económico del matrimonio.

Los regímenes más habituales en el derecho común, aplicable a la mayor parte del territorio español, son: el régimen de gananciales (que se aplica por defecto) y el de separación de bienes. Pero los derechos forales o especiales de Aragón, Baleares, Cataluña, Navarra, Valencia y parte de la provincia de Vizcaya contemplan normas distintas.

Las capitulaciones matrimoniales se pueden otorgar antes o después del matrimonio y pueden ser modificadas en cualquier momento, siempre que exista acuerdo entre los cónyuges.

Para que sean válidas, las capitulaciones matrimoniales deben constar en escritura pública otorgada ante notario. También se pueden otorgar ante el Cónsul.

Además, las capitulaciones deben anotarse en el Registro Civil, al margen de la inscripción del matrimonio, para que produzcan efectos frente a terceras personas.

Para conocer más sobre las capitulaciones matrimoniales, se puede consultar la página web del Consejo General del NotariadoSe abre en ventana nueva.

Documentos necesarios

Además de los documentos que se relacionan a continuación, la Oficina Consular podrá pedir datos o documentos adicionales cuando sean necesarios para valorar la solicitud.

  • Formulario de solicitudSe abre en ventana nueva
  • Pasaporte y/o DNI en vigor (o NIE, en caso de que los solicitantes sean extranjeros)
  • Si los cónyuges han contraído matrimonio: Copia del certificado de matrimonio español o extranjero (expedido en los últimos 6 meses), o copia del Libro de familia donde figure inscrito el matrimonio
  • Si los cónyuges NO han contraído matrimonio aún: Lugar y fecha en la que prevén contraer matrimonio y autoridades ante las cuales se oficiará
  • Abono de la tasa: Se realizará durante la cita que se le otorgue para la firma de su Acta notarial. Debe realizarse en efectivo o money order, y la Oficina Consular le informará del coste durante la asignación de su cita.
  • Si los otorgantes casados desean cambiar de régimen económico y, al mismo tiempo, liquidar la sociedad de gananciales, deberán acudir a un notario local.

    Procedimiento

    Para solicitar una cita para la firma de Capitulaciones matrimoniales en la Sección Consular en Washington, D.C., debe enviar una copia de los Documentos necesarios (ver apartado anterior) al Departamento de Notarías por una de las siguientes vías:

    POR CORREO ELECTRÓNICO: emb.washington.not@maec.esSe abre en ventana nueva

    POR CORREO POSTAL:

    DEPARTAMENTO DE NOTARÍAS - SECCIÓN CONSULAR

    EMBAJADA DE ESPAÑA EN WASHINGTON, D.C.

    2375 Pennsylvania Ave. NW

    Washington, D.C. 20037

    Una vez se reciba su solicitud de cita, se le responderá por correo electrónico para concertar una cita y proporcionarle instrucciones sobre el procedimiento a seguir.

    Recuerde que el día de su cita debe acudir provisto de Pasaporte, DNI y/o NIE y efectivo o money order para el abono de la tasa correspondiente,

    La comparecencia personal es siempre necesaria en el día de la firma del documento. Los otorgantes deberán identificarse con el original de su DNI o pasaporte en vigor.

    Normativa básica