La sustracción internacional de un menor se produce cuando el menor es trasladado ilícitamente (esto es, sin el consentimiento de ambos progenitores o sin autorización judicial) desde su país de residencia a otro país, vulnerando el derecho de custodia del progenitor que la tenga atribuida o el derecho de visita del otro progenitor.
En España, la sustracción internacional de menores es un delito contemplado en el artículo 225 bis del Código Penal.
¿Qué hacer en caso de sustracción internacional de un menor?
A. Presentar lo antes posible una solicitud de restitución al Ministerio de Justicia (sustraccionmenores@mjusticia.es) si el país al que ha sido trasladado el menor ilícitamente es parte del Convenio de La Haya de 1980. En estos casos la comunicación es directa entre las Autoridades Centrales designadas por el Convenio de la Haya de 1980. La lista de Estados parte en el Convenio se puede consultar en el siguiente enlace: https://www.hcch.net/es/instruments/conventions/status-table/?cid=24.
B. Ponerlo en conocimiento de la Embajada/Consulado de España en el país al que ha sido trasladado el menor ilícitamente si dicho país no es parte del Convenio de La Haya de 1980 para ser informado de las vías de actuación existentes:
- Iniciar un procedimiento judicial ante los tribunales del país en el que se encuentre el menor para lograr la restitución o bien para fijar un régimen de visitas.
- Solicitar en el país en que se encuentre el menor el reconocimiento y la ejecución de la sentencia obtenida en España que otorgue al progenitor privado del menor la guarda y custodia del menor sustraído.
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De forma alternativa o paralela a la anterior, iniciar un procedimiento judicial ante los tribunales del país para que éstos decidan sobre el derecho de custodia del menor.
La Embajada/Consulado facilitará a los interesados una lista actualizada de abogados expertos en Derecho de Familia del país al que haya sido sustraído el menor
También es posible la vía penal de la denuncia ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad por un presunto delito de sustracción de menores .
Es importante tener en cuenta que, por difícil que resulte, muchas veces la solución más rápida y eficaz, y la que garantiza plenamente el interés del menor, es la de intentar llegar a un acuerdo amistoso con el progenitor sustractor.
Si usted se encuentra en esta situación, le recomendamos que acuda a la Comisaría de Policía más cercana o llame al 911.
Nuestro teléfono de emergencia consular para ciudadanos españoles residentes en nuestra jurisdicción es: 202 352 2299