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Formulario del buscador de los servicios consulares

Servicios consulares

Adopción internacional

Los españoles residentes en España que quieran adoptar a un menor residente en esta demarcación consular deben acudir a la vía de la adopción internacional.

Los trámites para una adopción internacional se inician siempre en España. La solicitud se presenta ante el organismo competente de la Comunidad Autónoma de residencia.

En la página web del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030Se abre en ventana nueva se puede consultar la información sobre las condiciones generales para adoptar a un menor de otro país, las etapas del procedimiento de adopción internacional y las autoridades españolas competentes.

Los españoles residentes en esta demarcación consular que deseen adoptar a un menor, deben dirigir su solicitud a las autoridades locales competentes en esta demarcación consular.

Trámites ante esta Oficina Consular

Para dicho trámite debe ponerse en contacto con la Oficina Consular a través del siguiente email: cog.washington@maec.es

Normativa básica