Los funcionarios diplomáticos habilitados para el ejercicio de la fe pública no son competentes para autorizar una escritura pública de divorcio.
Los españoles que quieran divorciarse en el extranjero deben acudir a las autoridades locales.
Para informase sobre como divorciarse en Chile consulte este enlace.
Inscripción de sentencia de divorcio extranjera
La sentencia de divorcio dictada por un juez o tribunal extranjero sólo produce plenos efectos civiles si se inscribe en el Registro Civil español.
Estas sentencias extranjeras de divorcio podrán ser objeto de reconocimiento incidental por parte de la persona Encargada del Registro Civil siempre que la sentencia sea firme y se verifiquen los requisitos establecidos por la Ley. También podrán solicitar los interesados su reconocimiento mediante el procedimiento de “exequatur” ante un juez español.
En el caso de que en el momento de la sentencia de divorcio, dictada por Tribunal no español, uno de los contrayentes ostentara la nacionalidad española, deberá previamente obtener el exequátur (reconocimiento por parte de Tribunal español de una sentencia extranjera), trámite que se realiza necesariamente en España, mediante abogado y procurador.
Documentos necesarios
Los documentos extranjeros deben estar legalizados o apostillados y, en su caso, traducidos oficialmente al castellano.•Solicitud firmada por el interesado, dirigida al Registro Civil español en el que conste inscrito el matrimonio.•Copia original de la sentencia firme.•Certificado original relativo a las resoluciones judiciales en materia matrimonial al que se refiere el artículo 39 del Reglamento 2201/2003, expedido por el juez o tribunal que dictó la sentencia.•Si la sentencia se dictó en rebeldía, original o copia auténtica del documento que acredite la notificación de la demanda a la parte rebelde u otro documento que acredite que el demandado ha aceptado la resolución.•Certificado literal de matrimonio expedido por el Registro Civil español. Este certificado no será necesario si el matrimonio está inscrito en esta Oficina Consular.•Libro de familia, si se tiene.•Copia del DNI o pasaporte del solicitante.
Procedimiento