Se recuerda que el 16 de marzo de 2026 concluye el plazo para la presentación de las candidaturas a las elecciones al Consejo de Residentes Españoles en la República Dominicana de 2026.
De acuerdo con el art. 8 de la Orden AEC/2172/2010, las listas de candidatos deberán estar respaldadas por la firma de un número no inferior a cincuenta electores. Junto a la firma del elector debe figurar su nombre, dos apellidos y dirección actualizada. A los pliegos de firmas se acompañará una fotocopia del pasaporte o del Documento Nacional de Identidad.
Las firmas serán comprobadas por la Comisión Electoral y, si se comprobase falsificación dolosa de alguna de ellas, se decretará la inadmisibilidad de la lista.
Las firmas de los electores que figuren en más de una candidatura serán consideradas nulas en todas ellas.