Para obtener un certificado de baja consular es necesario haber solicitado la baja del Registro de Matrícula Consular (ver apartado “Baja del Registro de Matrícula). La baja del Registro y el certificado de baja consular se pueden solicitar al mismo tiempo.
Documentos necesarios
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Solicitud de certificado de baja indicando la finalidad para la que se solicita.
Solicitud - Certificado de baja consular
Formulario Protección de datos personales - Certificado de baja consular
- Copia del DNI o del pasaporte del solicitante.
- Si el solicitante es menor de edad, se aportará además, copia del DNI o pasaporte del progenitor que firme la solicitud. Si el progenitor no está inscrito como residente en el Registro de Matrícula consular, se aportará también copia del Libro de Familia o del certificado de nacimiento del menor.
Procedimiento
La solicitud se envía por correo electrónico. También se puede presentar acudiendo personalmente a la Oficina Consular.
Correo electrónico: emb.washington.pas@maec.es
Si se opta por solicitar el Certificado de baja consular en persona, debe acudir a la dirección que figura seguidamente de lunes a viernes en horario de 09:00 a 13:00h:
2375 Pennsylvania Avenue NW
Washington, D.C. 20037
El certificado, firmado digitalmente, se recibirá por correo electrónico. También se podrá retirar personalmente.
Se recomienda solicitar el Certificado de baja consular entre 1-2 semanas antes de su traslado.
Cuando el solicitante se encuentre ya en España, el certificado se podrá solicitar por correo electrónico a la oficina consular donde esté inscrito. La oficina consular lo enviará, firmado electrónicamente, al correo del solicitante.
El certificado de baja es gratuito.