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Trámites que pueden realizarse en los Consulados y Viceconsulados Honorarios

I. Registro de Matrícula Consular:

  • Alta como residente

  • Alta como no residente

  • Solicitud de certificado de residencia

  • Solicitud de certificado de baja consular

  • Los requisitos y documentación pueden consultarse en el siguiente enlace: Servicios consulares​Se abre en ventana nueva

​II. Inscripciones en el Registro Civil en los siguientes supuestos:

  • Inscripción de nacimientos cuando al menos unos de los dos progenitores era español al momento del nacimiento del menor. De lo contrario, será necesaria la comparecencia en el Consulado General de ambos progenitores,  acompañados del menor si tiene más de 14 años.

  • Inscripción de matrimonios. El Consulado General se reserva el derecho de citar en cualquier momento a los cónyuges para que puedan ser entrevistados.

  • Inscripción de defunciones.

  • Solicitud de certificados literales (partidas) presentando un escrito de solicitud incluyendo nombre, apellidos y fecha de nacimiento.

  • Los requisitos y documentación a presentar pueden consultarse en el siguiente enlace: Servicios consulares​Se abre en ventana nueva

​III. Fes de vida y estado: ​

  • Cuando una persona no pueda desplazarse por motivos de salud al Consulado General podrá solicitarlo en el Consulado o Viceconsulado Honorario correspondiente a su domicilio presentando el formulario junto con una copia de su DNI o pasaporte español vigente y un certificado médico original con número de CRM y firma reconocida ante notario brasileño en el que se indique que no puede viajar debido a su estado de salud.

  • Si esa persona no puede desplazarse al Consulado o Viceconsulado Honorario y debe realizar el trámite por medio de un representante, el certificado médico deberá especificar que no se encuentra en condiciones de hacer ese desplazamiento.

  • En cualquier caso no se admitirán certificados médicos con una antigüedad superior a 15 días.

  • Los requisitos y documentación a presentar pueden consultarse en el siguiente enlace: Servicios consularesSe abre en ventana nueva

IV. Certificados de comparecencia (únicamente para ciudadanos españoles) ​ 

 La persona interesada deberá solicitar de forma presencial la expedición de la “Certificación de comparecencia” presentando su DNI o pasaporte español vigente. El trámite es gratuito. 

V. Solicitud de certificado de comparecencia para extranjeros: ​​ 

Se podrá solicitar presencialmente presentando documento de identificación y previo pago de la tasa consular correspondiente. La solicitud será remitida al Consulado General de España en São Paulo y entregada a la persona solicitante por la misma vía. 

VI. Solicitud de pasaporte, únicamente para menores de 12 años:​​ 

El trámite será siempre presencial. Además del menor deberán presentarse todas las personas que ejerzan la patria potestad (por ejemplo, el padre junto con la madre, si fuera el caso). En caso de no poder acudir personalmente se deberá hacer constar la autorización en escritura notarial (debidamente apostillada en caso de ser otorgada ante notario brasileño). Además, los progenitores deberán aportar la documentación que permita acreditar la relación de parentesco, a menos que el nacimiento del menor esté inscrito en el Registro Civil Consular del Consulado General de España en São Paulo. Los requisitos y documentación a presentar pueden consultarse en el siguiente enlace: Servicios consulares​Se abre en ventana nueva

​VII. Remisión de pasaportes:​​ 

Los pasaportes de menores de 12 años solicitados a través de los Consulados y Viceconsulados Honorarios serán entregados por la misma vía.

  • Los pasaportes solicitados personalmente en el Consulado General de España en São Paulo podrán ser remitidos a los Consulados y Viceconsulados Honorarios para su entrega si así se solicita en el momento de tramitar su pasaporte en el Consulado General.

  • Los pasaportes deberán ser recogidos personalmente por el interesado o por persona debidamente autorizada (que deberá presentar una autorización con firma reconocida ante notario).  ​​