El Consulado General de España en San Francisco ha formalizado la convocatoria para la creación del Consejo de Residentes Españoles en San Francisco. Dos candidaturas concurren a estos comicios que se celebrarán el próximo lunes 11 de mayo.
Tras el cierre del periodo de presentación de listas, la Oficina Electoral ha proclamado oficialmente las candidaturas que optarán a representar a la ciudadanía española en la demarcación de San Francisco durante los próximos cuatro años. El proceso, regulado por la Orden AEC/2172/2010, entra ahora en su fase decisiva con la apertura de los plazos para la emisión del voto.
Los electores podrán elegir entre dos opciones que han cumplido con los requisitos legales de avales y composición:
- CRE SAN FRANCISCO
- CRE PACÍFICO
- ¿Quiénes componen el Censo Electoral?
Tienen derecho a voto todos los ciudadanos españoles que, a fecha de
31 de diciembre de 2025, figurasen inscritos en el
Censo de Residentes Ausentes (CERA) de esta demarcación consular. Asimismo, es requisito indispensable haber alcanzado la mayoría de edad el mismo día de la votación, el 11 de mayo de 2026.
- Modalidades de Voto: Presencial y por Correspondencia
Para facilitar la participación de la diáspora, se han habilitado los dos canales habituales de votación: en persona o por correo postal, con el objetivo de poder acreditar la identidad del votante y la autenticidad de la expresión de su voluntad para ejercer el derecho de voto.
No obstante, se advierte a los electores de la importancia de los plazos postales. Se recomienda encarecidamente realizar la solicitud de voto por correo postal con la debida antelación para garantizar que los tiempos de envío postal permitan que su voto sea contabilizado antes del cierre de urnas el próximo 11 de mayo.
El Consulado General de España en San Francisco podrá asumir los gastos postales en los que incurran los votantes.
1. Voto en urna La votación presencial se desarrollará exclusivamente el
lunes 11 de mayo de 2026.- Lugar: Consulado General de España en San Francisco (1405 Sutter Street, CA 94109 San Francisco).
- Horario: De 9:00 a 18:00 horas, de forma ininterrumpida.
- Documentación: Los votantes deberán identificarse mediante su DNI, pasaporte o permiso de conducir español original. No es necesaria la tarjeta censal para votar, pero sí un documento oficial con fotografía.
2. Voto por correo: plazos y procedimiento
Esta modalidad requiere una gestión en dos pasos. Es fundamental destacar que, conforme al artículo 18 de la normativa electoral, la solicitud debe recibirse con antelación suficiente.
- Solicitud: Debe enviarse por correo postal el formulario adjunto junto a una copia del DNI o pasaporte.
Solicitud_Voto.doc - Efectos: Una vez solicitada esta modalidad, el sistema anotará la reserva en el censo y el elector ya no podrá votar presencialmente el día 11 de mayo. El votante podrá descargar las
Papeletas.docx y remitirlas por correo postal con la debida antelación. - Envío del voto: El sobre con la papeleta debe llegar al Consulado General de España en San Francisco antes del cierre de las urnas (11 de mayo a las 18:00). Los votos que lleguen después de esa hora, con independencia del matasellos, serán declarados nulos.
Transparencia y escrutinio
Una vez finalizada la jornada electoral a las 18:00, se procederá a la apertura de los sobres recibidos por correo y al posterior escrutinio público, tal como estipula el artículo 20 de la Orden Ministerial. Los resultados serán publicados en los tablones de anuncios del Consulado General de España en San Francisco y comunicados a través de los canales oficiales.
Para cualquier duda técnica sobre el censo o el material electoral, es posible comunicarse con la Oficina Electoral por correo electrónico en la dirección cog.sanfrancisco@maec.es