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Servicios consulares

Alta de residente y de no residente

El Registro de Matrícula Consular (RMC) contempla dos tipos de inscripciones:

Como residente: Las personas de nacionalidad española que han establecido su residencia habitual en el extranjero deben inscribirse obligatoriamente como residentes en el Registro de Matrícula Consular.

El alta como Residente en el RMC implica la inscripción en el Padrón de Españoles Residentes en el extranjero (PERE) y produce la baja en el padrón del lugar de residencia anterior.

Para los mayores de 18 años también implica la inscripción en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (CERA), lo que tiene efectos sobre el censo electoral.

Como no residente: Las personas de nacionalidad española que vayan a residir temporalmente en el extranjero pueden inscribirse como no residentes en el Registro de Matrícula Consular.

Esta inscripción no es obligatoria, aunque es muy recomendable.

El alta como no residente en el RMC no produce la baja en el padrón del lugar de residencia anterior.

Se puede mantener el alta como no residente durante el tiempo máximo de un año. Si no se solicita la baja expresamente ni se solicita el alta como residente, al cabo de un año desde la inscripción como no residente, se producirá la baja automática en el RMC.

Alta de residente

Documentos a presentar

  • Formulario de solicitud de inscripción como residenteSe abre en ventana nueva rellenado y firmado por a persona solicitante o por ambos progenitores y/o tutor o tutores, en el caso de menor de edad o persona con discapacidad que precise de medidas de apoyo en el ejercicio de su capacidad jurídica.

    En caso de disponer de un DNI o de un Pasaporte, se deberá obligatoriamente consignar uno de ambos números. Si la persona solicitante no poseyera ninguno, podrá dejar en blanco las casillas correspondientes.

  • Formulario de declaración explicativa de elección de municipio a efectos electoralesSe abre en ventana nueva, la persona solicitante o por ambos progenitores y/o tutor o tutores en el caso de menor de edad o persona con discapacidad que precise de medidas de apoyo en el ejercicio de su capacidad jurídica.

    En este formulario se indicará el municipio de inscripción a efectos electorales, que podrá ser el del último domicilio en España en el que se haya estado empadronado, o el municipio de mayor arraigo del solicitante o de sus progenitores, en el caso de personas de nacionalidad española que nunca han residido en España

  • Fotocopia del DNI(anverso y reverso), si lo posee, o del pasaporte español o, en su defecto, partida literal de nacimiento expedida por el Registro Civil español.
  • Prueba de residencia:

    Deberá aportar una copia de su lugar de residencia en Australia: "driver licence" o cualquier factura donde figure su nombre y dirección.

    Deberá aportar una copia de su visado en Australia (VEVO). Puede obtener este certificado a través de la página web del Departamento de Inmigración Australiano: FormularioSe abre en ventana nueva o descargarlo de la aplicación myVEVO.

    En caso de tener la ciudadanía australiana, deberá adjuntar una prueba de la misma: fotocopia de su "Australian Citizenship Certificate" por ambas caras

  • Con carácter voluntario se podrá aportar una fotografía tamaño carnet (en color, reciente, hecha de frente, sobre fondo blanco, sin gafas oscuras ni prendas que dificulten la identificación).
  • Para menores de edad se aportará el certificado literal de nacimiento y, en su defecto, una fotocopia del libro de familia.

Procedimiento

Importante: A partir del 13 de mayo de 2025 (entrada en vigor del RD 991/2024): En caso de menores o personas con discapacidad que precisen de medidas de apoyo con funciones representativas para el ejercicio de su capacidad jurídica, se requiere la firma de los dos progenitores y/o tutores consignando al margen en letra legible su nombre y dos apellidos, su número de DNI o pasaporte, y seleccionando la condición en la que firman.

SÓLO SE TRAMITARÁN SOLICITUDES COMPLETAS: DEBEN incluir todos los documentos indicados anteriormente. Los formularios y la fotografía de carnet deben ser originales. La firma debe ser de su puño y letra (no digital). Las fotocopias pueden ser en blanco y negro o en color, no necesitan ser certificadas.

Puede venir presencialmente a esta Oficina Consular (no se requiere cita previa) o enviar la solicitud por correo postal en un "Registered Post Envelope" a la siguiente dirección: Consulate General of Spain in Sydney, St Martins Tower, Level 24, 31 Market Street, Sydney NSW 2000.

Si necesita información adicional sobre el alta consular que no esté contenida en esta página puede contactar a cog.sydney.pas@maec.es. NO SE RESPONDERÁN LOS CORREOS CUYA RESPUESTA ESTÉ RECOGIDA EN LA INFORMACIÓN FACILITADA EN ESTA PÁGINA.

Normativa básica

  • Real Decreto 991/2024Se abre en ventana nueva, de 1 de octubre, sobre inscripción de las personas de nacionalidad española en los Registros de Matrícula de las Oficinas Consulares en el extranjero.

Alta de no residente

Documentación a presentar

  • Formulario de inscripción como no residenteSe abre en ventana nueva rellenado y firmado por el solicitante o por ambos progenitores y/o tutor o tutores en el caso de menor de edad o persona con discapacidad que precise de medidas de apoyo en el ejercicio de su capacidad jurídica.
  • Fotocopia del DNI(anverso y reverso), si lo posee, o del pasaporte español o, en su defecto, partida literal de nacimiento expedida por el Registro Civil español.
  • Con carácter voluntario se podrá aporta una fotografía tamaño carnet (en color, reciente, hecha de frente, sobre fondo blanco, sin gafas oscuras ni prendas que dificulten la identificación).

Procedimiento

Deberá aportar una copia de su lugar de residencia en Australia: "driver licence" o cualquier factura donde figure su nombre y dirección.

Deberá aportar también una copia de su visado en Australia (VEVO). Puede obtener este certificado a través de la página web del Departamento de Inmigración Australiano: FormularioSe abre en ventana nueva o descargarlo de la aplicación myVEVO.

Importante: A partir del 13 de mayo de 2025 (entrada en vigor del RD 991/2024): En caso de menores o personas con discapacidad que precisen de medidas de apoyo con funciones representativas para el ejercicio de su capacidad jurídica, se requiere la firma de los dos progenitores y/o tutores consignando al margen en letra legible su nombre y dos apellidos, su número de DNI o pasaporte, y seleccionando la condición en la que firman.

SÓLO SE TRAMITARÁN SOLICITUDES COMPLETAS: DEBEN incluir todos los documentos indicados anteriormente. Los formularios y la fotografía de carnet deben ser originales. La firma debe ser de su puño y letra (no digital). Las fotocopias pueden ser en blanco y negro o en color, no necesitan ser certificadas.

Puede venir presencialmente a esta Oficina Consular (no se requiere cita previa) o enviar la solicitud por correo postal en un "Registered Post Envelope" a la siguiente dirección: Consulate General of Spain in Sydney, St Martins Tower, Level 24, 31 Market Street, Sydney NSW 2000.

Si necesita información adicional sobre el alta consular que no esté contenida en esta página puede contactar a cog.sydney.pas@maec.es. NO SE RESPONDERÁN LOS CORREOS CUYA RESPUESTA ESTÉ RECOGIDA EN LA INFORMACIÓN FACILITADA EN ESTA PÁGINA.

Normativa básica

  • Real Decreto 991/2024Se abre en ventana nueva, de 1 de octubre, sobre inscripción de las personas de nacionalidad española en los Registros de Matrícula de las Oficinas Consulares en el extranjero.

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