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Formulario del buscador de los servicios consulares

Servicios consulares

Nacimientos

Con carácter general, el nacimiento de los españoles en el extranjero se inscribe en el Registro Civil del país en el que nacen. Posteriormente, el nacimiento se debe inscribir en el Registro Civil español.

Esta Oficina Consular es competente para inscribir los nacimientos de los españoles nacidos en su demarcación consular.

Si el solicitante tiene su domicilio en España, podrá solicitar la inscripción de nacimiento en el Registro Civil Central de Madrid.

Quién puede solicitar la inscripción de nacimiento

Están obligados a promover la inscripción de nacimiento los progenitores, así como el pariente más próximo o, en su defecto, cualquier persona mayor de edad que haya presenciado el nacimiento.

Documentos necesarios

Además de los documentos que se relacionan a continuación, la Oficina Consular podrá pedir datos o documentos adicionales cuando sean necesarios para valorar el expediente.

Los documentos extranjeros deben estar legalizados o apostillados y, en su caso, traducidos oficialmente al castellano.

Solicitud de Inscripción de Nacimiento y el formulario de Inscripción en el Registro de Matrícula Consular. Ambos documentos debidamente cumplimentados y firmados.

Si los progenitores no están casados, firmarán ambos la hoja declaratoria.

  1. Original y copia simple del Documento de identidad o pasaporte del interesado a inscribir.
  2. Original y copia simple del Documento de identidad de ambos padres. Para este caso, el del progenitor español (DNI o pasaporte español) debe estar vigente. Para solicitar o renovar el pasaporte español debe consultar a la Sección de Pasaportes, enviando un correo a cog.schile.pas@maec.es.
  3. Partida literal de nacimiento del interesado a inscribir, expedido por el Registro Civil extranjero, expedido en los últimos 6 meses, debidamente apostillado (o legalizado para ser válido en España); y si es el caso, se aportará también una traducción oficial al castellano.
  4. Partida literal de nacimiento de cada progenitor español, expedido por el Registro Civil español en los últimos 6 meses. No será necesario aportar este certificado, si el nacimiento está inscrito en este Registro Civil Consular.
  5. Partida literal de nacimiento del progenitor de nacionalidad extranjera (no española), expedido en los últimos 6 meses por el Registro Civil extranjero, debidamente apostillado (o legalizado para ser válido en España) y si es el caso, se aportará también una traducción oficial al castellano.
  6. Si los progenitores están o estuvieron casados y no tienen Libro de familia español, Partida literal de matrimonio expedido por el Registro Civil español o por el Registro civil extranjero, debidamente apostillado (o legalizado para ser válido en España) y si es el caso, se aportará también una traducción oficial al castellano. No será necesario aportar este certificado, si el matrimonio está inscrito en este Registro Civil Consular.
  7. Libro de familia español de los progenitores, si lo tienen.
  8. En el caso de filiación adoptiva deberá aportar Sentencia Firme de Adopción plena emitida por el Tribunal competente, debidamente apostillado (o legalizado para ser válido en España); y en su caso, se aportará también una traducción oficial al castellano.
  9. Una foto a color fondo blanco (tamaño 4 x 3) del interesado a inscribir.

Aclaraciones generales de Registro Civil

Consulte, en el siguiente enlace, las dudas más frecuentes que se suelen presentar: Preguntas Frecuentes.

Nota: Si el inscrito reside en la demarcación consular o si va a solicitar pasaporte español sin ser residente en la demarcación, se presentará al mismo tiempo la documentación necesaria para el alta en el Registro de Matrícula Consular como residente o no residente, según el caso. (Ver aparatados “Alta de residente” o “Alta de no residente”).

Procedimiento

Antes de solicitar cita, tiene que enviar un correo electrónico con el asunto "Solicitud alta sistema de cita RGC", remitiendo una copia del pasaporte del declarante y añadiendo en el cuerpo del mensaje su nombre y apellido en mayúsculas, el campo nº11 del pasaporte (Id. Num. ver e​jemploSe abre en ventana nueva), a la dirección cog.schile.rgcsol@maec.es.

Una vez recibidos estos datos, se le remitirá la contraseña por correo electrónico para poder solicitar cita previaSe abre en ventana nueva.

Para más información consulte a cog.schile.rgc@maec.es.

Practicada la inscripción, se entregará un certificado literal de nacimiento y se anotará el nacimiento en el Libro de familia.

La inscripción del nacimiento es gratuita.

Normativa básica