Se informa a los interesados de que los estudios de doctorado deberán tramitarse mediante un visado de investigación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
En consecuencia, no serán admitidas a trámite las solicitudes de visado de estudios presentadas por personas que vayan a realizar estudios de doctorado, independientemente de que cuenten o no con una beca de estudios.
Asimismo, los estudiantes de doctorado que hayan presentado una solicitud de visado de estudios con anterioridad a la publicación de este aviso deberán permanecer atentos al correo electrónico consignado en su solicitud, ya que la misma podría ser objeto de denegación por parte de las autoridades competentes en materia de extranjería. Esta circunstancia ha sido comunicada oportunamente a los solicitantes durante su atención en ventanilla, en particular a los beneficiarios de becas de los programas CAPES y CNPq.
De acuerdo con la normativa vigente, la autorización de residencia para investigación debe ser tramitada en España por la universidad, organismo o centro de investigación de acogida. Una vez que el interesado disponga de la correspondiente autorización de residencia expedida por la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE), podrá solicitar cita previa ante este Consulado remitiendo por correo electrónico:
- Copia de la autorización de residencia que incluya el correspondiente Código Seguro de Verificación (CSV).
- Documento acreditativo de residencia dentro de esta demarcación consular.
Para obtener información adicional sobre este procedimiento, pueden consultar el siguiente enlace: