Los españoles pueden presentar en el Registro de la Oficina Consular solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos a cualquier órgano de las Administraciones Públicas españolas.
Sólo se aceptarán solicitudes, escritos o comunicaciones relativos a procedimientos administrativos regulados por las leyes españolas y siempre que éstas no establezcan un procedimiento específico distinto para su presentación.
Procedimiento
El registro de solicitudes, escritos o comunicaciones dirigidos a las Administraciones Públicas se realiza presencialmente por el interesado o por una persona debidamente autorizada. El interesado, o la persona autorizada, deberá acreditar su identidad con DNI o pasaporte en vigor y, en su caso, presentar la autorización.
El registro de solicitudes o documentos es gratuito.
Puede acudir a esta Oficina Consular, sin cita previa, exclusivamente para este trámite de registro. Nuestro horario de atención al público es de 09:00 a 13:00h.