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Servicios consulares

Visado de estancia (visado Schengen)

Información general

El visado Schengen se expide a los nacionales de terceros Estados incluidos en el Anexo I del Reglamento (UE) 2018/1806Se abre en ventana nueva. Este visado permite estancias en el área Schengen de hasta 90 días (en cualquier período de 180 días) por razones de turismo, negocios, visita familiar, tratamiento médico, para realizar estudios, prácticas no laborales o actividades de voluntariado de duración no superiror a 90 días, o para otras actividades que no tengan carácter lucrativo. También permite el tránsito territorial y aeroportuario.

Los ciudadanos brasileños no necesitan visado para entrar y permanecer en España por un máximo de 90 días en un período de 180 días.
La solicitud de visados tipo Schengen se pueden solicitar en este Consulado.

El área Schengen abarca 27 países europeos sin controles fronterizos entre ellos: Alemania, Austria, Bélgica, Croacia, República Checa, Dinamarca, Eslovenia, Eslovaquia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Suecia y Suiza.

El visado Schengen permite viajar a cualquiera de los Estados Schengen y transitar por su territorio, pero no implica un derecho automático de entrada en el área Schengen. Las autoridades de frontera pueden denegar la entrada si no se aportan pruebas del motivo y las condiciones del viaje o si no se cumplen el resto de las condiciones de entrada (Ver apartado “Condiciones de entrada en España”).


Documentos necesarios

  1. Formulario de solicitud de visado Schengen. enlace al formulario y requisitos específicosSe abre en ventana nueva y requisitos generales de entrada en EspañaSe abre en ventana nueva. Cada solicitante presentará una solicitud utilizando el formulario oficial, que debe ser completado en todos sus apartados y firmado por el propio solicitante. Si el solicitante es menor de edad, firmará la solicitud uno de sus progenitores.
      - En caso de solicitante menor de edad, si viaja solo o acompañado de uno de sus progenitores, deberá presentar la autorización para viajar de quien ejerza la patria potestad o tutela con la firma reconocida por un notario brasileño (original y una fotocopia A4).
      - Si el menor es hijo de uno sólo de los cónyuges, deberá presentarse también el documento que demuestre que dicho cónyuge ejerce la patria potestad o custodia del menor en solitario, expedido por la autoridad competente y debidamente apostillado por una notaría (original y una fotocopia A4).
  2. Fotografía. Una fotografía reciente, tamaño carné, a color, con fondo claro, tomada de frente, sin gafas oscuras, ni reflejos, ni prendas que oculten el óvalo de la cara. En la fotografía de un menor de edad no deben verse partes del cuerpo del adulto que lo sostiene.
  3. Pasaporte válido y en vigor. Original y una fotocopia de la página o páginas con datos biométricos del pasaporte. El pasaporte deberá ser válido, como mínimo, hasta 3 meses después de la fecha prevista de salida del territorio Schengen. Deberá tener, al menos, dos páginas en blanco. No se admiten pasaportes expedidos hace más de 10 años.
  4. Seguro médico de viaje. El seguro cubrirá los gastos de repatriación por motivos médicos o por defunción y la asistencia médica de urgencia o la atención hospitalaria de urgencia durante todo el período de la estancia y en toda el área Schengen. La cobertura mínima será de 30.000 euros o su equivalente en moneda local. Si se solicita un visado de múltiples entradas, el seguro médico será válido para el primer viaje previsto. El solicitante se comprometerá a contratar un seguro para los viajes sucesivos.
  5. Abono de la tasa de visado. La tasa por la tramitación de un visado uniforme de corta duración (Schengen) puede consultarse aquí.Se abre en ventana nueva, y deben abonarse con el sistema bancario PIX, o en su defecto en efectivo en reales brasileños, en el momento de presentar la solicitud de visado. En caso del pago en efectivo se recomienda presentarse con el importe exacto.
    - Existen una serie de tasas que se aplican en determinados supuestos:
    • Familiares de ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza, siempre que viajen con estos últimos o se vayan a reunir con ellos: GRATIS.
    • Niños menores de 6 años (hasta la edad de 6 años menos 1 día): GRATIS.
    • Estudiantes (y profesores acompañantes) e investigadores que realicen estancias con fines educativos o de formación o que se desplacen con fines de investigación científica: GRATIS.
    • Representantes de organizaciones sin ánimo de lucro que no sean mayores de 25 años y que vayan a participar en seminarios, conferencias o acontecimientos deportivos, culturales o educativos, organizados por organizaciones sin ánimo de lucro: GRATIS.
    • Consulte las tasas consulares aquí.
    - No se cobrará ninguna tasa adicional por la entrega del impreso de solicitud o la obtención de un turno en la cola. La denegación del visado no da lugar al reembolso de las tasas de tramitación.
  6. Documentos que acrediten el motivo del viaje y las condiciones de la estancia, la disponibilidad de medios económicos suficientes, y que permitan establecer la intención del solicitante de abandonar el espacio Schengen antes de la caducidad del visado.
  7. Prueba de residencia en la demarcación consular. - Permiso de residencia expedido por las autoridades brasileñas (original y una fotocopia A4), que puede ser un Visado, "Registro Nacional Migratorio RNM", “Registro Nacional de Extranjeros”, “RNE/Cédula de Identidade de Estrangeiro”, “protocolo”, etc. con un periodo de validez de al menos tres meses después de la fecha prevista de salida del Espacio Schengen.- Factura de un servicio prestado en su residencia: Cuanta de luz, Agua, Gas, Teléfono fijo, Internet, etc.No se aceptan declaraciones de terceros informando la residencia conjunta.

    Todos los documentos presentados deberán ser originales cuando sea solicitado.

Cuando sea necesario para valorar la solicitud, la Oficina Consular podrá solicitar documento o datos adicionales y también podrá convocar al solicitante a una entrevista personal.

El cumplimiento de los requisitos establecidos en los apartados 1, 2, 3 y 5 es indispensable para la admisibilidad de una solicitud.


Procedimiento

Esta Oficina Consular es competente para admitir las solicitudes de visado de los nacionales de terceros Estados que viajen a España como destino único o principal y que residan en la demarcación consular.

En caso de necesitar visado, si usted reside en la demarcación consular de São Paulo y España es el único Estado Schengen que pretende visitar o el destino principal en caso de visitar varios Estados, puede presentar su solicitud personalmente en el Consulado.

  • Sujeto legitimado: La solicitud se presentará personalmente. Si el solicitante es menor de edad, la solicitud será presentada por sus representantes legales.
  • Lugar de presentación:

    La solicitud de visado se presentará personalmente por el interesado en este Consulado (Rua Canadá 424, Jardim América, CEP: 01436-000, SP), previa solicitud de cita previa que puede consultar aquí.Se abre en ventana nueva

  • Plazo para solicitar el visado: La solicitud se deberá presentar entre 6 meses y 15 días antes de la fecha prevista de viaje. Los marinos pueden solicitar el visado hasta 9 meses antes del viaje.
  • Justificante de entrega: La Oficina Consular entregará al interesado un resguardo de solicitud con un código que permite verificar el estado de tramitación del expediente a través del enlace: https://sutramiteconsular.maec.es/Home.aspxSe abre en ventana nueva
  • Toma de datos biométricos:Durante el procedimiento de solicitud de visado, se tomará la imagen facial y las huellas dactilares del solicitante. Están exentos de la toma de huellas los solicitantes menores de 12 años y los solicitantes cuyas huellas hayan sido grabadas en los últimos 59 meses, pero si éstas fueran de mala calidad, la Oficina Consular pedirá al solicitante que comparezca nuevamente para tomar sus huellas.
  • Subsanación de la solicitud:La Oficina Consular podrá pedir al solicitante que presente documentos que falten, o que aporten documentos o datos adicionales que sean necesarios para resolver la solicitud. También podrá convocar al solicitante a una entrevista personal.
  • Plazo para resolver:El plazo legal para tomar una decisión es de 15 días naturales desde la fecha de presentación de la solicitud, plazo que podrá ampliarse a 45 días naturales cuando se soliciten documentos adicionales o la celebración de una entrevista.

    Las solicitudes de visado presentadas por los nacionales de algunos Estados requieren un trámite de consulta a las autoridades centrales que puede afectar a la duración del procedimiento de visado.

  • Devolución del pasaporte y la documentación: La Oficina Consular o el Centro de Visados informará al solicitante sobre el procedimiento para la devolución del pasaporte y la documentación original.
  • Concesión del visado:El visado no implica un derecho automático de entrada en el espacio Schengen. El viajero debe cumplir todas las condiciones legales de entrada (ver apartado “Condiciones de entrada en España”).
  • Denegación del visado:La denegación de un visado se notificará por escrito, expresando los motivos en los que se basa la decisión adoptada.
  • Recurso:En caso de denegación del visado, el solicitante puede presentar un recurso de reposición ante esta Oficina Consular en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de recepción de la notificación de la denegación. También puede presentar un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de recepción de la notificación de la denegación del visado o de la desestimación del recurso de reposición.
  • Se recuerda que los ciudadanos brasileños no necesitan visado para entrar y permanecer en España por un máximo de 90 días en un período de 180 días. Sin embargo, es necesario que cumplan con los requisitos de entrada en el Espacio Schengen.Más información sobre condiciones de entrada en España.Se abre en ventana nueva

Las quejas o sugerencias sobre la atención recibida o sobre el procedimiento de solicitud de visado se pueden presentar por vía electrónica a través de esta página web También se puede presentar por escrito en esta Oficina Consular.


Protección de datos

El tratamiento de los datos personales de los solicitantes de visado se realiza de acuerdo con el Reglamento General de Protección de DatosSe abre en ventana nueva.

Las personas que deseen ejercer los derechos de acceso, corrección y supresión de sus datos personales en el Sistema de Información de Visados (VIS) deben dirigirse al:

Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Inspección General de Servicios
Dirección postal: Plaza de la Provincia, 1, Madrid, España
Correo electrónico: dpd@maec.esSe abre en ventana nueva

Para este fin, se pueden utilizar los siguientes formularios

Las personas cuya solicitud de visado haya sido denegada a causa de tener una prohibición de entrada en el espacio Schengen, pueden ejercer sus derechos de acceso, corrección y supresión de sus datos personales en el Sistema de Información Schengen (SIS) dirigiéndose al Ministerio del Interior.

Para obtener más información sobre sus derechos y deberes y sobre cómo ejercer los derechos de acceso, corrección y supresión de datos incluidos en el SIS, se puede consultar la página web de la Agencia Española de Protección de Datos.Se abre en ventana nueva


Normativa básica

Código comunitario sobre visados: