Tramitación de expedientes en este Consulado General

miércoles, 8 de abril de 2026
  1. Le recordamos que no es necesario recurrir a los servicios de gestores privados (excepto BLS para el caso de las visas) para realizar trámites consulares con la finalidad de obtener la nacionalidad española, o para gestionar citas ante nuestra Oficina.

  2. Los gestores privados (excepto BLS para las visas) no tienen vinculación alguna con el Consulado General, no pueden obtener citas extraordinarias, adelantar plazos de tramitación u ofrecer servicio alguno que no pueda efectuar Ud. mismo siguiendo las instrucciones contenidas en nuestra página web, por lo que le rogamos informarse y leer detalladamente la información contenida en ella.  Si no encuentra la información que necesita, utilice los canales de comunicación que disponemos en cada Sección.

  3. Desconfíe de información alarmista que emane de gestorías privadas, sobre procedimientos de tramitación de expedientes que sean presentados en este Consulado General. Le informamos que dichos procedimientos se efectúan al amparo de la legislación española vigente​Se abre en ventana nueva.

  4. En relación con la Ley de Memoria Democrática, si Ud. ingresó su solicitud en el nuevo sistema de petición de contraseñas, vía formulario web antes del 22 de octubre de 2025 a las 23.59 horas y cuenta con su contraseña para comparecer en nuestra Oficina con la documentación original,  le informamos que se encuentra abierto el calendario para que gestione su citaSe abre en ventana nueva.
    ​Le sugerimos que la agende a la brevedad, pues a partir del próximo 30 de abril de 2026, las citas disponibles para solicitad la nacionalidad por LMD se reducirán drásticamente, con objeto de poder impulsar la tramitación de las solicitudes ya presentadas.  Una vez recibida la documentación original, su solicitud pasará, por estricto orden de entrada, a fase de revisión y en caso de ser necesario, se le enviará el correspondiente requerimiento para la subsanación.

  5. ​Una vez resuelta favorablemente su solicitud y practicada su inscripción de nacimiento como español/a, recibirá un correo electrónico con la correspondiente certificación e instrucciones para continuar la tramitación que le permitirá darse de alta como español en el Consulado de España de su residencia y la obtención de su pasaporte español.

  6. Si una solicitud de nacionalidad es denegada, recibirá la correspondiente notificación e información sobre los plazos que establece la Ley de Procedimiento Administrativo​Se abre en ventana nueva para interponer el recurso que proceda.

  7. Periódicamente actualizamos en nuestra web la información relacionada con las inscripciones que se practican en nuestro Registro Civil Consular.



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