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Servicios consulares

Divorcios

Los funcionarios diplomáticos habilitados para el ejercicio de la fe pública no son competentes para autorizar una escritura pública de divorcio.

Los españoles que quieran divorciarse en el extranjero deben acudir a las autoridades locales.

De acuerdo a lo establecido por el art. 60 de la Ley 29/2015, de 30 de julio, de cooperación jurídica internacional en materia civil, podrán en determinadas circunstancias inscribirse sentencias de divorcio dictadas en Estados Unidos sobre disolución de matrimonios celebrados en un Registro Civil español.

Inscripción de sentencia de divorcio extranjera

La sentencia de divorcio dictada por un juez o tribunal extranjero sólo produce plenos efectos civiles si se inscribe en el Registro Civil español.

Estas sentencias extranjeras de divorcio podrán ser objeto de reconocimiento incidental por parte de la persona Encargada del Registro Civil siempre que la sentencia sea firme y se verifiquen los requisitos establecidos por la Ley. También podrán solicitar los interesados su reconocimiento mediante el procedimiento de “exequatur” ante un juez español.

Documentos necesarios

No es posible aceptar solicitudes incompletas. Por favor, comprueben que disponen de todos los documentos necesarios.

  • Carta dirigida al Encargado/a de la Sección Consular solicitando la inscripción de la sentencia estadounidense en el Registro Civil español firmada por el/los solicitante/s.
  • Sentencia firme de divorcio estadounidense, acompañada de Apostilla de La Haya y traducción jurada al español (en caso de estar redactada en idioma distinto al español o inglés). Debe figurar que la sentencia se encuentra firme o que la misma no es susceptible de ser recurrida.
  • Fotocopia legalizada ante notario estadounidense de los pasaportes de los solicitantes.
  • Certificado de matrimonio español expedido en los últimos 6 meses.
  • Original del Libro de familia español (si lo tienen).
  • Certificado literal de nacimiento del/los solicitante/s de nacionalidad española.

Procedimiento

Esta Oficina Consular recibe las solicitudes de inscripción de divorcio por correo postal, sin necesidad de entregar la documentación personalmente.

Dirección postal:

REGISTRO CIVIL – SECCION CONSULAR

EMBAJADA DE ESPAÑA EN WASHINGTON, D.C.

2375 Pennsylvania Avenue NW

Washington, D.C. 20037

Para la devolución de sus documentos originales, deben enviar, junto con la solicitud de inscripción, un sobre franqueado pre-pagado de USPS (NO se acepta UPS, DHL, Fedex o similares).

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